Ilustra inclusion reduca1

MARCO LEGAL DE LA EVOLUCION EN LA EDUCACION INCLUSIVA

  • Declaración Mundial sobre Educación para Todos y Marco de acción para satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje (defiende para que todas las personas gocen de las oportunidades educativas, sin importar su condición).

    Cuenta con herramientas esenciales para el aprendizaje (p. ej.: la lectura, la escritura, el cálculo, la expresión oral, entre otras).
    Tiene contenidos básicos de aprendizaje (conocimientos teóricos y prácticos, valores y actitudes indispensables para la vida en sociedad, autónoma e independiente).
  • Constitución política colombiana.

    Por primera vez en la historia colombiana se reconoce la necesidad de promover y garantizar condiciones de igualdad, protección y atención educativa a las personas con discapacidad. Los artículos 3º, 13º, 47º, 54º y 68º, establecen disposiciones específicas de atención en salud, educación y empleo para este colectivo.
  • Ley 115 general de educación

    En el capítulo 1º, a través de los artículos 46º y 49º, se establece que la educación para personas con cualquier discapacidad o con dificultades para el pleno desarrollo de sus facultades de aprendizaje debe formar parte del servicio público de educación.
    Además garantiza las acciones pedagógicas que se consideren pertinentes para atender las necesidades educativas de las personas con discapacidad y condiciones diferentes.
  • Decreto 2082, atención educativa para personas con limitaciones.

    Este decreto reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades y talentos excepcionales. Se constituye que la educación a personas con discapacidad puede darse en distintos ámbitos (formal, informal, no formal); con la garantía que se deben hacer uso de todas aquellas estrategias pedagógicas, medios, lenguajes y apoyos que sean pertinentes para desarrollar y garantizar una atención educativa oportuna y de calidad.
  • ley 361

    Con esta ley se establecen y garantizan los mecanismos de integración social a personas con condiciones diferentes. Se insiste la obligación del Estado a prestar todos los servicios y cuidados que esta población requieren, en términos de salud, rehabilitación y educación.
  • Period: to

    Foro mundial de la educación (Dakar), resolución 2565

    Atreves de esta resolución se establecen parámetros y criterios para la prestación de servicios educativos a personas con necesidades educativas diferentes y especiales, dentro de las cuales se incluyen las personas con discapacidad. De esta manera, en cada departamento y entidad territorial debe designarse un equipo responsable de la gestión de los aspectos administrativos y pedagógicos vinculados con la atención educativa a las personas con discapacidad.
  • Period: to

    Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU y ley 1145)

    Por primera vez se regulan y se hacen explícitos los derechos de las personas con discapacidad y condiciones diferentes, hace reconocer y explica los términos “diseño universal del aprendizaje” (DUA). Da a conocer que toda persona con discapacidad es autónoma, independiente y está en libertad de tomar sus propias decisiones, dando un llamado de atención al estado y al sector educativo a reconocer a las
    personas con discapacidad como parte de la diversidad y las distintas condiciones humanas.
  • Period: to

    Conferencia Internacional de Educación. La Educación inclusiva: El camino hacia el futuro. Cuadragésima octava reunión (Unesco)y decreto 366)

    esta conferencia hace reconocer la importancia de la educación inclusiva de calidad como un proceso constante que debe favorecer a todos los estudiantes y, por tanto, debe ser transversal a todos los planteles educativos pedagógicos.
    Con el decreto 366 establece la normativa al servicio de apoyo pedagógico para la atención a estudiantes con discapacidad, en el marco de la educación inclusiva. a su vez, especifica el rol de los pedagogos y centros educativos encargado de atender a esta población.
  • Ley 1618,

    Esta ley constituye las disposiciones para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las personas con discapacidad.
  • Decreto 1075; único reglamento del sector educativo.

    Este decreto compila toda la normativa referida al tema de la educación para personas con discapacidad y condiciones diferentes, específicamente lo establecido en los Decretos 2082 de 1996 y 366 de 2009.