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Promover la colaboración entre los dos países, logrando conservar el medio ambiente y el uso racional de la fauna y flora de sus respectivos territorios amazónicos, desarrollando actividades en conjunto e intercambiando experiencias y logras así la preservación adecuada de la ecología de la zona.
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establecer un plan de trabajo que conlleve a la conservación y al aprovechamiento integral de los residuos hidráulicos ubicados en las cuencas geográficas internacionales de los dos países.
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los países se comprometen a través de sus sistemas nacionales de prevención y atención de desastres a realizar actividades encaminadas a la prevención, atención y rehabilitación en caso de desastres, se realizaran estudios en la zona fronteriza para identificar amenazas de origen natural o generadas por el ser humano con el fin de realizar análisis de riesgo y vulnerabilidad.
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Por la cual se establecen los derechos y obligaciones de los ciudadanos, la estructura del estado que bajo sus lineamientos se aprobaran las diferentes normas que rigen la vida del país.
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Los países de Colombia y Perú teniendo en cuenta la equidad y el beneficio mutuo desarrollan proyectos bilaterales que promuevan la protección ambiental y la utilización sostenible de los recursos naturales, considerando un manejo sostenible de ecosistemas, bosques, suelos, recursos hídricos y áreas naturales, la cooperación entre ambos países se dará mediante el intercambio de información, experiencias, visitas; entre otros.
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Implementar el comparendo ambiental como instrumento de la cultura ciudadana sobre el buen manejo de la recolección de escombros y así evitar la afectación del medio ambiente.
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Financiar proyectos de inversión para habilitación y reconstrucción y construcción en las zonas afectadas por la ola invernal.
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Orientar y definir acciones que permitan controlar inundaciones y remociones de masa y así contribuir a la seguridad de la población y sus bienes, promover la recuperación y protección de ecosistemas prioritarios que no ayudan a prevenir estos fenómenos.
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Se decide levantar parcialmente la restricción sobre el aprovechamiento de especies de flora silvestre exclusivamente para el área de intervención que se vera afectada por la remoción de cobertura vegetal en el desarrollo del proyecto “área de desarrollo VIM19” en el departamento de Sucre y Bolívar.
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Por medio de la cual se regula y prohíbe el ingreso, comercialización y uso de bolsas y otros materiales plásticos en el departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y santa catalina e islas menores que lo componen, y se dictan otras disposiciones.