Los Grandes Sistemas Jurídicos

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    Familia Romano-Germánica

    Los sistemas de la familia romano-germánico pueden ser considerados como los descendientes del derecho romano cuya evolución perfeccionaron.
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    La Familia jurídica neorromanista

    La familia del derecho romano-germánico se encuentra diseminada en el mundo entero; rebasó con generosidad las fronteras del antiguo Imperio romano y conquistó entre otros los países de toda América Latina, de gran parte de África, los países del Cercano Oriente, Japón e Indonesia.
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    Familia jurídica del common law

    El common law es el sistema de derecho que ha sido
    construido en Inglaterra principalmente por la acción de las Cortes reales de justicia, a partir de la conquista normanda.
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    Common Law

    La familia del common law comprende, no solamente al derecho inglés, que es su origen, y salvo algunas excepciones, a todos los derechos de los países de lengua inglesa.
    La influencia del common law ha sido considerable, no solamente en los países de idioma inglés, sino en forma general en la mayoría de los países, por no decir en todos los países que en alguna
    forma estuvieron vinculados o asociados políticamente con Inglaterra.
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    Derecho Ingles

    El derecho inglés ocupa un lugar eminente en la familia del
    common law; que el derecho inglés sigue siendo en la actualidad, para muchos países, un modelo, en
    donde es posible , sin duda alguna, apartarse en un buen número de puntos y de ámbitos, pero que
    continúa siendo objeto de consideración y respeto.
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    Fuentes del Derecho Ingles

    La jurisprudencia
    La ley
    La costumbre
    La doctrina y la razón
    Conclusión
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    Los Sistemas jurídicos religioso

    El derecho musulmán
    El derecho de la India
    Derechos del Extremo Oriente
    Derechos de África y de Madagascar
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    Derecho Musulmán

    Es una de las muchas facetas de la religión del Islam. Un autor ha escrito que: “Ahó en donde en derecho musulmán no
    se aplica no hay más Islam”. El derecho musulmán incluye por una parte un àqîda; el àqîda es una teología que determina los dogmas y precisa en lo que la comunidad musulmana debe creer y
    por otra parte la charî ́a que prescribe a los creyentes lo que deben hacer o dejar de hacer.
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    Derecho de la India

    El derecho hindú no es el derecho de la India, como el derecho de los estados musulmanes no se confunde con el
    derecho musulmán. El derecho hindú es el derecho de la comunidad que, en la India o en otros países del Sudeste asiático o de África, se adhieren al hinduismo.
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    DERECHOS DEL EXTREMO ORIENTE

    A diferencia de Occidente, los países del Extremo Oriente no depositan su confianza en el derecho para asegurar el orden social y la justicia. Existe en cada uno de ellos un derecho, pero ese derecho desempeña una función subsidiaria y menor; a los tribunales no se les requiere; las leyes se aplican pero a través de otros medios y prácticamente cuando no se ha podido superar los conflictos y restablecer el orden que ha sido alterado.
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    Familia jurídica de los derechos socialistas

    En una sociedad con un nuevo perfil, fundada sobre una organización completamente diferente de la economía y en donde prevalecía otro ideal, no se presentaban los mismos problemas Si bien las categorías y los conceptos jurídicos pudieron llegar a conservar su antigua nomenclatura en su gran mayoría habían sido desnaturalizados.