-
-
Entre sus funciones
comprendía la justicia y el regimiento (o regulación de la vida cotidiana). Dentro de esta
última se encontraba la regulación e imposición de arbitrios y multas -
funcionaron en forma parecida a los fondos de propios, adaptado
para los pueblos de indios. El origen de tales fondos se remonta a 1536 y 1541, puesto que
surgieron con la imposición del tributo colonial. -
Luego, como base de la estructura descrita anteriormente, aparece el cabildo del “pueblo de
indios” -
los
pueblos de indios empezaron a ser administrados indistintamente por corregimientos y
alcaldías mayores. -
Se traslado Guatemala donde luego cambio a panama
-
la
audiencia regresó a Santiago de Guatemala y ya no tuvo más traslados durante el período
colonial, testimonio del poder de la ciudad más importante del área centroamericana y
específicamente de su cabildo. -
se ordenó que la recaudación y administración de estos fondos quedara en poder del
Corregidor. -
a Audiencia dictó que las sisas sirvieran para financiar la apertura pesos que recibía de arrendamiento, un aumento de 454%. Esto también puede dar una idea de la
ganancia del Cabildo por concepto de alcabala en esos años, dicha ganancia estimada representaría hasta
el 80 -
el 25 de
febrero de 1735 de 1 a 2 pesos anuales a cada pulpería (abarrotería). Las tasas exigidas
fueron similares a las del tributo, hecho que demuestra que los dueños de negocios pagaban
casi lo mismo que un contribuyente indígena. -
lo
cual asestó un golpe a la supremacía del cabildo de la capital. Esta medida buscó restarle
poder económico y político a la elite de la ciudad más importante de Centroamérica. -
acordó
realizar un contrato para arrendar dicho estanco, al conocer que había llegado una real orden
para su creación. -
confirmó la aceptación de la postura,
por el término de cinco años, abarcando todo el Reino de Guatemala, comprometiéndose a
pagar 8,000 pesos anuales. -
ya que
en 1778 se puso énfasis en una disposición anterior que prohibía que los curas fueran
asistidos de los fondos de comunidad y que no se pagaran con tales fondos los gastos de las festividades sino que se utilizaran en beneficio de los indígenas. -
sobre la carga de panela y la arroba de azúcar, destinados a la
manutención de presos y a las obras ligadas a la construcción de la nueva Guatemala de la
Asunción -
para que administrara asuntos
relativos a propios, arbitrios y bienes de la comunidad. -
el Presidente
de la Audiencia comunicó al cabildo la real orden que aprobaba el Reglamento para la Mesa