Línea del tiempo - Recogiendo saberes en torno a la diversidad

  • Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.

    Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
    (Constitución Política de Colombia, 1991, Art. 7). Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
  • Reconocimiento de la Identidad Cultural Afro.

    Reconocimiento de la Identidad Cultural Afro.
    Se desarrolla la política pública de diversidad cultural contemplada en la ley 70 del 27 de agosto de 1993, cuyo propósito es establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social,
  • Reconocimiento de la Identidad Cultural Indígena.

    Reconocimiento de la Identidad Cultural Indígena.
    Se permite la cuantificación de la población indígena en el territorio Colombiano, las directrices y lineamientos que aseguran sus derechos se establecieron en el decreto 2109 de octubre de 1993.
  • Reconocimiento de la Identidad Cultural Raizal.

    Reconocimiento de la Identidad Cultural Raizal.
    Se emite la sentencia C-088, sobre la población "raizal" de San Andrés y Providencia, grupo étnico con historia, orígenes propios, cultura, lengua, y costumbres propias. Su lengua es la Criol (aunque muchos raizales pueden hablar y leer inglés), pero contiene muchos africanismos, y además una pronunciación y gramática propia.
  • Nace el Ministerio de Cultura

    Nace el Ministerio de Cultura
    Ley 397 (Ley General de Cultura) en el que se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y otros artículos afines de la Constitución Política y se establecen otras normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura. Se crea el Ministerio de la Cultura y sus dependencias.
  • La mujer en cargos públicos.

    La mujer en cargos públicos.
    Se desarrollan dos leyes en pro a la participación activa de la mujer: LEY 581 DE 2000 (mayo 31) por la cual se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público, y la sentencia C371 /2000 promulgada por la corte constitucional, establece la participación de la mujer en niveles decisorios de diferentes ramas y órganos del poder público “ley de cuotas”.
  • Diversidad Cultural- Patrimonio de la Humanidad.

    Diversidad Cultural- Patrimonio de la Humanidad.
    Se firma la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural como patrimonio común de la humanidad, indicando que la cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan a los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovación y de creatividad.
  • Día de la Afrocolombianidad

    Día de la Afrocolombianidad
    El Congreso de la República establece mediante ley, el 21 de mayo como el Día Nacional de la Afrocolombianidad.
  • Promoción de la Diversidad

    Promoción de la Diversidad
    Colombia es uno de los doce países que participan en el Programa “Reforzando las libertades fundamentales mediante la promoción de la diversidad de las expresiones culturales”. El Programa es financiado por la Agencia Sueca de Cooperación para el Desarrollo, y tiene por objeto reforzar las capacidades institucionales tanto de las entidades nacionales como de la sociedad civil.
  • Protección Integral a la infancia y la Adolescencia.

    Protección Integral a la infancia y la Adolescencia.
    Se desarrolla la Ley 1098 (Noviembre 8) por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, el cual tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes articulo 44 y concordadores.
  • Comunidad LGBTI

    Comunidad LGBTI
    El 7 de febrero la Corte Constitucional de Colombia extendió varios derechos propietarios y pensionales propios de las uniones maritales de hecho a las parejas homosexuales unidas bajo esta figura. Una decisión adicional de octubre de 2007 extendió igualmente derechos pensionales y de seguridad social a
    parejas del mismo sexo.
  • Reconocimiento a la Comunidad LGBTI

    Reconocimiento a la Comunidad LGBTI
    El 28 de enero , la corte modificó 20 leyes distintas a fin de otorgar 42 derechos a las parejas del mismo sexo unidas por una unión marital de hecho (incluyendo nacionalidad, permiso de residencia, testimonio en proceso judicial, derechos familiares propietarios, etc.
  • No a la Discriminación, Sí a la inclusión.

    No a la Discriminación, Sí a la inclusión.
    Ley 1482 Esta ley Anti discriminación tiene por objeto sancionar penalmente actos de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación, actos de racismo o discriminación.
  • Reconocimiento personas en condición de discapacidad

    Reconocimiento personas en condición de discapacidad
    La Ley estatutaria 1618 establece las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. El objeto de esta ley es garantizar y asegurar el ejercicio efectivo
    de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad.
  • Matrimonio Igualitario

    Matrimonio Igualitario
    El 28 de abril , la Corte Constitucional dictó un fallo por seis votos a favor y tres en contra para la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo en todo el territorio nacional, convirtiéndose así en el cuarto país de América del Sur en aprobarlo.
  • Clínica de Género

    Clínica de Género
    En Cali funciona uno de los complejos médicos privados de más prestigio en la ciudad desde hace 36 años. Sin embargo, desde que la clínica abrió sus puertas, con un equipo multidisciplinario conformado por pediatras, endocrinólogos, psicólogos, psiquiatras y médicos cirujanos, el director y algunos de estos especialistas indicaron que han sido blanco de municionamientos por la atención a la población transgénero, sino de hasta amenazas.