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LINEA DEL TIEMPO MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERCIAS

By Jaquihh
  • 1760 BCE

    EN EL ANTIGUO TESTAMENTO

    EN EL ANTIGUO TESTAMENTO
    se impartía justicia y se solucionaban los conflictos en los pueblos antiguos bajo la ley del Talión (ojo por ojo, diente por diente) consistía en hacer sufrir el mismo daño que el sufrido.
  • 535 BCE

    GRECIA

    GRECIA
    existía la figura del magister gentis , estaba facultado para resolver conflictos entre familias, este sistema utilizado guardaba similitud con el arbitraje, ya que la cuestión se ponía en manos de un tercero que era neutral al que las partes se sometían.

    Con el surgimiento de los estados, surge la figura de un solo gobernante (señor, reo, monarca, cesar) este era la autoridad encargada de administrar justicia.
  • 401 BCE

    ROMA

    ROMA
    aquí podemos ubicar los antecedentes de los medios alternos de solución de controversias a partir de la Ley de las Doce Tablas, principalmente en la primera que nos habla de la ‘’fuerza obligatoria a lo que convinieran las partes al ir a juicio’’ como mencionaba el jurista Cicerón la conciliación es la base del aborrecimiento de los pleitos, y se refería a ella como el ‘’acto de liberalidad digno de elogio y provecho’’
    se da el origen del arbitraje. En dicha civilización.
  • Period: 1221 to 1284

    LAS SIETE PARTIDAS

    influyeron en la aplicación del arbitraje no sólo en México sino en toda Iberoamérica. Las ordenanzas de diferentes consulados y las normativas ibéricas
  • 1560

    Las Ordenanzas de Bilbao

    Las Ordenanzas de Bilbao
    contemplaban el arbitraje en su capítulo décimo, “de las Compañías de Comercio”, considerándose a este, un arbitraje forzoso
  • Francia

    Francia
    En Francia la conciliación fue establecida por la Asamblea Nacional en las leyes 6 y 24 de agosto de 1790 esta operaba como una etapa previa al nacimiento del proceso civil, ante una oficina llamada "Bureau de paix et de conciliation".
  • Constitución de Cádiz

    Constitución de Cádiz
    tuvo origen como medida general la Conciliación y alcanza el más alto rango legal
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Se encuentran prevista la conciliación y el arbitraje en materia laboral, una de las principales ramas del derecho social en nuestra Carta Magna.
  • Surgimiento de la Mediación EN MEXICO

    Surgimiento de la Mediación EN MEXICO
    Surge como forma pacífica de solución de conflictos, se remonta al año de 1993, en las aulas del posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sonora, al incluir en el plan de estudios de la especialidad de Psicología y Desarrollo de Familia la materia de Mediación y Psicología Aplicada a la Práctica Judicial
  • Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas.

    Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas.
    Podría considerarse como el primer antecedente de una ley sobre métodos alternos en una entidad federativa al observar el término “Conciliación” en su nombre, además de buscar establecer las bases jurídicas que propicien el diálogo para alcanzar, a través de un acuerdo de concordia y pacificación, la solución justa, digna y duradera al conflicto armado iniciado el 1o. de enero de en el Estado de Chiapas.
  • PRIMERA INSTITUCION DE MEDIACION EN MÉXICO

    PRIMERA INSTITUCION DE MEDIACION EN MÉXICO
    se crea la primera institución de mediación en el país, la Unidad de Mediación Familiar y Comunitaria de la Universidad de Sonora, y meses después el Instituto de Mediación de México
    Actualmente, en los 32 estados de la República Mexicana, considerando la Ciudad de Mexico, existe un total de 25 estados que cuentan con al menos un centro o instituto de mediación, a través de los cuales, ofrecen el servicio de mediación en materia familiar, civil y mercantil y penal.
  • Ley de Mediación de Chihuahua.

    Ley de Mediación de Chihuahua.
    Chihuahua se encuentra igualmente inmerso en la tendencia de la regulación de los métodos alternos de solución de conflictos al promulgar en junio de 2003 la Ley de Mediación la cual tiene como objeto regular la mediación como procedimiento para solucionar conflictos interpersonales.
  • Ley de Mediación y Conciliación de Aguascalientes.

    Ley de Mediación y Conciliación de Aguascalientes.
    El Estado de Aguascalientes promulga la Ley de Mediación y Conciliación que tiene por finalidad regular los métodos alternos como medios voluntarios y opcionales al proceso jurisdiccional, para que las partes resuelvan sus controversias cuando éstas recaigan sobre derechos de los cuales pueden disponer libremente sin afectar el orden público.
  • REFORMA CONSTITUCIONAL

    REFORMA CONSTITUCIONAL
    Los Medios alternos de solución de los conflictos son legislados en México a partir de la reforma que se hace al artículo 17 de la Constitución Mexicana, el 18 de junio de 2008.
    En el cual se estableció que las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, regularan su aplicación, aseguraran el daño y establecerán los casos en los que se requiera supervisión judicial.
  • LEY DE MEDIOS ALTERNATIVOS EN MATERIA PENAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA.

    LEY DE MEDIOS ALTERNATIVOS EN MATERIA PENAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA.
    por decreto del H. congreso del Estado de Puebla se expide la Ley de Medios alternativos en materia penal para el Estado de Puebla, con cuarenta art.