Foto portada

LINEA DEL TIEMPO MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN

  • 3000 BCE

    EDAD ANTIGUA. LA GUERRA

    EDAD ANTIGUA. LA GUERRA
    Los pueblos antiguos realizaban justicia por medio de la guerra y el más fuerte era quien subordinaba al contrincante.
  • 2500 BCE

    ANTIGUA CHINA

    ANTIGUA CHINA
    En la antigua China se utilizaban los medios alternos de solución para resolver conflictos. Especialmente la mediación.
  • 2000 BCE

    ANTIGUO JAPÓN

    ANTIGUO JAPÓN
    Desde la antigüedad, el líder del pueblo era el encargado de ayudar a resolver las disputas entre sus habitantes. Después de la Segunda Guerra mundial, en este país se institucionalizó la conciliación de desavenencias personales.
  • 1750 BCE

    CÓDIGO HAMMURABI

    CÓDIGO HAMMURABI
    En este código la justicia y la solución de conflictos se realizaba bajo la ley del Talión, es decir, ojo por ojo y diente por diente. También es mencionado en el Antiguo Testamento.
  • 753 BCE

    FUNDACIÓN DE ROMA Y SURGIMIENTO DE ESTADOS ANTIGUOS

    FUNDACIÓN DE  ROMA Y SURGIMIENTO DE  ESTADOS  ANTIGUOS
    Surge la figura de un solo gobernante que es llamado Señor, Rey, Monarca o César, según el contexto histórico. Esta autoridad era la encargada de administrar la justicia. También esta autoridad esta presente en Estados como Egipto e Israel.
  • 500 BCE

    CULTURA GRIEGA: FORMA DE VER UN CONFLICTO

    CULTURA GRIEGA: FORMA DE VER UN CONFLICTO
    Tenemos en el filósofo griego Heráclito de Efeso la consideración del conflicto como un promotor de cambios y a su vez, los cambios como generadores de nuevos conflictos.
  • 400 BCE

    ANTIGUA CHINA: CONFUCIO

    ANTIGUA CHINA: CONFUCIO
    Confucio decía que el Estado natural de las relaciones humanas es la armonía y enfrentarse al adversario para resolver conflictos es la antítesis a la paz deseada. Este filósofo señala a la mediación como la resolución de conflictos en la antigua China su lema: "Persuasión moral y el acuerdo, y no bajo coacción".
  • 100

    SURGIMIENTO FORMAL DE LA IGLESIA CATÓLICA

    SURGIMIENTO FORMAL DE LA  IGLESIA  CATÓLICA
    Los Papas católicos como autoridad central de la religión católica se le confía la resolución de numerosos conflictos. Este Poder dura en toda la Edad Media hasta el Renacimiento.
  • 400

    ESTADO ROMANO

    ESTADO ROMANO
    Aquí se practicó la conciliación. Se usó el contrato de transacción, los mandaderos de paz y avenidores que se establecieron en le Fuero Juzgo (Ley XV, Titulo I, Libro II), incluido en la ley de la XII Tablas.
  • ARBITRAJE COMERCIAL

    ARBITRAJE COMERCIAL
    Se crea en la cámara de comercio de Nueva York el arbitraje comercial.
  • REVOLUCIÓN FRANCESA

    REVOLUCIÓN FRANCESA
    Tras la Revolución Francesa, la justicia ya no se administra por el Monarca y se genera la división de poderes en ejecutivo, Legislativo y Judicial. Por primera vez se dan las bases de una sociedad democrática.
  • CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ

    CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ
    Se encomienda la función de mediación a los Alcaldes y se reconoce al arbitraje.
  • REGLAMENTO PROVISIONAL POLÍTICO DEL IMPERIO MEXICANO

    REGLAMENTO PROVISIONAL POLÍTICO DEL IMPERIO  MEXICANO
    En su artículo 71 menciona que a toda demanda civil o criminal debe preceder la junta conciliatoria.
  • DEPARTAMENTO DE TRABAJO DE LOS ESTADOS UNIDOS

    DEPARTAMENTO DE TRABAJO DE LOS ESTADOS UNIDOS
    Se crea la conciliación entre el ámbito obrero y patronal
  • CORTE INTERNACIONAL DE ARBITRAJE

    CORTE INTERNACIONAL DE  ARBITRAJE
    Establecido en 1923, el arbitraje de la ICC es un procedimiento flexible y eficiente para solucionar controversias domésticas e internacionales. Los laudos son vinculantes, definitivos y susceptibles para su aplicación en cualquier parte del mundo.
  • RESOLUCÓN DE CONFLICTOS LABORALES

    RESOLUCÓN DE CONFLICTOS LABORALES
    En Estados Unidos se crea una oficina independiente para resolver este tipo de conflictos.
  • LEY DE ARBITRAJE

    LEY DE ARBITRAJE
    Se promulga la ley de arbitraje,aunque algo limitada. Es un importante precedente.
  • ALDEA DE RALÚA, MÉXICO

    ALDEA DE RALÚA, MÉXICO
    Nader informa acerca del procedimiento de resolución de disputas en la aldea mexicana de Ralúa donde le juez ayuda a las partes a adoptar decisiones consensuales.
  • ESTADOS UNIDOS 1970

    ESTADOS UNIDOS 1970
    Nace la mediación. En San Francisco nacen los community boards que fueron los primeros centros de mediación vecinal formados por voluntarios. Su objetivo era promover la cultura de paz entre sus vecinos.
  • OTRO MODELO DE MEDIACIÓN

    OTRO MODELO DE  MEDIACIÓN
    e describe otro modelo de mediación practicado en el Tribunal de las Aguas, España
  • lLEY 36/1988

    lLEY 36/1988
    Es una Ley con características amplias y regula básicamente el reconocimiento al arbitraje institucional.
  • LEY DE JSUTICIA ALTERNATIVA DEL ESTADO DE QUINTA ROO

    LEY DE JSUTICIA ALTERNATIVA DEL ESTADO DE  QUINTA ROO
    Esta ley es vanguardista, ya que promueve la justicia alternativa mediante el centro de asistencia jurídica y se promueve la mediación y la conciliación.
  • ESTADO DE PUEBLA

    ESTADO DE PUEBLA
    Se establecen los mecanismos necesarios para que se instituyan la mediación y la conciliación como medios en la resolución de conflictos legales.
  • CONGRESO NACIONAL DE MEDIACIÓN

    CONGRESO NACIONAL DE MEDIACIÓN
    Se efectúa en la ciudad de Hermosillo, Sonora, el Primer Congreso Nacional de Mediación. Se reúnen cada año y sus propuestas fueron motor para impulsar los cambios a la Constitución Federal en el 2008 sobre las MASC.
  • INCORPROACIÓN DE LA MEDIACIÓN EN AGUASCALIENTES

    INCORPROACIÓN DE LA MEDIACIÓN EN AGUASCALIENTES
    Se incorpora en el año 2001
  • LIBRO VERDE DE LA COSIÓN SOBRE MODALIDADES ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN

    LIBRO VERDE DE LA COSIÓN SOBRE MODALIDADES ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN
    En Europa se aplica en el ámbito civil y mercantil como aquellos procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos aplicados por un tercero imparcial.
  • REFORMAS CONTITUCIONALES

    REFORMAS CONTITUCIONALES
    Se reforma el artículo 17 constitucional y se establece que las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, regularan su aplicación, aseguraran la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requiera supervisión judicial.
  • LEY DE MEDIOA ALTERNATIVOS EN MATERIA PENAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA

    LEY DE MEDIOA ALTERNATIVOS EN MATERIA PENAL PARA EL ESTADO DE  PUEBLA
    Se expide la Ley de Medios Alternativos en Materia Penal para el Estado de Puebla con 41 artículos.
  • CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

    CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
    Se cumple el plazo indicado en el articulo 2 transitorio sobre el sistema penal acusatorio y los medios alternativos de solución de conflictos.
  • REFORMAS A LA LEY FEDRAL DEL TRABAJO

    REFORMAS A LA LEY FEDRAL DEL TRABAJO
    Se privilegia la conciliación en resolución de controversias laborales.