Línea del tiempo (Historia)

By Edu18_
  • Antecedentes: Desarrollo del derecho común
    1088

    Antecedentes: Desarrollo del derecho común

    [- En Bolonia, Irnerio descubre el derecho romano justinianeo y dedica su vida a los estudios del ius commune.
    - La glosa - La magna glosa (de Accursio).
    - Los comentaristas
    - Estudiantes Ibéricos viajan a Bolonia en busca del saber jurídico.
    - ius commune = Derecho Civil + Derecho Canónico + glosas y comentario
  • Decretum de Graciano
    1140

    Decretum de Graciano

    Graciano era un monje alemán que se dedicó a recopilar cánones de concilios, cuestiones de
    derecho romano, textos de concilios en África, en la Galia..en una obra que llamó el Decretum.
    Es una obra privada, realizada por su cuenta, pero fue tan importante que en la época ya fue
    tratada como una Ley Promulgada.
  • CORONA DE CASTILLA
    1212

    CORONA DE CASTILLA

    Alfonso VIII tras salir victorioso de la Batalla de Tolosa pidió a las ciudades y señoríos que le presentaran por escrito todos los derechos que tenían para así poder confirmarlos. Bajo la sospecha de que el monarca recortaría o peor, no aceptaría estos derechos, las ciudades y señoríos se niegan a entregarle. Esta acción de pedir los derechos por escrito para confirmarlos correspondía con la función del monarca del derecho alto medieval
  • -Liber extra-credetales (Decretales) De Gregorio IX
    1234

    -Liber extra-credetales (Decretales) De Gregorio IX

    LLamado así por estar fuera del decreto, dado que es una continuación del decreto de Graciano. Tiene carácter público (u oficial). Su contenido fue: Decretales (1154-1234)
  • Fuero Juzgo
    1241

    Fuero Juzgo

    -Traducción romana del Liber Iudiciorum, código legal visigodo elaborado por Recesvinto
    -Esta obra datada del 1241 se atribuye al rey Fernando III
    -Se aplicó como fuero municipal en los territorios meridionales según fue avanzando la
    reconquista castellana
  • CORONA DE ARAGÓN: CORTES DE HUESCA
    1247

    CORONA DE ARAGÓN: CORTES DE HUESCA

    El rey Jaime I de Aragón, convocó Cortes en Huesca con la intención de continuar la obra
    legisladora de la Corona y recopilar en un solo documento las normas aragonesas.
    Aprobaron el Fuero de Aragón, que recogía todo el derecho territorial aragonés
  • REINADO Y LABOR LEGISLATIVA DE ALFONSO X (EL SABIO)
    1252

    REINADO Y LABOR LEGISLATIVA DE ALFONSO X (EL SABIO)

    Estas tres obras representan las tres línea de la política legislativa del rey, respondiendo cada
    texto a una de ellas
    Fuero real: monopolio legislativo
    Espéculo: uniformidad jurídica
    Siete Partidas: renovación del derecho
  • Fuero Real
    1255

    Fuero Real

    • El Fuero Real de España es un texto promulgado por Alfonso X de Castilla (El Sabio) con la intención de homogeneizar las leyes vigentes en su reino, hacer concesiones y eliminar abusos.
    • Derecho creado por el Rey y otorgado a Aguilar de Campoo, Burgos, Valladolid y Ávila.
    • Fuentes: Fuero Juzgo, Derecho Común, instituciones tradicionales castellanas. - Derecho Regio 
  • ESPÉCULO
    1255

    ESPÉCULO

    Cuerpo legal compuesto de cinco libros posiblemente redactado en 1255. La obra se quedó inacabada.
    - Su contenido es similar al de las tres primeras Partidas y el prólogo se asemeja al de Fuero Real.
    - Para Martínez Diez, el Espéculo fue proyectado como una obra de carácter oficial y general. No fue concluido ya que considera como probable causa de ello el llamado fecho del imperio, es decir, el conjunto de acontecimientos relativos a su intento de lograr la corona imperial.
  • 7 Partidas
    1256

    7 Partidas

    Ante fecho del Imperio Alfonso X interrumpe Especulo para crear Partidas
    - Texto imperial centrado en el Derecho Común
    - Gran enciclopedia del Derecho. No tiene carácter legal. Fue traducida por muchos países.
    - Fue una Obra de referencia para el Derecho Común Moderno y estuvo vigente hasta la codificación (Código Civil – 1889).
    - Contenido: I: Fuentes del derecho, II: Poder publico, III: Privado, IV- VI: Civil, VII: Penal y Procesal.
  • Corona de Aragón: Cortes de Egea
    1265

    Corona de Aragón: Cortes de Egea

    Los nobles piden la no aplicación de Ius Commune y nombramiento de caballeros. El Rey accede a lo segundo: atenderá los pleitos entre Rey y nobles (El Justicia Mayor de Aragón
  • Rebelión Nobiliaria
    1272

    Rebelión Nobiliaria

    Nobles y consejos se levantan contra el Derecho Regio.
  • Cortes de Zamora
    1274

    Cortes de Zamora

    • En las cortes de Zamora de 1274 el Rey frena el derecho nuevo y acepta el derecho tradicional.
    • Se fija la diferencia entre pleitos foreros y pleitos del Rey (casos de corte) -Pleitos foreros: solucionaban conflictos más comunes, de "menor importancia". Derecho local o municipal, contentando a los defensores de sus instituciones y tradiciones regionales. -Pleitos del Rey o casos de corte: violaciones, incendio de propiedades, alta traición... En dichos pleitos se aplicaría el Fuero Real.
  • Liber Sextus de Bonifacio VIII
    1298

    Liber Sextus de Bonifacio VIII

    Es el título de una colección canónica compilada por orden de Bonifacio VIII por Guillaume de Mandagot, obispo de Embrun,
    Al igual que las “Decretales” de Gregorio IX, el “Liber Sextus” consta de cinco libros, subdivididos en títulos y capítulos. Contiene en adición ochenta y ocho reglas de ley (regulœ juris) tomadas del derecho romano.
  • CORTES DE ALCALÁ : ORDENAMIENTO DE ALCALÁ (Prelación De Fuentes)
    1348

    CORTES DE ALCALÁ : ORDENAMIENTO DE ALCALÁ (Prelación De Fuentes)

    En el orden de prelación De Fuentes se estableció que se aplicaría, por este orden:
    -Ordenamiento de Alcalá
    -Fuero municipal
    -Fuero Real y las Siete Partidas
    Este Ordenamiento dotó de valor oficial a las Partidas y por tanto del Ius Commune
  • FIN DE LA BAJA EDAD MEDIA: INICIO DE LA EDAD MODERNA
    1469

    FIN DE LA BAJA EDAD MEDIA: INICIO DE LA EDAD MODERNA

    El inicio de la Edad Moderna se marca con el Matrimonio de los Reyes Católicos: Isabel de
    Castilla y Fernando de Aragón.