
Línea de tiempo marco legal Farmacovigilancia y Tecnovigilancia, Cristhian Julian Marroquin Duque, Tulua, Valle del cauca
By cmarroquin
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Abarca la normatividad desde 1993 hasta la fecha actual.
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Al definir el Sistema General de Seguridad Social
Integral, dejó el marco sobre las obligaciones tanto del estado como de la sociedad para la prestación de los servicios de salud. Con el fin de lograr el bienestar de las personas y la comunidad para tener una mejor calidad de vida, Esta ley tiene como objetivo garantizar los derechos de los habitantes de Colombia; Protegiendo la comunidad ya que se dictan normas como la del derecho irrenunciable a la seguridad social, cubriendo a la población. -
Determina las normas técnicas de calidad y guías técnicas de estudios de medicamentos, materiales médicos, cosméticos y otros productos, para obtener la buena calidad de los mismos. Este manual debe ser examinado rigurosamente por la industria farmacéutica. El Decreto 677 de 1995 (26 de abril) hace parte de la presente resolución, la cual establece el Régimen de registros, Licencias y control de calidad de Cosméticos, Preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales,
Productos de aseo. -
Establece el Comité técnico en medicamentos. El objetivo es estudiar y dar a conocer los criterios que deben tener en cuenta en el proceso, entre ellos están hacer estudios de propuestas de que medicamentos deben de ser incluidos o excluidos del POS, hacer los ajustes adecuado para ingresarlos a la lista de medicamentos esenciales. El comité debe hacer reuniones cada trimestre, si hacen reuniones extraordinarias cuando se vea la necesidad; Ningún miembro familiar puede hacer parte de este comité
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Expide normas para controlar y vigilar la importación, exportación, dispensación, compra y venta de materias primas de control especial y medicamentos que la poseen, el mandato de esta resolución aplican a establecimientos farmacéuticos, droguerías, depósitos de drogas para consumo humano, regentes de farmacia y demás personas que estén relacionadas con materias primas de control especial y medicamentos que las contengan, para fines médicos. se prohíbe fabricar muestras de M.C.E y distribuirlas.
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Establece las normas de incentivar la oferta de medicamentos vitales no disponibles en Colombia, tiene por objetivo regular los procesos y requisitos para el desarrollo, producción y comercialización de los medicamentos vitales no disponibles, dichos medicamentos están bajo vigilancia y control de las autoridades sanitarias. estos medicamentos deben tener el certificado de venta libre y certificado que se ajusten a los requisitos por la OMS.
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Establece las normas para controlar , seguir y vigilar la importación, exportación, procesamiento, fabricación, dispensación, compra, venta y destrucción de medicamentos aplicando estos procesos a todas las entidades publicas y privadas y personas que fabriquen, almacenen, vendan o consuman materias primas de control especial o sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos u otro producto que las contengan. se prohíbe la distribución de muestras de sustancias sometidas a fiscalización.
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Ministerio de la Protección Social tiene como objetivo vigilar y controlar la importación, exportación, distribución y venta de materias primas de control especial de medicamentos, Estos al ser sustancias y medicamentos que crean dependencia; el uso inapropiado lleva al manejo ilegal de los mismos, y se necesita fortalecer los sistemas de vigilancia, seguimiento y control. es prohibido la distribución de muestras de materias primas de control especial o sustancias sometidas a fiscalización.
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Determina el sistema administrativo y técnico general del modelo de gestión del servicio farmacéutico y llevar a cabo el manual de condiciones esenciales y procesos del servicio farmacéutico, cumplir diferentes funciones y obligaciones como la promoción, prevención, suministro y atención farmacéutica, con el objetivo de realizar un mejor servicio para el bienestar de los pacientes e informarlos sobre el uso adecuado de los medicamentos y adherencia al tratamiento.
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Define el programa nacional de tecnovigilancia el MPS con el apoyo del Invima, permitiendo identificar los EA no descritos en la utilización de dispositivos médicos en Colombia, cuantifica el riesgo, propone y realiza medidas de salud publica y debe mantener a todos los usuarios de la población en general, con el fin de proteger la salud y la seguridad de las personas que se vean implicadas en la utilización de dispositivos médicos. se define como un sistema se vigilancia postmercado.
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Directamente relacionado con el manual de medicamentos del
POS. Se actualizó integralmente el Plan Obligatorio de Salud de los regímenes contributivo y subsidiado, con el fin de tener el derecho a la salud y la atención en las tecnologías de la salud, con este acuerdo los pacientes tienen derecho a la Actividad de salud, Aparatos ortopédicos, Atención ambulatoria, , Atención de urgencias, Atención domiciliaria; Diagnóstico, prevención, tratamiento alivio de una enfermedad.