
Línea de tiempo marco legal del servicio farmacéutico-Carolain Aguiar Murillo, Tuluá Valle del Cauca
By carolain242
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Tiene por objeto regular las profesión de Químico Farmacéutico, perteneciente al área de salud, con el fin de proteger el derecho que tiene la población de que se le otorgue la calidad de los medicamentos, cosméticos y demás insumos de salud relacionados con el campo de la Química Farmacéutico.
Cuya formación Universitaria lo capacitará para ejercer actividades profesionales en el desarrollo, preparación, producción, control y vigilancia de los procesos y productos mencionados. -
Abarca la normatividad desde 1993 hasta la fecha actual.
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SGSSS implanta tres reformas fundamentales–La participación del sector privado en la prestación de servicios de salud a los trabajadores colombianos,adicional al Instituto de Seguros Sociales–La creación del Fondo de Solidaridad–Garantía para asegurar un nuevo sector subsidiado y la posibilidad para todos los trabajadores de elegir la entidad prestadora de salud, cuyos principios y fundamentos son Equidad, Obligatoriedad,Protección Integral,Libre Escogencia,Calidad,Solidaridad.
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Se precisan las funciones del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-INVIMA- y se establece su organización básica. El objetivo INVIMA ejecutar las políticas formuladas por el Ministerio de Salud durante toda las actividades asociadas con producción, importación, comercialización y consumo. El instituto de referencia nacional, promover el desarrollo científico y tecnológico.
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El Regente de Farmacia es un Tecnólogo Universitario,cuya formación es desarrollar tareas de apoyo y colaboración del servicio farmacéutico y en la gestión administrativa de los establecimientos distribuidores: Mayoristas productos alopáticos, homeopáticos,con base en recursos naturales,preparados magistrales e insumo para la salud.Minoristas ofrecen la distribución y dispensación de los medicamentos y demás insumos primer nivel de atención o baja complejidad,bien sea ambulatoria u hospitalaria.
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El presente decreto tiene por objeto establecer las condiciones de preparación, distribución, dispensión, comercialización, etiquetado,
rotulado y empaque de los medicamentos homeopáticos Magistrales lo hace un Químico Farmacéutico en un establecimiento autorizado envase a la formula prescrita por el médico a un paciente individual y Oficinales lo hace un Químico Farmacéutico en un establecimiento autorizado según las técnicas farmacopeas vigentes en Colombia. -
El servicio Farmacéutico podrá ser prestado de manera independiente o dependiente por los siguientes términos.
Independiente: Es aquel que es prestado a través de establecimientos farmacéuticos.
Dependiente: Es aquel servicio asistencial de una institución prestadora de servicio de salud. Este decreto debe cumplir con los estándares únicos de habilitación del sistema obligatorio de garantía,calidad y en salud. -
El presente decreto da la posibilidad de la prestación del servicio según infraestructura y dotación,recursos humanos,norma de procedimientos,prohibiciones y solicitud de la prescripción médica.
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Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones Ley 1164 del 2007.Por la cual dictan disposiciones en materia del Talento Humano en Salud.
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Se determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan también otras disposiciones, es aplicado a toda persona que realice una o mas actividades y/o procesos del servicio farmacéutico, especialmente, a los prestadores del servicio de salud.
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Esta ley referenciada establece la necesidad de definir una política farmacéutica,de insumo y de dispositivos médicos que desarrolle mecanismos para optimizar la utilización de medicamentos y evitar las inequidades en acceso y calidad de los mismos.