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Protección de datos personales, es un derecho humano reconocido a nivel internacional.
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Invocando la dignidad humana, reconocen el derecho a la no injerencia en la vida privada de las personas, como un derecho humano.
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Fue suscrita tras la Conferencia Especializada Interamericana de D. H. dónde reconocían el derecho a la vida privada y familiar como un derecho inherente a la persona, así como el respeto y la no injerencia en el domicilio y correspondencia.
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Reconocían el derecho a la vida privada, así como el respeto y la no injerencia en el domicilio y correspondencia.
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Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales y a ejercer los derechos denominados “ARCO” (acceso, rectificación, cancelación y oposición).
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Antecedente internacional importante de este derecho, invocando la dignidad humana, reconocen el derecho a la no injerencia en la vida privada de las personas, como un derecho humano.
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1er ordenamiento en reconocer el derecho de protección de datos personales para el ámbito público. Reconoce y regula el derecho individual al acceso a la información de las instituciones y organismos del Estado.
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Sienta las bases respecto al derecho a la información (transparencia), incluyendo la protección de datos personales por parte de las entidades públicas, reconociendo los derechos de acceso y rectificación.
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Se adiciona la fracción XXIX-O: Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
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Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose los subsecuentes en su orden, al artículo 16
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. -
Cuerpo normativo aprobado por el Congreso de la Unión, mismo que tiene como objetivo regular el derecho a la autodeterminación informativa.
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Cuerpo normativo de México, que entra en vigor para todas las personas físicas o morales, del sector público y privado, tanto a nivel federal como estatal.
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Art. 43 frac. III de la L.F.P.D.P.P.P.;Tienen por objeto establecer el contenido y alcance de los avisos de privacidad, en términos de lo dispuesto por dicha Ley y su Reglamento.
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Decreto por el que se expide dicha ley, la cual promoverá, fomentara y difundirá la cultura de la transparencia en el ejercicio de la función pública, el acceso a la información..., a través del establecimiento de políticas públicas y mecanismos que garanticen la publicidad de información oportuna.
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Con la aprobación de la La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el IFAI cambia su nombre por el de Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
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Sufre su última reforma
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Sufre su última reforma la fracción XXIX-O: Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
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SE ABROGA LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL Y SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
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Decreto por el que se expide dicha ley.
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El presente acuerdo y su anexo, puede ser consultado en la dirección electrónica siguiente: http://inicio.inai.org.mx/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-19-12-2017.10.pdf