Derechos humanos2

La evolución de los derechos humanos

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    La garantia de la libertad en la democracia ateniense. (siglo IV a.C.)

    La garantia de la libertad en la democracia ateniense. (siglo IV a.C.)
    Se vive en Grecia el primer iluminismo de la historia
    ya que con la hélade se llega a la cultura que pronunció el más maravilloso sí, la más maravillosa afirmación respecto del destino humano, toda vez que al decir de Federico Hegel con esta cultura aparece por vez primera esa libertad de la conciencia de sí mismo que hace pasar a un segundo plano la conciencia natural y da vuelo al espíritu.
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    Roma y el imperio de la ley.

    Roma y el imperio de la ley.
    Es un hecho generalmente admitido, que el Derecho, es la aportación más significativa de Roma a la cultura universal, ya que los juristas romanos del periodo de oro del Derecho supieron generar el convencimiento de que la ley es el instrumento por excelencia a través del cual se debe limitar al poder, postura que con el tiempo dará como resultado la conformación del principio de supremacía de la ley.
  • Nov 12, 1215

    Los derechos estamentales medievales

    Los derechos estamentales medievales
    Durante el Medioevo la sociedad se presentaba al hombre como “naturalmente” estructurada en un orden jerárquico de estamentos con un estatus desigual, en el que la desigualdad, se asienta, esencialmente, en el principio hereditario condicionado por el nacimiento, ya que la pertenencia a un estamento u orden determinaba los derechos de cada uno en el todo social.
    Un documento elocuente de los derechos estamentales es la
    Carta Magna Inglesa.
  • Jul 17, 1224

    La tradición jurídica inglesa, y las declaraciones de derechos de las ex colonias inglesasde Norteamérica (1224-1297)

    La tradición jurídica inglesa, y las declaraciones de derechos de las ex colonias inglesasde Norteamérica (1224-1297)
    A partir de la promulgación de la Carta Magna inglesa de 1215 Inglaterra inició un proceso de lento pero firme y continuado desarrollo hacia la configuración de un Estado de Derecho, proceso que se continuó con el Estatuto de Oxford (1224), el Estatuto de Tallagio non Concedendo (1297), que establece diversas garantías para los eclesiásticos.
  • Declaracion de derechos

    Declaracion de derechos
    En la sección 1a. se expresa que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres, independientes y tiene ciertos derechos innatos, de los cuales, cuando entran en estado de sociedad, no pueden, por ningún pacto, privar o desposeer a saber, el goce de la vida y de la libertad, con los medios para adquirir y poseer la propiedad, y buscar y conseguir la felicidad y la seguridad. En la sección segunda se precisa que todo poder está investido en el pueblo y consecuentemente deriva de él.
  • Primer estado en ratificar la constitucin

    Primer estado en ratificar la constitucin
    De los estudios realizados por Isaac Asimov, 13 se desprende que
    el primer Estado en ratificar la Constitución fue Delaware al que le siguieron Pensilvania (12 de diciembre de 1787), Nueva Jersey (18 de diciembre de 1787), Georgia (2 de enero de 1788), Connecticut (9 de enero), Massachusetts (6 de febrero), Maryland (28 de abril), Carolina del Sur (23 de mayo) y New Hampshire (21 de junio de 1788), que fue el noveno estado en aprobar o si se prefiere en ratificar a la Constitución.
  • La constitucion estra en vigor

    La constitucion estra en vigor
    Al ser ratificada por el noveno de los Estados, en el ambiente flotaba la convicción de que si Virginia, que en ese entonces era uno de los más importantes Estados que pretendían formar la Unión, no formaba parte de la misma, entonces tanto la “Unión”
  • La revolucion francesa (siglos XVII-XVIII)

    La revolucion francesa (siglos XVII-XVIII)
    Jorge Jellineck sostiene que las fuentes inspiradoras de la Declaración Francesa no solo fueron las ideas de los pensadores de los siglos XVII y XVIII, sino que además debe citarse a las Declaraciones Americanas de Derechos.
  • El constitucionalismo y la Revolución Francesa (siglos XVII-XVIII)

    El constitucionalismo y la Revolución Francesa (siglos XVII-XVIII)
    En el periodo que va del renacimiento a la Revolución Francesa se desarrolla el constitucionalismo individualista y liberal que muy bien puede ser caracterizado como la suma de ideas, pensamientos, hechos y acontecimientos que se desarrollan en dicho periodo y que a la postre hicieron posible que se configuraran diversas instituciones tendientes a subordinar el ejercicio del poder al derecho.
  • La declaración de los Derechos del Hombrey del Ciudadano

    La declaración de los Derechos del Hombrey del Ciudadano
    En el artículo primero se precisa que los hombres nacen
    y permanecen libres e iguales en derechos. En el artículo segundo se expresa que “la finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre.En el artículo tercero se reconoció que la soberanía reside esencialmente en la Nación.En el artículo cuarto se expresa que la libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudica a otros.El artículo quinto se refiere al principio de legalid
  • De la declaración de los derechos del hombrea las declaraciones de derechos sociales (siglo XIX)

    De la declaración de los derechos del hombrea las declaraciones de derechos sociales (siglo XIX)
    Los derechos positivos que se formularon en los países occidentales con posterioridad a la Revolución Francesa de 1789, se estructuraron tanto con pego a los principios fundamentales del liberalismo.
    Así, con apego a los principios fundamentales del liberalismo
    político se estructuró al estado sobre la base del reconocimiento del principio de la soberanía del pueblo, de la separación de poderes, del reconocimiento de los Derechos Naturales del Hombre y d político como del liberalismo económico.
  • Los derechos ciudadanos y el tránsito del sufragio censatario al sufragio universal (1789-1791)

    Los derechos ciudadanos y el tránsito del sufragio censatario al sufragio universal (1789-1791)
    La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 debió conducir a Francia al reconocimiento del sufragio universal, pero lejos de ello la Constitución de 1791, de la cual la Declaración fue su preámbulo, organizó la vida política con base en el sufragio censatario que marginó de la actividad política a tres cuartas partes de la población de Francia.
  • De los derechos del hombre a los derechos de la mujer (1789-1848)

    De los derechos del hombre a los derechos de la mujer (1789-1848)
    La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Revolución Francesa, tanto la de 1789 como la de 1848, fueron exclusivamente de los hombres, toda vez que las autoridades revolucionarias francesas no les reconocieron esos derechos a las mujeres sobre la base de que el clero ejercía un control tal sobre ellas que temían que en caso de que se les reconocieran Derechos Políticos.
  • La elaboración de la Declaración de DerechosHumanos de la onu de 1948 y los pactosinternacionales de 1966

    La elaboración de la Declaración de DerechosHumanos de la onu de 1948 y los pactosinternacionales de 1966
    Al término de la Segunda Guerra Mundial surgió la Organización de las Naciones Unidas y en el preámbulo de su carta constitutiva, suscrita en la ciudad de San Francisco el 26 de junio de 1945 se señaló como una de sus finalidades esenciales, “la necesidad de reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre”
  • Consideraciones en torno a las actas constitutivas de los organismos especializados de la onu que tienenrelación con los Derechos Humanos (1975-1998)

    Consideraciones en torno a las actas constitutivas de los organismos especializados de la onu que tienenrelación con los Derechos Humanos (1975-1998)
    La Declaración sobre la igualdad de oportunidades y
    de trato para las trabajadoras, la cual fue adoptada por
    la Conferencia International del Trabajo
    La Declaración de la oit relativa a los principios y
    derechos fundamentales en el trabajo.
  • Declaraciones, recomendaciones y conveniosde los organismos especializados que se relacionancon los derechos humanos

    Declaraciones, recomendaciones y conveniosde los organismos especializados que se relacionancon los derechos humanos
    Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo
    tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y
    de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de
    la familia humana.
  • Justiciano. (483-565)

    Justiciano.  (483-565)
    se propuso reorganizar al Imperio y para llevar a cabo esta tarea partió de la consideración de que para realizar esta importante tarea debía empezar por reorganizar al derecho, al sistema jurídico, ya que estaba consciente de que todo gobierno que se proponga organizar racionalmente la vida
    en sociedad, tiene que abrogar las leyes que resulten obsoletas y elaborar leyes que respondan satisfactoriamente a los requerimientos de su momento.