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Según sentencia T-594/93 personas que decidan cambiar su nombre debido a su identidad de genero e identidad sexual, sin mayor traba burocrática.
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Se distingue entre la persona y la sexualidad, concediendo a la orientación sexual e identidad de genero, como derecho fundamental a la libre opción sexual que compromete a la esfera más intima y personal como una libertad fundamental.
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La corte constitucional establece que las personas homosexuales pueden afiliar a su pareja en su EPS
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Como beneficiarias las parejas permanentes del mismo sexo cuya condición sea acreditada para las parejas heterosexuales.
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La corte constitucional confirma que las de mostraciones de afecto no deben de ser prohibidas por ser derecho humano, como lo es quererse entre si aún en público.
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El gobierno nacional de Colombia dicta la Ley 1496 de 2011, por medio de la cual se garantiza la igualdad salarial y de retribución laboral entre mujeres y hombres, se establecen mecanismos para erradicar cualquier forma de discriminación y se dictan otras disposiciones
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El 3 de noviembre la Corte Constitucional argumenta: La adopción por parte de parejas de mismo sexo no afecta el desarrollo integral del menor.
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La corte constitucional aprueba el matrimonio entre parejas de mismo sexo, reconocido como matrimonio igualitario.