La Ciudad de Mëxico

  • Reforma al artículo 73

    En el decreto se eliminaba los municipios del Distrito Federal y en consecuencia los ayuntamientos de los mismos. Dicha reforma también eliminó la figura del gobernador del Distrito Federal.
  • Reforma al artículo 73

    En esta reforma se estableció la posibilidad de que los ordenamientos legales y reglamentos que la ley en la materia señalara podrían ser sometidos a referéndum y objeto de iniciativa popular.
  • Reforma al artículo 73

    Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia durarían seis años en su encargo y podrían ser removidos en términos del título cuarto de la Constitució.
  • Reforma al artículo 73

    Esta reforma fue política, ya que estructuró los medios para la descentralización y desconcentración de la administración con la intención de propiciar el desarrollo de la Ciudad y sus habitantes. Se creó también la Asamblea de Representantes como órgano de representación ciudadana en el Distrito Federal, compuesta de 66 diputados.
  • Reforma al artículo 44

    La Ciudad de México es el Distrito Federal, sede de los poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos, para así establecer la función de esta entidad federativa.
  • Reforma al artículo 122

    Se establece el mandato para la creación del Estatuto de Gobierno, la ampliación de facultades a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal y el establecimiento de la figura del jefe del Distrito Federal.
  • Reforma al artículo 122

    Se establece la creación del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.
  • Reforma al artículo 122

    Desaparece la cláusula de gobernabilidad vigente desde 1987, sustituyéndola por una cláusula de sobrerrepresentación.
  • Reforma al artículo 44

    Se sustituye al Distrito Federal por la Ciudad de México, señalando que será la sede de los Poderes de la Unión, dándole autonomía en su régimen interior y su organización política y administrativa.