La administración pública: estructura y funciones

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    La administración pública: estructura y funciones

    Los antecedentes más remotos de la administración pública se sitúan en la etapa del virreinato de la
    Nueva España; etapa durante la cual se publican documentos históricos importantes que fueron dando
    forma a la administración pública nacional
  • El Sistema Federal de Gobierno

    se entiende que el federalismo en México surge como un sistema constitucional que ha tenido como objetivo descentralizar los poderes unificados heredados de estructuras coloniales en el país.
  • La Estructura Gubernamental en México

    El gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, se divide para su organización en tres órdenes:
     Federal: un gobierno central.
     Estatal: gobiernos de las entidades federativas y de la Ciudad de México.
     Municipal: gobiernos municipales y demarcaciones de la Ciudad de México, las cuales cabe
    acotar, se transformarán en alcaldías, con las reformas que se están ejecutando en la materia.
  • artículo 41

    “El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la
    competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus
    regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente
    Constitución Federal y las particulares de cada Estado y de la Ciudad de México, las que
    en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.”
  • artículo 115

    “Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre.”Reiterándose en la Fracción Primera del citado artículo, que: “Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine.
  • estructura actual

    se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federa
  • Estructura actual

    se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federa
  • El artículo 25

    el sistema de planeación, establece la existencia del Sistema Nacional de Planeación Democrática (SNPD), con la finalidad de fomentar el crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural de la nación. El SNPD es el mecanismo que recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al Plan Nacional de Desarrollo y a los programas correspondientes
  • artículo 9

    Las dependencias y entidades de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal conducirán sus actividades en forma programada, con base en las políticas que para el logro de los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo, establezca el Ejecutivo Federal”.
  • La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

    se establecen las bases de organización de la Administración Pública Federal (APF), centralizada y paraestatal (LOAPF, 2016).
  • secretarías cuya dependencia es centralizada

    I. Secretaria de Gobernación
    II. Secretaria de Relaciones Exteriores
    III. Secretaría de la Defensa Nacional
    IV. Secretaría de Marina
    V. Secretaría de Hacienda y Crédito Público
    VI. Secretaría de Desarrollo Social
    VII. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
    VIII. Secretaría de Energía
    IX. Secretaría de Economía
  • Continuacion de secretarías cuya dependencia es centralizada

    X. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
    XI. Secretaría de Comunicaciones y Transportes
    XII. Secretaría de la Función Pública
    XIII. Secretaría de Educación Pública
    XIV. Secretaría de Salud
    XV. Secretaría del Trabajo y Previsión Social
    XVI. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
    XVII. Secretaría de Cultura
    XVIII. Secretaría de Turismo,
    XIX. Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
  • Administración Pública Federal

    De conformidad al artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM,
    2016) se establece que “La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a
    la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la
    Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación
    de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación”.
  • La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Título Primero, Capítulo único, artículo 1°

    La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran la Administración Pública Centralizada.Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas ylos fideicomisos, componen la administración pública paraestatal.LOAPF, 2016