Portada derecho penitenciario

Evolución del Derecho Penitenciario en México

By Kary CP
  • 1492

    Implementación de Tribunales de la Santa Inquisición

    Implementación de Tribunales de la Santa Inquisición
    Con la llegada de los españoles y la conquista de América, se implementaron los tribunales de la Santa Inquisición, en donde los castigos y tormentos eran también en forma de torturas sádicas, extremas, degradantes o inhumanas.
  • 1519

    La Primera Prisión - La Fortaleza de San Juan de Ulúa

    La Primera Prisión - La Fortaleza de San Juan de Ulúa
    Una de sus mejores representaciones en la etapa colonial es la Fortaleza de San Juan de Ulúa, situada en Veracruz, considerada como la primera prisión diseñada en 1519.
    Se tiene documentado que algunos presos eran víctimas de vejaciones difíciles de describir: existía hacinamiento en las celdas y sufrían tormentos como falta de oxígeno, y durante la época de lluvia padecían de inundaciones, realizaban trabajos en condiciones inhumanas, falta de alimentación adecuada.
  • La Carcel de Belén

    La Carcel de Belén
    La cárcel de Belén, tuvo su lugar en la Ciudad de México considerada como la prisión más cruel de la segunda mitad del siglo xix. Fue una prisión que empezó siendo para mujeres solteras, establecida en 1683, en la que existían precarias condiciones de alimentación, tratos inhumanos, hacinamiento, falta de camas, aunado al trato indigno respecto a que las mujeres tenían la obligación de prostituirse con los celadores para poder cubrir los gastos al momento de ser liberadas.
  • Constitución de Apatzingán

    Constitución de Apatzingán
    Iniciaremos nuestro recorrido en 1814. Nos encontrábamos en el periodo postindependencia en el que surgió la Constitución de Apatzingán, que destacaba en su artículo 18 que en la nueva legislación no se admita la tortura; sin embargo, la protección de derechos humanos quedó en letra muerta en los lugares donde se albergaban prisioneros o malhechores.
  • Primer Código Penal vigente en la República

    Primer Código Penal vigente en la República
    Con Antonio López de Santa Anna, que tuvo la presidencia de manera reiterada de 1833 a 1855, se destaca la promulgación, en abril de 1835 en el estado de Veracruz, del primer Código Penal vigente en la República, mismo que tuvo similitud con el Código Penal español de 1822, en el que se sistematiza el catálogo de las penas con ciertas medidas de seguridad para los internos.
  • Constitución de 1857

    Constitución de 1857
    El 16 de junio de 1857 se presentó en Cámara el proyecto de Constitución elaborado por Ponciano Arriaga, León Guzmán, Mariano Yáñez, José María de Castillo, José María de Castillo Velasco, José María Mota y Pedro Escudero y Echánove. Tras su discusión, la Constitución de 1857 quedó integrada por 8 títulos y 120 artículos que garantizaba los derechos del hombre; la soberanía nacional; dividía los poderes de la nación en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
  • Redacción del Código Penal para el Distrito Federal

    En 1862, Benito Juárez, solicitó a Antonio Martínez de Castro que formara parte de la comisión que redactaría el Código Penal para el Distrito Federal (publicado en 1871), mismo que en la exposición de motivos destaca la diferencia entre la peligrosidad acreditada por el delincuente.
  • Carcel situada en Oaxaca, instaurada en 1862 por Porfirio Díaz

    Dentro de las primeras cárceles documentadas se encuentra la situada en el estado de Oaxaca, instaurada en 1862 por Porfirio Díaz, que destina por primera vez una prisión para hombres y otra para mujeres. En esos años se señalaba que entrar a esos espacios era prácticamente mortal, debido a las pésimas condiciones en las que se encontraba esa población, sobre todo por la falta de medicamentos para atender a las enfermedades que estaban en su auge entre los internos.
  • Publicación del Código Penal para el Distrito Federal

    Publicación del Código Penal para el  Distrito Federal
    Código Penal para el Distrito Federal (publicado en 1871), mismo que en la exposición de motivos destaca la diferencia entre la peligrosidad acreditada por el delincuente.
  • Period: to

    Porfirio Díaz

    Porfirio Díaz fue presidente de México en un periodo de 35 años en el que logró progresos económicos y una estabilidad política nunca antes vista en México. Asimismo, en esta época las prisiones de Puebla y Yucatán, construidas sobre el modelo panóptico creado por Jeremías Bentham, inspirador del utilitarismo, incorporan en su estructura modelos arquitectónicos carcelarios para mantener vigilados a los presos durante todo el día.
  • La doctrina de Lombroso

    La doctrina de  Lombroso
    La doctrina de Lombroso respecto al delincuente nato fue incorporada por el jurista Miguel S. Macedo, quien en 1882 propone al presidente Manuel González un proyecto penitenciario. Su idea principal radicaba en “corregir al delincuente corregible y castigar sin infamia ni horror al incorregible”.
    Es precisamente en este periodo que el castigo en México dejó de centrarse en la pena de muerte para pasar a la etapa de restricción de la libertad.
  • Palacio de Lecumberri (también conocido como el Palacio Negro)

    Palacio de Lecumberri (también conocido como el Palacio Negro)
    Porfirio Díaz consagró diversos proyectos penitenciarios, entre los que se encuentra el Palacio de Lecumberri (también conocido como el Palacio Negro), construido en 1885 en la Ciudad de México; es también conocida como la primera penitenciaría con influencia humanista, ya que eliminó los castigos tormentosos conocidos hasta ese entonces y representó lo más logrado de la planeación penitenciaria.
    Actualmente, en ese edificio se encuentra el Archivo General de la Nación.
  • Primer Centro Penitenciario Federal

    Primer Centro Penitenciario Federal
    En 1905 Porfirio Díaz ordenó que se albergara a los criminales en las Islas Marías, situadas en Nayarit, las cuales se convirtieron en el primer Centro Penitenciario Federal
  • José Almaraz

    José  Almaraz
    Otro personaje mexicano surgido en la época de Porfirio Díaz con enfoque humanista fue José Almaraz, quien en 1908 llevó a la práctica diversos estudios en los que afirmaba que el fin de una pena privativa de la libertad era “modelar, reformar, curar o readaptar al delincuente”. A partir de entonces, el gran concepto que surge en nuestro país en materia penitenciaria es la readaptación social.
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Bajo la presidencia de Venustiano Carranza se conformó en 1917 la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo 18 párrafo segundo establecía las bases para un adecuado tratamiento penitenciario, el cual debería estar basado en el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud, el deporte y el respeto a los derechos humanos como medios y elementos para lograr la reinserción social del delincuente con el objetivo de que este no volviera a delinquir.
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    Plutarco Elías Calles

    La llegada al poder del presidente Plutarco Elías Calles (1924-1928), se delineó que las penitenciarías fueran centros de regeneración, logrando tal desafío antes de terminar su mandato al entrar en vigor un nuevo reglamento y el Código Penal.
  • Period: to

    Presidencia de Emilio Portes Gil

    De 1928 a 1930, durante la presidencia de Emilio Portes Gil, los maestros Ángel Ceniceros y Luis Garrido publicaron un tratado sobre la ley penal. Su trabajo duró casi todo el siglo, ya que entre sus propuestas estaba la incorporación de prácticas judiciales y una visión crítica respecto a los códigos penales de 1929 y a las instituciones gubernamentales jurisdiccionales en esa época.
  • Reforma del Código Penal para el distrito y territorios federales

    Reforma del Código Penal para el distrito y territorios federales
    Cabe destacar que en 1929, bajo el mandato de Emilio Portes Gil, se reformó el Código Penal para el distrito y territorios federales.
  • Promulgar el Código Penal del D.F. y territorios federales en materia del fuero común y de toda la República en materia federal

    Promulgar el Código Penal del D.F. y territorios federales en materia del fuero común y de toda la República en materia federal
    Pascual Ortiz Rubio, en 1931 coadyuvó a promulgar el Código Penal del D.F. y territorios federales en materia del fuero común y de toda la República en materia federal, y transformó al Consejo Supremo de Defensa en el Departamento de Prevención Social y del Departamento del Distrito Federal.
  • Traslados de las cárceles al Palacio de Lecumberri

    Traslados de las cárceles al Palacio de Lecumberri
    Durante el mandato de Abelardo Luján Rodríguez de 1932 a 1934, se logró que en 1933 se trasladaran de las cárceles existentes en la época a todos los reos al Palacio de Lecumberri, en el D.F. (ahora Ciudad de México), iniciándose con ello una nueva etapa en la vida de las instituciones penitenciarias y de tratamiento al delincuente.
  • Period: to

    Presidencia de Lázaro Cárdenas del Río

    De 1934 a 1940, bajo la presidencia de Lázaro Cárdenas del Río, comienza la etapa de lo que conocemos actualmente como periodos sexenales.
  • Convención Nacional para la Unificación de la Legislación Penal e Intensificación de la Lucha contra la Delincuencia

    Convención Nacional para la Unificación de la Legislación Penal e Intensificación de la Lucha contra la Delincuencia
    En 1936 se realizó la Convención Nacional para la Unificación de la Legislación Penal e Intensificación de la Lucha contra la Delincuencia. En esta reunión los delegados penitenciarios de los estados y del gobierno federal mexicano, “reconocieron la urgencia de emprender una reforma penitenciaria utilizar las Islas Marías como institución de readaptación social y designar al personal directivo de los reclusorios”
  • Period: to

    Manuel Ávila Camacho

    Durante la presidencia Manuel Ávila Camacho sus principales aportaciones al tema de estudio se encuentran aquellas encomendadas a la Secretaría de Gobernación, a través de su Departamento de Prevención Social.
  • Period: to

    Miguel Alemán Valdés

    El presidente Miguel Alemán Valdés (1946-1952), a través de su secretario de Gobernación, controlaba el Departamento de Prevención Social; entre sus encargos se encontraban la Colonia Penal Federal “Islas Marías” y las Delegaciones en la Penitenciaría del D.F. y en los territorios Norte y Sur de Baja California.
  • Period: to

    Adolfo Ruiz Cortínez

    Con la llegada de Adolfo Ruiz Cortínez (1952-1958), se ampliaron los servicios, incrementándose el número de prisiones: la Cárcel de Mujeres, Colonia Penal Federal “Islas Marías”, prisiones de Quintana Roo y de Baja California; se consolidaron la Penitenciaría del D.F. y la Cárcel de Mujeres y se inició el registro de reos sentenciados, mis-mo que se concluyó con una organización general del casillero de sentenciados, cuyo objetivo era contar con los antecedentes de los reos.
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    Adolfo López Mateos

    Bajo el régimen de Adolfo López Mateos (1958-1964), se resaltan dos aportaciones a la innovación del sistema penal: la creación del Patronato de Reos Liberados y, a través de una iniciativa de reforma al artículo 18 constitucional, se solicitó proveer la adecuada organización del trabajo en los reclusorios.
  • Period: to

    Gustavo Díaz Ordaz

    En el regimén de Gustavo Díaz Ordaz (1964-1970). Su aportación fue que en el Departamento de Prevención Social se diversificaron las funciones abarcando principalmente la ejecución de sanciones de reos sentenciados y el gobierno de la Colonia Penal Federal Islas Marías; así como la ejecución de las sentencias de los reos federales en todas las entidades de la República y del fuero común para reos del D.F., territorios federales y entidades con las que se hubiera suscrito convenio.
  • La creación de la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados

    La creación de la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados
    La creación de la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
    Dicha normativa incorporó al marco jurídico nacional criterios apegados a tratados internacionales sobre readaptación social, a fin de que los reos se transformaran en miembros útiles de la sociedad.
  • Period: to

    Luis Echeverría Álvarez

    De 1970 a 1976, durante la presidencia de Luis Echeverría Álvarez, se discutió en el Congreso de la Unión el fracaso de las instituciones carcelarias, por lo que un periodo de incorporación del derecho internacional en al ámbito interno se da precisamente en México.
  • Se cierra el Penal de Lecumberri

    Se cierra el Penal de Lecumberri
    En 1976 fue cerrado el penal de Lecumberri, tras funcionar tres cuartos de siglo, para dar paso a “las cárceles preventivas denominadas Reclusorio Norte, Oriente y Sur, y la Comisión Técnica de los Reclusorios del D.F”.
  • Period: to

    Miguel de la Madrid Hurtado

    De 1982 a 1988, con la presidencia bajo el mando de Miguel de la Madrid Hurtado, se avanzó en nuestro tema de estudio. La Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social avanzó en materia de prevención de conductas antisociales y delictivas y en la reincorporación a la sociedad de los presos.
  • Period: to

    Construcción de los Centros Federales de Readaptación Social

    De 1988 a 1994, con el presidente Salinas de Gortari, se llevó a cabo la construcción de los Centros Federales de Readaptación Social (CEFERESOS) y se construyó en sus primeros dos años de mandato el Penal de Máxima Seguridad No. 1 “Almoloya de Juárez” en el Estado de México.
  • Period: to

    Se instituyó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

    De 1994 al año 2000, con el presidente Ernesto Zedillo Ponce de León, se instituyó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) como órgano ejecutor de los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
  • Period: to

    Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social

    Del año 2000 al 2006, con el presidente Vicente Fox Quezada, se creó el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS), dependiente de la Secretaría de Gobernación.
  • Dictamen Médico/Psicológico Especializado para Casos de Posible Tortura y/o Maltrato

    Dictamen Médico/Psicológico  Especializado  para  Casos  de  Posible  Tortura  y/o  Maltrato
    En 2003, surgió el Dictamen Médico/Psicológico Especializado para Casos de Posible Tortura y/o Maltrato, cuyo objetivo, entre otros, era proporcionar herramientas para prevenir, atender y sancionar la tortura a los agentes del Ministerio Público, policías judiciales, custodios, guardias de seguridad y peritos, incluido también el personal administrativo de las fiscalías y procuradurías generales de justicia.
  • El 18 de agosto de 2003 se publicó el Acuerdo A/057/2003 en el Diario Oficial de la Federación

    El 18 de agosto de 2003 se publicó el Acuerdo A/057/2003 en el Diario Oficial de la Federación
    El 18 de agosto de 2003 se publicó el Acuerdo A/057/2003 en el Diario Oficial de la Federación, en el cual se establecieron las directrices institucionales para la aplicación del Dictamen Médico/Psicológico Especializado para Casos de Posible Tortura y/o Maltrato (Cámara de Diputados, 2003), basado en el Protocolo de Estambul.
  • La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y su Protocolo Facultativo

    La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y su Protocolo Facultativo
    Asimismo, bajo el mandato de Vicente Fox, México ratificó, el 11 de abril de 2005, la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y su Protocolo Facultativo (OPCAT), donde se adquirió el compromiso ineludible de prohibir y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en todo el territorio nacio-nal a través de un mecanismo de prevención de la tortura.
  • Period: to

    Felipe Calderón Hinojosa

    Bajo la presidencia de Felipe Calderón (2007-2012), se invitó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para fungir como líder del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en México, organismo que aceptó tal asignación. A esta acción le siguió una reforma al artículo 21 constitucional para conformar el Sistema Nacional de Seguridad Pública y la publicación de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
  • Reforma Constitucional en Materia de Justicia Penal

    Reforma Constitucional en Materia de Justicia Penal
    Con la reforma constitucional en materia de justicia penal (2008), el sistema penitenciario dio un giro importante, en el que se desarrollaron conceptos, en los años cincuenta carga moral, en los setenta a la de readaptación, en 2016 en reinserción social, es utilizado en 2020 y se encuentra basado en la participación de la sociedad, la familia y el sector privado, lo que derivó en que el tratamiento correctivo pasara al trato digno de las personas privadas de la libertad.
  • Reforma a la Constitución mexicana en materia de derechos humanos

    Reforma a la Constitución mexicana en materia de derechos humanos
    Bajo el mandato de Felipe Calderón (2011), se publicó la reforma a la Constitución mexicana en materia de derechos humanos la cual representa un parteaguas que incorpora el principio pro persona; asimismo, se modificaron, los artículos 17,18 19, 20 y 21, relacionados con el sistema penitenciario y el sistema de seguridad pública en aspectos como reinserción social, judicialización de la ejecución de sanciones, uso de la prisión preventiva y medidas alternativas al encarcelamiento.
  • Period: to

    Enrique Peña Nieto

    Otra etapa del penitenciarismo mexicano la constituye el periodo del presidente Enrique Peña Nieto (2012-2018). Él participó, a través de su secretario de Gobernación, en la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario.
  • Ley General de Víctimas

    Ley General de Víctimas
    El 9 de enero de 2013 se publicó la Ley General de Víctimas, que representa una respuesta concreta a la demanda, hoy universal, de visibilidad, dignificación y reconocimiento de derechos de las víctimas del delito y de violaciones de derechos humanos consagrados en ella, en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos.
  • Se reforma la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

    Se  reforma  la  Ley  General  del  Sistema  Nacional  de  Seguridad  Pública
    En 2016, aún bajo el mandato de Enrique Peña Nieto, se reforma la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el que se estableció que la Comisión Nacional de Seguridad Pública estaría integrada por los titulares de los órganos de prevención y de reinserción social de los tres órdenes de gobierno.
  • Ley Nacional de Ejecución Penal

    Ley Nacional de Ejecución Penal
    Se publica la nueva Ley Nacional de Ejecución Penal como respuesta a la problemática relacionada con la sobrepoblación, hacinamiento, falta de higiene, condiciones insalubres, autogobierno, así como a la falta de gobernabilidad al interior de los centros penitenciarios, aprobada en la XIV Sesión de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario sobre Protocolos para que, de manera obligatoria, sean implementados por las entidades federativas y la federación.
  • Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

    Ley  General  para  Prevenir,  Investigar  y  Sancionar los Delitos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o  Degradantes
    A partir de la reforma al artículo 73 de la Constitución, el Poder Ejecutivo trabajó en una Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. En ella se tipifica el delito de tortura como imprescriptible y prevé la responsabilidad jerárquica; y dispone que ninguna persona procesada o sentenciada por el delito de tortura podrá beneficiarse de inmunidades, indultos, amnistías o figuras análogas.
  • Period: to

    Andrés Manuel López Obrador

    Periodo actual del presidente Andrés Manuel López Obrador (2019-2024). Establece en el Plan Nacional de Desarrollo que es necesario recuperar el control de los penales de las mafias, combatir la corrupción de las autoridades carcelarias, establecer respeto a los derechos de los internos, implementar mecanismos de supervisión externa y dignificar las condiciones de alojamiento, salud y alimentación de los reclusos, y destaca que la reinserción social es posible.
  • Desincorporación del Complejo Islas Marías

    Desincorporación del Complejo Islas Marías
    El Presidente Andrés Manuel por decreto presidencial desincorporó el Complejo Islas Marías el 8 de marzo de 2019
  • Separación de los Centros Federales de Readaptación Social

    En 2020, el presidente Andrés Manuel, separó los Centros Federales de Readaptación Social núm. 2 de Jalisco, núm. 3 de Tamaulipas, núm. 6 de Tabasco y núm. 10 de Coahuila, despresurizando el hacinamiento por las medidas aplicadas por acuerdos preliberaciones y la aplicación de la Ley de Amnistía.
  • Ley de Amnistía

    Ley  de  Amnistía
    Bajo el mandato del presidente López Obrador, se crea la Ley de Amnistía, la cual se aplica desde el segundo trimestre de 2020 y cuyo objetivo es la despresurización de las cárceles, favoreciendo el no hacinamiento en los centros penitenciarios, o bien, la liberación de los internos por la imposibilidad económica para sostenerlos.