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El derecho es el conjunto de leyes, resoluciones, reglamentos creadas por un Estado.
Y las fuentes de derecho son los actos o eventos pasados que ayudan a la construcción, modificación o extinción de normas jurídicas (leyes) para controlar la disciplina humana en la sociedad. -
El derecho se divide en "Derecho publico", y "Derecho privado.
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El ordenamiento jurídico es el sistema de normas que rigen la organización legal de un determinado lugar y época. El ordenamiento jurídico puede variar según la ciudad, provincia o país, o de acuerdo al momento histórico en cuestión.
Está compuesto por la Constitución (la norma suprema de un
Estado), las leyes, los reglamentos, los tratados, las convenciones, las disposiciones y otras
regulaciones. -
Según el Código Civil y Comercial las “personas” son todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones.
Y la existencia de las personas humanas termina con su muerte, cuya comprobación de muerte queda sujeta a los estándares médicos aceptados, aplicándose la legislación especial en el caso de “ablación” de órganos del cadáver. -
Los atributos son todas aquellas propiedades o características propias de las personas, sean éstas físicas o jurídicas como titulares de derecho. Los atributos de las personas son el nombre, domicilio, patrimonio, capacidad y estado del mismo.
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El derecho de familia o también llamado (derecho familiar) es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia.
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La filiación es un derecho jurídico que existe entre dos personas donde una es descendiente de la otra, sea por un hecho natural o por un acto jurídico. Los tipos de filiación que existen son por adopción, por naturaleza o por técnicas de reproducción humana asistida tanto matrimonial como extramatrimonial
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La sucesión es la transmisión de los derechos activos y pasivos que componen la herencia de una persona muerta, a la persona sobreviviente, a la cual la ley o el testador llama para recibirla.
Y el testamento es el acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte. -
La declaratoria de herederos es el resultado de una sucesión que se obtiene en la etapa final de un proceso donde el juez dictamina quiénes son los herederos del causante. Una vez dictada la declaratoria de herederos, los sucesores adquieren derechos sobre la herencia y podrán disponer de los bienes y derechos que tenía el causante.
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Se le llama “hecho jurídico” al acontecimiento que, conforme al ordenamiento jurídico, produce el nacimiento, modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas, los cuales pueden ser naturales, voluntarios, mixtos, etc.