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En acuerdo con el modelo de las tres olas del feminismo estadounidense y europeo, un tipo temprano del feminismo se creció en España en el medio del siglo XIX, enfocándose en derechos legales y participación political. (fuente) Estas feministas luchaban por el poder political de la mujer por su moralidad y crianza - y al mismo tiempo oponían la prostitución por devaluar la femenina sagrada.
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En el año 1935 se prohibió la prostitución otra vez.
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El gobierno fascista de Francisco Franco literalmente solo reconocía las mujeres como amas de casa o prostitutas; por eso es difícil determinar cuantos prostitutas vivían en estas decadas. Muchos fascistas oponían la prostitución por mantener la papel de la mujer como reproductora y preservadora de la raza castellana. (fuente) Es interesante notar que la dictadura legalizó la prostitución otra vez en el año 1941.
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Político franquista Onesimo Redondo: "la coeducación como un capítulo de acción judía contra las naciones libres, un delito contra la salud del pueblo, que deben penar con sus cabezas los traidores responsables" (fuente)
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Se establecían cursos vocacionales para las mujeres en subjetos como crecer niños y mantener la casa, y tambien en trabajos fisicales como la pesca y la agricultura. (fuente)
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Esta organización católica promovía la igualdad de género en la educación y la obra. La ideología franquista solo había aprobado la educación por las mujeres cuando benefecía sus esposos y sus hijos; por muchos años antes había un conflicto en definir educación por lo "necesario" contra la educación de la que se percibía como vanidad intelectual.
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Después de una convención del ONU sobre el tráfico de personas, el Código Penal de España describía todas prostitutas como víctimas o peligros sociales, aunque trataba de castigar solo los traficantes.
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Por trés décadas antes la tasa había estancado a cerca de 70%. (fuente)
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El Código Penal de España solo criminaliza la explotación: "El que determine, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, a persona mayor de edad a ejercer la prostitución o a mantenerse en ella, será castigado con las penas de prisión de dos a cuatro años y multa de 12 a 24 meses. En la misma pena incurrirá el que se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma."
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