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Nueva organización de sociedad basada en los principios de libertad, igualdad y propiedad.
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Informe para proponer los medios de proceder al arreglo de los diversos ramos de instrucción pública. Defiende que la instrucción debe de ser igual, universal, uniforme, pública y libre.
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Trienio de 1820-23, pronunciamiento militar de Rafael de Riego. Se regula una nueva estructura educativa.
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Redacción en forma de ley de Informe Quintana.
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En 1823 se restablece el poder absoluto de Fernando VII, derogando el Reglamento General de Instrucción Pública.
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Comienza la Regencia de Mª Cristina.
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Desamortización, supresión de señorios y órdenes religiosas, secuarización de la enseñanza.
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Reguló los tres grados de enseñanza:
- Instrucción Primaria
- Instrucción Secundaria
- Instrucción Superior -
1845: Plan General de Estudios (Plan Pidal) se renuncia a una educación universal y gratuita en todos los grados. Se establecen las bases para un sistema educativo contemporáneo (Ley Moyano 1857)
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Regula los niveles educativos del sistema (Primera, Segunda y Nivel superior de enseñanzas).
Las características fundamentales son:
- Centralista en la instrucción
- Carácter ecléctico
- Consolidación enseñanza privada -
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Restaura la Monarquía Constitucional y trata unos principios de carácter más progresista: sufragio universal, declaración de los derechos del hombre y tolerancia religiosa.
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Este golpe puso fin a la Restauración.
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Nueva etapa en el sistema educativo español.
9 de Diciembre se aprueba la Constitución de la República Española: escuela única, gratuita y obligatoria. Regula el bilingüismo. -
Esto supuso que se revocaran muchos de los planteamientos educativos del anterior gobierno.
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Alzamiento militar que trajo consigo la Guerra Civil y puso fin a la República.
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Decisiva para la escolarización real de la población infantil, se establece un convenio para la construcción de escuelas.
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Contribuye a la normalización del sistema al incorporar a la Universidad las escuelas de ingenieros y arquitectos y abrirlas a un mayor número de alumnos.
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· Educación obligatoria de 6 a los 14 años. · Sistema único y no discriminatorio en todas las edades. · Enseñanza de calidad para todos. · Reconoce la función docente del Estado en la planificación de la enseñanza y en la provisión de puestos escolares. · Enseñanza privada en niveles no universitarios. · Sistema educativo poco selectivo. · Relación entre el sistema educativo y el mundo laboral. · Sistema educativo centralizado con uniformidad en la enseñanza.
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Primer intento normativo de ajustar los principios de la actividad educativa, la organización de los centros docentes y los derechos y deberes de los alumnos marcados por la Constitución. Ley derogada años más tarde.
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Se regulan los órganos de los centros docentes públicos como el Consejo Escolar y el Claustro de profesores.