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Empieza con Justiniano, quien regula la actividad notarial en la denominada "Reglamentación Justinianea del documento tabelionico"
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El Emperador de Oriente León VI, en la Constitución CXV Libro Perfecto, reglamenta la actuación del Notario y las cualidades de los aspirantes a notario.
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Los Juristas Glosadores de la Universidad de Boloña; Rolandino Passagger, Salatiel y Raniero de Perugia, por primera vez impartieron catedra sobre el "ARTE NOTARIAL".
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En España el Rey Alfonso X, El Sabio, recopila y legisla sus leyes para dedicarlas a la fe publica y a la actividad del escribano.
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Maximiliano de Austria dicta en la Ciudad de Colonia la Constitución Imperial sobre el Notariado.
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Estaban vigentes las Leyes Españolas, tales como el Fuero Real, Las Siete Partidas, La Recopilación de Leyes, La Novísima Recopilación y las Leyes de Indias.
A los notariados se les denominaba escribanos públicos. -
Existió mucha turbulencia en el notariado mexicano.
la primera fue por la Independencia y posteriormente con el establecimiento del Primer Imperio.
también las vigencias de nuevas constituciones, así como la intervención extranjera entre otras cosas. -
En Francia aparece la Ley del XXV Ventoso del año XI, realizada por Napoleón Bonaparte, considerada el Origen del Notariado Moderno.
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En esta época la legislación del notariado cambiaba continuamente al estatal o al federal.
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En la Constitución de 1824, se dictaron disposiciones aplicables a los escribanos.
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Decreto de la Secretaria de Justicia, se refiere a los requisitos para obtener titulo de escribano en el D.F
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Este decreto trata de la organización de los Juzgados del Ramo Civil y Criminal del D.F, donde el escribano trabajaba como secretario al mismo tiempo en ambas ramas.
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Con esta ley fundamental se estableció el centralismo como sistema de organización política. La legislación sobre escribanos se volvió de aplicación nacional.
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Se expidió la Ley para el Arreglo Provisional de la Administración de Justicia en los Tribunales y Juzgados del Fuero Común
En ella se establecía como forma de ingreso a la escribanía, presentar un examen en el Colegio de Escribanos y aprobado éste, presentar uno teórico- práctico celebrado ante el Tribunal Superior. -
Expedido el Reglamento para el Gobierno Interior de los Tribunales Superiores.
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Arancel expedido para el cobro de honorarios.
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Se expide Circular en donde se dicta medidas sobre la conservación y seguridad de los protocolos de los escribanos.
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Aquí se establecía que el oficio del escribano se podía adquirir por compra o herencia.
Se aprobaron las Bases Orgánicas de la Republica Mexicana. -
Decreto sobre la forma de regular y los impuestos que debían pagar los escribanos.
Decreto sobre los oficios públicos vendibles y renunciables y el oficio de hipotecas atendidos por los escribanos así como los requisitos que debe cumplir. -
Decreto sobre la necesidad de matricularse en el Colegio de escribanos de México para poder ejercer.
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Decreto donde dispone que los escribanos presenten a la Corte de Justicia un inventario de sus protocolos y da los lineamientos .
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Los escribanos deben de practicar por si mismos las diligencias de justicia.
Los escribanos continuaron integrados al Poder Judicial , requisitos del escribano . -
Decreto para imponer a los escribanos la obligación de avisar a las autoridades de los testamentos una vez muerto el testador.
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Entra en vigor decreto sobre la actividad de los escribanos.
Notarios -
Ley de desamortización de los Bienes Eclesiásticos, obliga a los notarios a la vigilancia y cumplimiento de esta ley .
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Fue aprobada la Constitución de 1857 que estableció el sistema federal como organización política.
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Ley Española de gran importancia para América Latina.
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Publicación de la Ley Orgánica del Notariado y del Oficio del Escribano
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Promulgación de la Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del D.F.
Separo la actuación del notario y el secretario del Juez. -
Se le da la categoría de funcionario publico al notario.
Ley que crea el Archivo General de Notarias. -
Ley del Notariado para el Distrito y Territorios Federales.
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Entra en vigor la Nueva Ley del Notariado para el Distrito Federal, donde se establece el examen de oposición como medio de acceso al notariado.
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Ley del Notariado para el Distrito Federal, ha sufrido modificaciones
El establecimiento del protocolo abierto, Regula al notario como licenciado en derecho y no como funcionario público, Se creó el "Libro de Registro de Cotejos" para simplificar la realización de actas de cotejos. -
Se modifico esta ley en cuanto a la definición de notario, pues se sustituye la terminología funcionario público por licenciado en derecho.
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Modificación de varios artículos de la Ley del Notariado para el Distrito Federal.
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Actual Ley del Notariado para el Distrito Federal.
Modificaciones más importantes, amplió la actividad del notario en la tramitación de las sucesiones intestamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria.