Evolución del derecho penitenciario en México

By poleetM
  • 1410

    Época prehispánica

    Época prehispánica
    En esta epoca no existian las carceles como las conocemos pero se sabe de dos lugares en dondelos delincuentes eran retenidos: el quauhcalco o lugar de los enjaulados y el teulpiloyan, donde se encontraban quienes eran acusados de cometer faltas civiles. Las penas iban desde confiscación, destierro, esclavitud, hasta la muerte.
  • 1519

    Leyes de Indias. ( época colonial,1519-1521, a 1810-1821 1782)

    Leyes de Indias. ( época colonial,1519-1521, a 1810-1821 1782)
    En México por primera vez se menciona la privación de la libertad como pena en las Leyes de Indias.
    Se integra por nueve libros, divididos convenientemente en Títulos
    -El título VII, con 28 leyes se denomina De los delitos y penas de aplicación. Busca que se trate bien a los presos; que los alcaides y carceleros no reciban dones en dineros, ni en especie. Se trata de prevenir la corrupción y proscribirla, y ordena un trato humano de los prisioneros
  • 1529

    La Real Cárcel de la Corte

    Fue costumbre de los conquistadores que entre las primeras construcciones que se hacían en los pueblos conquistados, se levantaba una prisión. Así fue que en 1529 se construyera la Real Cárcel de Corte de la Nueva España. Esa cárcel que se localizo en el Palacio Real, actualmente Palacio Nacional o sede del Gobierno Federal (en pleno zócalo o centro de la ciudad).
  • 1577

    Cárceles de la inquisición

    Cárceles de la inquisición
    El primer inquisidor fue Don Pedro Moya de Contreras, quien ocupo el cargo por 21 años, Sin embargo tiempo atrás ya existía un órgano encargado de las funciones propias del Santo Oficio en la Nueva España, mismo que se oficializo hasta 1577. Fue el instrumento mediante el cual los Obispos pudieron inquirir sobre el delito en contra de la fe y de las buenas costumbres.
  • La nueva España

    La nueva España
    En estas carceles siempre había un sacerdote, que se encargaba de oficiar misa los domingos y de administrar los sacramentos. Algunas, como la de Corte, tenía su enfermería; había un médico que, al menos una vez a la semana, atendía a los reos enfermos. El reo, además de estar encerrado, tenía a su cargo su propia manutención. "El gobierno novohispano no se hacía cargo de ellos. Si los familiares no les llevaban comida, tenían que sobrevivir de la caridad".
  • Cárcel de la acordada

    Cárcel de la acordada
    Debe su nombre al Tribunal de la acordada o también denominado Tribunal de la Santa Hermandad; comandada por un juez o Capitán y una serie de colaboradores cuya característica elemental era que funcionaba “por acuerdo ” de la Real Audiencia ”. Inició sus labores por el año de 1710 y funcionó hasta el año de 1812
  • Cárcel de la Ciudad o Cárcel de la Diputación (1527-1835)

    Cárcel de la Ciudad o Cárcel de la Diputación (1527-1835)
    Su construcción se inició en el año de 1527 y después de varias remodelaciones según lo explica Malo Camacho, cesó sus funciones el día 26 de Octubre de 1835 “quedando solo un local para el depósito de los detenidos ”. En el año de 1860 se destinó para albergar a infractores por faltas administrativas y prisión provisional para los reos, que posteriormente serían trasladados a la Cárcel de Belén.
  • Disposiciones penales en el México Independiente 1821 - 1854

    Disposiciones penales en el México Independiente 1821 - 1854
    En el México Independiente se aplicaban diversas disposiciones penales, como, de la novísima y nueva Recopilaciones, Las Siete Partidas e incluso, el remoto Fuero Juzgo.
  • Contenido penitenciario de la Constitución de 1857

    Contenido penitenciario de la Constitución de 1857
    Artículo 22. Quedan para siempre prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualquier otras penas inusitadas o trascendente. Artículo 23. Por lo que respecta a la abolición de la pena de muerte, ésta será hecha a condición de que el Poder Ejecutivo se encargue de establecer, en el menor tiempo posible, un régimen penitenciario.
  • Las prisiones en México durante el imperio de Maximiliano

    Las prisiones en México durante el imperio de Maximiliano
    Por esta época se creó la Comisión de Cárceles que tenía por función la de encargarse de los asuntos relacionados con las prisiones y fue a instancia de este grupo que cobró auge el trabajo de los presos, creándose talleres de acuerdo a las necesidades de época; considerándose necesario el trabajo como terapia.
  • Penitenciaría del Distrito Federal "Lecumberri"

    Penitenciaría del Distrito Federal "Lecumberri"
    Surge por la necesidad de la reforma del Código Penal de 1871,Se previó para 800 varones, 180 mujeres y 400 menores de 18 años. Contaba con 804 celdas, talleres, enfermería, cocina y panadería. Tenía un área de Gobierno, sección de Servicio médico y Salas de Espera. Las crujías tenían celdas para un solo preso con cama y servicio de sanitario.
  • El Congreso Constituyente de 1917, utiliza el concepto de "Regeneración"

    El Congreso Constituyente de 1917, utiliza el concepto de "Regeneración"
    En el Congreso Constituyente de 1917, el diputado José María Truchuelo sostuvo que las autoridades penitenciarias habrían de recabar informes para saber “si las condiciones en que se encuentran [los presos] indican que aquel individuo ha adquirido hábitos de moralidad [...] porque el moderno castigo de un individuo no consiste precisamente en extorsionarlo, sino simplemente en privarlo de su libertad para que se regenere y se eduque”
  • Primer tribunal de menores en México 1924

    Primer tribunal de menores en México 1924
    Se fundara el primer tribunal de menores en México
    1924
    Entra en vigor un nuevo reglamento. 28 de noviembre de 1929
    Este Reglamento establecía en su artículo 2° que, el Departamento Consultivo y de Justicia tendría entre sus atribuciones, la atención de los reos por delitos del fuero federal y del fuero común en el D. F., tramitación de indultos; amnistías; conmutación y reducción de penas y traslado de reos;
  • Expidio el Código Penal para el Distrito y Territorios Federales.

    Expidio el Código Penal para el Distrito y Territorios Federales.
    Emilio Portes Gil
    Expidio el Código Penal para el Distrito y Territorios Federales.
    Individualizó las sanciones para cada delincuente.
    Adoptó un sistema de sanciones para darles a los internos un tratamiento basado en el trabajo y seguimiento de sus efectos.
    Para ello se realizó una selección de delincuentes, alojarlos en establecimientos
    especiales y aplicarles el tratamiento diseñado, aunque la tarea no se realizó completamente.
  • México 1931

    México 1931
    Se trasformó al Consejo Supremo de Defensa en el departamento de Prevención Social, dependiendo de la Secretaría de Gobernación y del departamento del Distrito Federal.
    El 13 de Diciembre se promulgó el Código Penal en el D.F. y territorios federales en materia del fuero común y de toda la Repúlica en materia federal, se contempla un sistema de clasificación individualizada de la pena para el tratamiento de los internos, establecen las bases para el tratamiento técnico de los sentenciados.
  • Centro Penitenciario del Estado de México.

    Centro Penitenciario del Estado de México.
    El Centro Penitenciario del Estado de México se inauguró en 1966 y entró a funcionar el 1o. de enero de 1967.
    Se parte de la confianza en que el ser humano para su reivindicación requiere de educación, trabajo, capacitación para el mismo, autodisciplina para adquirir un sentido de responsabilidad social.
    Existe comunicación hacia los tribunales y viene a ser el precursor de los Centros Preventivos del Distrito Federal, así como la aplicación del Tratamiento Progresivo Técnico.
  • 1970-1976

    1970-1976
    El presidente e Luis Echeverría Álvarez envió al Congreso dla iniciativa de ley de Normas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
    1971 Se aprueba por el Congreso Federal, la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciadosque regula el tratamiento de readaptación social en base al trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, como lo indica el artículo 18 constitucional.
    1976 Se cierra Lecumberri y se inauguran 2 reclusorios.
  • Centro Femenil de Readaptación Social "Tepepan"

    Centro Femenil de Readaptación Social "Tepepan"
    El Centro Femenil de Readaptación Social "Tepepan" fue inaugurado el 11 de mayo de 1976 por el entonces Presidente de la República Lic. Luis Echeverría Álvarez, e inicialmente funcionó como Centro Médico de los Reclusorios, habiendo albergado además en sus instalaciones a población varonil y femenil psiquiátrica e inimputable
  • Centro Femenil de Readaptación Social

    En el mes de noviembre de 1982 se creó el Centro Femenil de Readaptación Social para albergar
    a la población proveniente de la Cárcel de Mujeres de Santa Martha Acatitla, que estaba
    constituida por población indiciada, procesada y ejecutoriada, desarrollando así su actividad hasta
    el año de 1987 en que la población indiciada y procesada fue trasladada al Reclusorio Preventivo
    Femenil Norte y Reclusorio Preventivo Femenil Sur.
  • Centro Federal de Readaptación Social No.1 “Altiplano”

    Centro Federal de Readaptación Social No.1 “Altiplano”
    Construido entre 1988 y 1990, en el periodo presidencial de Carlos Salinas de Gortari (a cuyo hermano, Raúl, paradójicamente, lo albergó) el Centro Federal de Readaptación Social No.1 “Altiplano” (CEFERESO) considerado penal de máxima seguridad y primero en su tipo, abrió sus puertas y recibió a sus primeros huéspedes, contando con una capacidad instalada de 724 espacios.
  • México 1991

    México 1991
    Prisiones Federales. Con la finalidad de modernización y de acuerdo al Reglamento emitido sobre los Centros Federales de Readaptación Social, publicado en el Diario Oficial el 30 de Agosto de 1991, se decidió la construcción de tres Prisiones de máxima seguridad que se ubicarían en los siguientes Estados: Almoloya de Juárez, Estado de México. Guadalajara, Jalisco. Matamoros, Tamaulipas.