Der

Evolución del Derecho Penal en México

  • Period: 2500 BCE to 1521

    Época precortesiana (prehispánica)

  • 1255

    Derecho de Castilla

    Derecho de Castilla
    Rigiendo supletoriamente en las colonias todo el derecho de
    Castilla, las fuentes en ambas eran comunes. Así tuvieron aplicación el Fuero Real (1255), las Partidas (1265), el Ordenamiento de Alcalá (1348), las Ordenanzas Reales de Castilla (1484), las Leyes de Toro (1505), la Nueva Recopilación (1567) y las Novísima Recopilación (1805). En cuanto a las Siete Partidas, de esencia predominantemente romana y canónica, es la Setenta, dedicada a la materia penal, aunque no en su totalidad.
  • 1321

    Código Penal de Netzahualcoyotl

    Código Penal de Netzahualcoyotl
    En nuestro país, históricamente se menciona el llamado “Código Penal de Netzahualcoyotl” mismo que se aplicó en el valle de Texcoco y de acuerdo con este texto, los jueces gozaban de amplia libertad para sancionar las conductas conceptualizadas como delitos, por lo que las penas podrían llegar a constituir la muerte misma del delincuente o la esclavitud, pasando por el catálogo del destierro, la suspensión o destitución del empleo, la prisión en cárcel o en el domicilio mismo.
  • 1321

    Penas del Código Penal Netzahualcóyotl

    Penas del Código Penal Netzahualcóyotl
    Destierro, penas infamantes, pérdida de la nobleza, suspensión y destitución de empleo, esclavitud, arresto, prisión, demolición de la casa del infractor, corporales, pecuniarias y la de muerte, siendo esta última aplicada como incineración en vida, decapitación, estrangulación, descuartizamiento, empalamiento, lapidación, garrote y machacamiento de la cabeza.
  • 1511

    Características Derecho Penal Maya

    Características Derecho Penal Maya
    La distinción entre delitos dolosos y delitos culposos.
    Procedimiento público.
    El perdón del ofendido.
    La existencia de la reparación del daño.
    Procedimiento sumario.
    Existencia del arbitrio judicial.
    Inexistencia de un recurso de impugnación de las sentencias y de las resoluciones de los jueces.
    La utilización de abogados o medianéros para la resolución de conflictos.
  • 1511

    Derecho Penal Maya

    Los batabs o caciques tenían a su cargo la función de juzgar y
    aplicaban como penas principales la muerte y la esclavitud; la
    primera se reservaba para los adúlteros, homicidas, incendiarios,
    raptores y corruptores de doncellas; la segunda para los ladrones. Siel autor del robo era un señor principal, se le labraba el rostro,
    desde la barba hasta la frente.
  • Period: 1521 to

    Época colonial

    Con la conquista, misma que se inicia entre 1519 y 1521 y se establece oficialmente el 8 de marzo de 1535 con el Virrey Antonio de Mendoza y Pacheco, y se concluye con la guerra de Independencia de 1810, se impusieron las instituciones jurídicas españolas, tales como las Leyes de Indias, las Leyes de Toro, y las reformas borbónicas de finales del siglo XVIII, con las que se permite el comercio.
  • “Sumarios de las cédulas, órdenes y provisiones Reales”

    “Sumarios de las cédulas, órdenes y provisiones Reales”
    Como complemento de las Leyes de Indias deben ser tenidos los
    “Sumarios de las cédulas, órdenes y provisiones Reales” que se han despachado por su Majestad para la Nueva España y otras partes,
    especialmente desde el año 1628 hasta el año de 1677
  • “Recopilación de las leyes de los Reynos de las Indias”

     “Recopilación de las leyes de los Reynos de las Indias”
    Diversas recopilaciones de leyes especialmente aplicables a las colonias, fueron formuladas, siendo la principal la “Recopilación de las leyes de los Reynos de las Indias”, del 1680; la más consultada por cuanto, sobre hallarse impresa, estaba dotada de fuerza de obligar. Pero las numerosas cédulas, instrucciones, ordenanzas, leyes de Cortes, etcétera, dictadas con anterioridad a 1680 o con posterioridad a esta fecha, revelan la abundantísima floración de la legislación colonial.
  • Recopilación de las leyes de los Reynos de las Indias

    Recopilación de las leyes de los Reynos de las Indias
    La referida Recopilación de las leyes de los Reynos de
    las Indias, constituyó el cuerpo principal de leyes de la Colonia, completado con los Autos Acordados, hasta Carlos III; a partir de este monarca, comenzó una legislación especial más sistematizada, que dio origen a las Ordenanzas de Intendentes y a las de Minería. La Recopilación se compone de IX libros divididos, integrados por un buen número de leyes.
  • “Ordenanzas para la dirección, régimen y gobierno del cuerpo de minería de la Nueva España y de su tribunal”

    “Ordenanzas para la dirección, régimen y gobierno del cuerpo de minería de la Nueva España y de su tribunal”
    Con algunos títulos de las materias que se añaden: y de los Autos acordados de su Real Audiencia. Atribuidas a don Joaquín Velázquez de León, las “Ordenanzas para la dirección, régimen y gobierno del cuerpo de minería de la Nueva España y de su tribunal”, promulgadas por el virreinato, contienen disposiciones penales especiales.
  • Guerra de Independencia

    Guerra de Independencia
    La guerra de Independencia, misma que inicia en 1810 y concluye en el año 1821, trae consigo el surgimiento de una nueva nación, del México Independiente, hasta antes de esta fecha diversas leyes estuvieron vigentes, tales como la Recopilación de Indias complementada con los Autos Acordados, las Ordenanzas de Minería, de Intendentes, de Tierras y Aguas y de Gremios, y como derecho supletorio la Novísima Recopilación, las Partidas y las Ordenanzas de Bilbao (1737).
  • Guerra de Independencia

    La guerra de Independencia 1810 - 1821, trae consigo el surgimiento de una nueva nación. En esta nueva nación fue necesario el trabajo legislativo, mismo que se enfocó primordialmente a la materialización de los sueños de la
    independencia, cristalizándose en Derecho Constitucional y
    Administrativo.
    Pocos temas eran relativos a los delitos y éstos fueron los referentes a la portación de armas, al uso de bebidas alcoholizadas, represión de la vagancia y de la mendicidad, y organización policial
  • Period: to

    Época independiente

  • Código Penal 1871

    Con anterioridad a 1869, en la capital se había ya integrado una comisión, en 1861, la que suspendió sus trabajos a virtud de la guerra de intervención francesa, volviéndose a integrar en 1868 con don Antonio Martínez de Castro, Manuel Zamacona, José María Lafragua y Eulalio Ma. Ortega, donde figuró como
    Secretario, Indalecio Sánchez Gavito, la cual culminó sus trabajos dando origen al Código Penal de 1871, conocido como Código Martínez de Castro.
  • Bases de Derecho Penal propio

    Bases de Derecho Penal propio
    Fueron los Constituyentes de 1857, con los legisladores de
    diciembre 4 de 1860 y diciembre 14 de 1864, los que sentaron las bases de nuestro Derecho Penal propio, al hacer sentir toda la urgencia de la tarea codificadora, calificada de ardua por el presidente Gómez Farías.
  • Código Penal de Veracruz

    Código Penal de Veracruz
    Frustrado el imperio de Maximiliano de Habsburgo, durante el cual el ministro Lares había proyectado un Código Penal para el imperio mexicano, que no llegó a ser promulgado; y restablecido el gobierno republicano en el territorio nacional, el estado de Veracruz fue el primero en el país. que a partir de entonces, llegó a poner en vigor sus códigos propios: Civil, Penal y de Procedimientos, el 5 de mayo de 1869.
  • Estructura de Código Penal de 1871

    Estructura de Código Penal de 1871
    Este ordenamiento constó de 1 152 artículos, además de los transitorios, ordenados en cuatro libros denominados: el primero; De los delitos, faltas, delincuentes y penas; el segundo, Responsabilidad civil en materia criminal; el tercero, De los delitos en particular; y el cuarto, De las faltas
  • Código de 1871 tiene marcada influencia del Código Penal español de 1870,

    Código de 1871 tiene marcada influencia del Código Penal español de 1870,
    Inspirado en las corrientes doctrinales de su época, pero con las innovaciones consistentes en la inclusión de las Medidas de seguridad, y la institución de la libertad preparatoria. Tomando, fundamentalmente, para la determinación de las penas, la proporcionalidad cualitativa y cuantitativa entre las mismas y el daño causado por el delito, procurando la divisibilidad de las penas y estableciendo igual graduación de ellas respecto de los participantes en el delito.
  • Sistema de clasificación Código Penal 1871

    Acogió el sistema de clasificación de delitos graves y leves, señaló las penas a unos y otros, y otorgó al juzgador un arbitrio limitado con un sistema de agravantes y atenuantes.
  • Period: to

    Época revolucionaria

  • Código Penal de 1929

    Código Penal de 1929
    Conocido como el Código Almaraz, el cual consta de 1 228 artículos, sin contar con transitorios, que se agrupan en tres libros precedidos de un título preliminar, los cuales se ocupan de: Principios Generales; Reglas sobre Responsabilidades y Sanciones (primero); De la Reparación del Daño (segundo), y De los Tipos Legales de los Delitos (tercero).
  • Aportaciones del Código penal de 1929

    Aportaciones del Código penal de 1929
    Aportó la responsabilidad social muy restringida (artículos 151, 171, 194 y 195), prisión con sistema celular (artículos 106 y 195), supresión de la pena de muerte, multa tasada en el sistema de “utilidad diaria” reparación del daño exigible de oficio por el Ministerio Público. Acoge igualmente los estados peligrosos y como
    atenuante de cuarta clase, la falta de “discernimiento” del sujeto para conocer la gravedad del delito, originada en su ignorancia y superstición.
  • Código Penal de 1931

    Código Penal de 1931
    El Código Penal de 1931 redujo considerablemente el casuismo de los anteriores ordenamientos, por contener en su origen sólo cuatrocientos artículos, en los que se recogieron algunas instituciones jurídicas importantes de corte positivista, como la reincidencia y la habitualidad, acudiendo al criterio de la peligrosidad para individualizar la pena.
  • Modificaciones Código Penal de 1931

    Modificaciones Código Penal de 1931
    El referido ordenamiento penal sufrió, a través de los años, múltiples modificaciones oriundas en las correspondientes reformas que trataron de mejorar sus textos adaptándolos a las nuevas tendencias de la materia, reformas entre las cuales destacan las de 1984, 1985, 1994.
  • Period: to

    México moderno

  • Código Penal de 1931 y modernización

    Código Penal de 1931 y modernización
    La tendencia de modernización de los textos penales dio nacimiento, apoyado en corrientes políticas, al Código Penal del Distrito Federal, promulgado y posteriormente publicado en la Gaceta Oficial del 16 de julio del año 2002, con vigencia a los 120 días de su publicación, según lo dispuesto en el artículo primero transitorio del decreto respectivo.