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Evolucion del derecho en México

  • Sistema jurídico Azteca
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    Sistema jurídico Azteca

    El sistema de justicia azteca era altamente complejo. Estaba diseñado para mantener el orden en la sociedad y mantener el respeto por las instituciones de gobierno. Las leyes giraban en torno a la tradición: eran heredadas de generación en generación y, con base en estas se creó un sistema intricado.
  • Period: 1535 to 1538

    La nueva españa

    Consumada la caída del imperio azteca a manos de Hernán Cortés y enfrentados los españoles a la inmensidad de sus nuevos dominios, en 1535 fue establecido el virreinato de Nueva España. Su territorio abarcó una gran extensión cuyo centro natural sería el valle de México.
  • Época independiente de México

    Época independiente de México

    La Independencia de México fue la consecuencia de un proceso político y social resuelto con las armas, que puso fin al dominio español en la mayor parte de los territorios de Nueva España. La pérdida de esta posesión tuvo una importancia decisiva para la monarquía ya que los ingresos mexicanos representaban el noventa por cien del total de los caudales americanos al final del periodo colonial
  • Period: to

    Época antigua

    Se caracteriza fundamentalmente con el surgimiento del federalismo en la Constitución de 1824. Con el artículo 135 de la Constitución de 1824 se crea la Suprema Corte de Justicia de la Nación que desde luego mantiene una revisión constitucional no muy definida pero prácticamente se entendió como una casación o nulidad de las resoluciones.
  • Segunda etapa

    Segunda etapa

    La segunda etapa es lo que nuestros historiadores han llamado "época moderna de México" podríamos pensar que ésta tiene su más amplio desarrollo a partir de la Constitución de 1857 en sus artículos 101 y 102.
  • Period: to

    Época del porfiriato

    La época del porfiriato se caracteriza por los extraordinarios votos de don Ignacio L. Vallarta en donde se quita el aspecto político como fundamentación para rechazar los juicios de amparo, es decir; no se examinan las condiciones ultra vires del ejercicio del poder, se reconoce el poder como un poderío fáctico y por consecuencia la procedencia del juicio de amparo en función de la necesidad de la defensa de la persona humana
  • Period: to

    México contemporáneo

    Esta tercera etapa se caracteriza porque a través de la Constitución de 1917 en los actuales artículos 103 y 107 constitucionales se pretendió primero vagamente una defensa de la Federación y con las reformas que hubo a las leyes reglamentarias del juicio de amparo se fueron adecuando los avances jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia.