Evolución del Derecho Castellano. Conjunto de normas, instituciones y principios filosófico- jurídicos que rigieron la sociedad del Reyno de Catilla desde sus orígenes hasta la consolidación del Estado Español.
By Ele Vlos
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Las bulas alejandrinas son cuatro y representan el derecho de conquistar y evangelizar América, según lo dictó el papado a los reyes de Castilla y León
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El final de la Edad Media coincide con la expulsión de los musulmanes de la península ibérica, así como con la llegada de Cristóbal Colón a lo que hoy es América. Para dar paso al Renacimiento español, se instaura el Tribunal del Santo Oficio en 1479. Asimismo, se comienza con la expulsión de judíos y musulmanes de la península
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Durante el Renacimiento se consolida el poder del reino de Castilla y sus reinos incorporados,dando lugar a un absolutismo que ocasionó desorden jurídico momentáneo, se dictaron cuerpos jurídicos que pretendían poner orden y unificar el derecho: Ordenanzas Reales de Castilla(1484) Leyes de Toro(1505)
Nueva Recopilación de Castilla(1567) Recopilación de Leyes de los Reynos de Indias(Código Carolino)(1680) Decretos de Nueva Planta(1711-1781) Novísima Recopilación de las Leyes de España(1806) -
Castilla se convierte en Reyno
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en la Edad Media se aplicó en la península ibérica el derecho de la reconquista. Gran parte de ese éste se impuso en territorios reconquistados, casi siempre con intención de unificar el derecho aplicado. Ciertamente, constatamos que durante esa época existieron ordenamientos, como el Fuero Viejo de Castilla (1065) (Pallares, 1904: 36), así como el ius commune, a partir de la integración del derecho canónico al derecho romano (siglo XII)
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Al migrar principalmente desde el norte de Europa, los celtas alcanzaron la península ibérica, encontrando a su llegada, asentamientos naturales de los iberos, con quienes convivieron y se mezclaron paulatinamente. Existían clases sociales: hombres libres y esclavos. Para impartir justicia recurrían a la indemnización, al desafío o combate y a la venganza. Las penas eran aplicadas por los jefes, incluida la capital. El derecho era consuetudinario, aunque existieron disposiciones escritas.
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Los visigodos permanecieron asentados en el actual territorio de España y reinaron desde el 415 al 711. En el año 711 se da la dominación musulmana de la península y con dicha conquista, los musulmanes permanecen en el territorio hasta 1492. Existía una dispersión normativa, el derecho no tenía un régimen común ya que los musulmanes permitieron a los habitantes de la península conservar sus costumbres y religión sin imponer las propias
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La evolución del derecho castellano es un fenómeno complejo, cuya comprensión requiere de contextualizar la migración de los diversos grupos humanos, tales como los celtas, iberos, fenicios, griegos, visigodos, bárbaros y romanos que llegaron al actual territorio de España, éstos introdujeron diversas normas, principios e instituciones jurídicas que incidieron en la consolidación del derecho castellano.
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Destacaron por la administración de sus colonias como un pequeño Estado, con un gobierno aristocrático integrado por un Consejo que resolvía las cuestiones de mayor importancia y tres magistrados, con facultades políticas, jurídicas y de hacienda pública. Organizaron una federación entre las ciudades para el intercambio comercial. Dicho pueblo, introdujo al actual territorio de España sus monedas, el alfabeto griego e industrias como vidrio y tintes de tela.
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Recesvinto es su principal compilador. Es la obra más importante del derecho visigodo. Recopila leyes de reyes visigodos anteriores a Recesvinto y cuenta con resoluciones tomadas de varios Concilios de Toledo, en los que interviene en su realización el rey Recaredo, mientras se convertía al catolicismo. Evoluciona en el Fuero Juzgo para conformar uno de los cuerpos jurídicos más importantes del derecho de Castilla
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Realizaron dos aportaciones significativas al derecho castellano: el pensamiento filosófico-político, contenidas en las obras de Platón y Aristóteles, y las instituciones jurídicas, entre las que destacan: Enfiteusis, Hipoteca, Deuda quirografaria, Anatocismo, Bienes parafernales, Anticresis, Pecuniario, Hiperrocha y Sinalagmático
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Ya para el siglo VI se introdujo en el actual territorio de España la codificación realizada por Flavio Pedro Justiniano, emperador de Oriente, quien, con la valiosa intervención de juristas como Triboniano, Constantino, Teófilo y Doroteo, desarrolló una labor ardua y minuciosa de recopilación y actualización, conocida como Corpus Iuris Civilis, integrado por las siguientes obras: Novellas, El Codex, Las Institutas, y El Digesto
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La incursión definitiva de los visigodos se realizó en el año 507 d. C. (después de la batalla de Vouillé). Los visigodos representaban minoría y eran predominantemente campesinos. La sociedad se encontraba estratificada en estamentos; los nobles fueron quienes primero se romanizaron. Bajo el reinado de Alarico II, se expidió en lo que hoy es Francia (Tolosa, 505 o 506 d. C.) la Lex romana wisigothorum o Breviario de Alarico. La aplicación de esta ley se extendió hasta la península ibérica
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Compila disposiciones de derecho romano posclásico de doble legislación, tanto de "leyes" como de "iura". La parte de "iura" consta del Liber Gai y la de "lege" se acompaña de la parte de Interpretatio (que contiene aclaraciones e interpretaciones de los redactores y resulta una fuente valiosísima para el conocimiento del derecho romano vulgar
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Aparentemente, bajo el reinado de Eurico, comenzaron a usarse leyes escritas. Contiene derecho predominantemente germánico y disposiciones de derecho romano, aprovechando edictos romanos vigentes a la caída del imperio
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Probablemente el derecho legal visigótico comenzó con leyes promulgadas por Teodorico I entre 419 y 451 y Teodorico II visigodo (493-526), trata principalmente sobre reparto de tierras
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El derecho de estos pueblos era consuetudinario e íntimamente ligado a la religión. La organización política se determinaba por medio de asambleas, en las que, incluso, llegaba a designarse el rey. Estas asambleas servían también para deliberar, a modo de tribunal, sobre casos de conflicto. El derecho penal era muy severo, se contemplaba la venganza, el wergeld y la pena capital
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En el año 132 a. C., Hispania quedó convertida en provincia romana. El gobierno de Roma en el actual territorio de España se personificaba en un procónsul o propretor nombrado por el Senado, el cual reunía amplias facultades militares, administrativas, civiles y penales
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Castilla era entidad autónoma del condado vasallo de León
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Documento suscrito el 17 de abril de 1492, por virtud del cual se dan mutuas concesiones entre la Corona de Castilla y Cristóbal Colón para efectuar el viaje de descubrimiento con el financiamiento de la Corona. Se estipulaba que las tierras descubiertas se incorporarían a la Corona de Castilla. Asimismo, se le otorgaban privilegios políticos y económicos a Cristóbal Colón.
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Es la Bula de donación por la cual otorgó a la Corona de Castilla la ruta exclusiva de Occidente y las tierras descubiertas y por descubrir, a cambio de su cristianización . Manifiesta excomunion a quien llegue a tierras descubiertas sin permiso expreso de la Corona de Castilla.
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Otorga a Castilla dos mismos derechos que a los reyes de Portugal. Manifiesta excomunión a quien llegue a tierras descubiertas sin permiso expreso de la Corona de Castilla
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Se denomina la Bula de partición , ya que divide entre Portugal y Castilla los territorios marítimos a partir de una línea imaginaria (alejandrina), trazada de norte a sur a 100 leguas al Occidente de las islas Azores y Cabo Verde Bulas alejandrinas
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Es la Bula de ampliación , porque concede a Castilla las tierras que se alcanzaran al este, sur y orste de las Indias, si no estaban ya en posesión de un gobierno cristiano