Neorromanismo

EVOLUCION DE LAS FAMILIAS JURIDICAS

  • 753 BCE

    fundacion de roma

    fundacion de roma
    Roma fue fundada por Rómulo, de ahí se registran 7 reyes (estos jugaban el papel de sumo sacerdote y la máxima autoridad judicial.)
  • 510 BCE

    sustitucion monarquia/republica

    sustitucion monarquia/republica
    El rey fue remplazado por 2 cónsules que se elegían cada año y que poseían el derecho de vetar las disposiciones de su colega. En esta época surgió la ley de las XVII tablas.
  • 1 CE

    sistema jurídico religioso

    sistema jurídico religioso
    Los sistemas religiosos son aquellos que tienen como fuente principal un libro que es revelado por un ser divino, y que la estructura de los estados que profesan dichas religiones esta en función de las costumbres religiosas.
    Debido a que cada religión se basa en un periodo de tiempo diferente, me fue difícil ubicar esto en un periodo fijo.
  • 527

    el corpus iuris civilis o cuerpo de derecho civil

    el corpus iuris civilis o cuerpo de derecho civil
    Es la más importante recopilación de derecho romano y el texto jurídico más influyente de la historia. Este código se compiló por orden del emperador bizantino Justiniano I.
  • 596

    Common law: antecedentes

    Common law: antecedentes
    inglaterra se convierte al cristianismo por obra de san agustin de canterbury, asi mismo, las leyes anglosajonas estaban escritas en su idioma y no en latin.
  • 600

    Common law: antecedentes

    Common law: antecedentes
    se redactan las leyes de Ethelbert, rey de kent, siendo el primer código escrito en cualquier lengua germánica, estableciendo un complejo sistema de multas.
  • Period: 1017 to 1035

    Common law: antecedentes

    se redactan en este periodo las leyes del rey danes canute, siendo mas elaborada y presentando al feudalismo con caracter territorial.
  • 1066

    Common law: antecedentes

    Common law: antecedentes
    inglaterra es conquistada por los normandos (conquistadores vikingos), dicha conquista da lugar a la instalacion del feudalismo.
  • Period: 1201 to 1301

    Common law: antecedentes

    Cortes de westminster
    Estas eran las Cortes Reales de Justicia, que llevaban ese nombre gracias al lugar donde se encontraban, donde eran ejercidos los litigios.
    Curia Regi
    El Rey resolvía controversias de caracter importante, no pertenecia a la justicia ordinaria
  • Period: 1401 to 1501

    Common law: antecedentes

    la dinastía de los Tudor extendió la prerrogativa real en la que el canciller juega un papel activo de jurista
  • Period: 1501 to

    escuelas de glosadores y postglosadores

    glosadores: Fueron los especialistas en derecho que se encargó del estudio del derecho romano clásico por medio de glosas, es decir, a comentar cada una de las palabras que venía en alguna definición.
  • Period: to

    Common law: antecedentes

    En este periodo de tiempo, la legislación inglesa se desarrolla considerablemente, ocurre una reforma sustantiva de modernización. Se transforma el procedimiento y abaracan al fondo del derecho. Se crea la Supreme Court of Judicature. Se unifican las cortes del common law y del Equity. Se abrogaron leyes que resultaban obsoletas y se crea una colección de jurisprudencia y legislación, llamada Law Reports
  • Common law: antecedentes

    Common law: antecedentes
    se redacta el libro domesday o doomsday, el cual inscribe todos los dominios y hogares de inglaterra.
  • sistema juridico socialista

    sistema juridico socialista
    Es de reciente surgimiento, pues en general se acepta el nacimiento de su tradición desde el triunfo Bolchevique en la revolución rusa de 1917. Es una familia independiente en virtud del propósito transformador y revolucionario otorgado al contenido de sus materiales. La constitución de 1936 de la Unión Soviética sirvió de modelo inspirador en las codificaciones formales de los siguientes países: Yugoslavia, Bulgaria, Rumania, Hungría y Polonia.
  • sistema juridico mixto/hibrido

    sistema juridico mixto/hibrido
    En realidad, ningún sistema jurídico moderno es “puro”; siempre contiene elementos de otros sistemas, de otras familias jurídicas; Se entiende por mixto o híbrido, el sistema jurídico positivo, en el cual coexisten en mayor o menor medida como derecho vigente, Instituciones o prácticas que provienen de dos o más familias jurídicas principales