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En Colombia la eutanasia está despenalizada desde 1997. Se puede aplicar, según los criterios de entonces, siempre y cuando sea una enfermedad terminal
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Solo hasta febrero del 2015 la Corte Constitucional publicó la Sentencia T-970 del 2014, en la que, además de fijar algunas pautas para hacer efectiva la eutanasia, ordenó la fijación de un protocolo con el que garantiza la realización del procedimiento en todas las entidades prestadoras de servicios de salud.
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La Corte Constitucional colombiana, en sede de revisión, decide en la Sentencia T-544 de 2017 la acción de tutela interpuesta por los padres de un niño menor de edad con discapacidad contra una EPS. El motivo de la tutela fue el silencio de la entidad ante la solicitud de los accionantes de permitir a su hijo el acceso al derecho a morir dignamente a través de la eutanasia activa.
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El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 825 de 2018, reglamenta el derecho a morir con dignidad de los niños, niñas y adolescentes, dando cumplimiento a la Sentencia T-544 de 2017 proferida por la Corte Constitucional.
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El 23 de julio que la Corte Institucional de Colombia logró que se ampliara el derecho a la muerte digna a pacientes con enfermedades no terminales
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El 23 de julio del 2021 se aprobo una ley en la cual se permitia una muerte digna a pacientes con enfermedades degenerativas, Martha Sepúlveda no esperó ni una semana, y de inmediato presentó la solicitud.
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El 6 de Agosto se acepto la solicitud de Martha Sepulveda.
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El 3 de Octubre Martha Sepulveda salio en televisión contando su historia y el proceso que iba a recibir para tener una muerte digna, sin embargo; a muchos no les gusto el hecho de ver a Martha tan feliz y sonriente, por lo que la clinica recibió una carta de una iglesia pidiendo una segunda valoración de su caso.
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Tras el reportaje, en el transcurso de la semana, la clínica llamó a la mujer para una nueva revisión con una neuróloga. La familia creyó que era un trámite más y asistió. Nunca les dijeron que estaban revaluando la decisión.
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El 8 de Octubre Martha recibió una carta en su domicilio, donde esta misma le confirmaba que su procedimiento había sido cancelado
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Martha Sepúlveda puso como fecha para su defunción el 31 de octubre, sin embargo, pensó que no debía esperar mucho tiempo y la cambió para el domingo 10 de octubre,
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Hasta la fecha no se ha indicado que se le otorgará su deseo de tener una muerte digna, sin embargo; Martha menciona que no pierde la esperenza y aún quiere seguir luchando por la eutanasia.