Etapas de creación, desarrollo y consolidación de nuestra constitución

  • Plan de Iguala

    Contiene el consenso de todos los sectores de la sociedad colonial que veían la independencia como necesaria e inevitable.
  • Tratados celebrados en la Villa de Córdoba

    Se reiteran los principios del Plan de Iguala y se prevé el nombramiento de una Junta Provisional Gubernativa que nombraría, a su vez, una Regencia y convocaría a Cortes (Congreso Constituyente) que elaboraría la primera Constitución del México Independiente.
  • CONSTITUCION DE 1824

    Acta Constitutiva de la Federación, desaparece el nombre de provincia para designar las partes integrantes del territorio, hablándose ya sea de Estados, Departamentos y Territorios; éste último término aparece por primera vez en este Código. se estructura siguiendo la sistemática de la Constitución de Cádiz y establece un Estado Federal conforme a los principios constitucionales norteamericanos, pero de ninguna manera como copia irracional de aquélla Constitución.
  • Las Siete Leyes Constitucionales de 1836

    No hacen referencia a la soberanía, lo cual es congruente con su carácter oligárquico; el derecho de voto queda condicionado a un ingreso mínimo o a requisitos de propiedad.
    Para ocupar los cargos que la Constitución prevé se requieren aún mayores condiciones económicas.
    Sistema de integración de los poderes: sólo la Cámara de Diputados y las Juntas Departamentales provienen de la elección, garantizada en favor de los conservadores por los requisitos de fortuna.
  • Proyectos de Reformas 1842

    Las Leyes Constitucionales se expresaron en una sublevación militar cuyos propósitos se recogieron en las “Bases de Tacubaya" Conforme a ellas se convocó un Congreso Constituyente que elaboró tres proyectos de Constitución En un movimiento militar inspirado por Santa Anna y ejecutado por Nicolás Bravo en Huejotzingo se desconoció al Congreso y se formó una Junta Nacional Legislativa, nombrada por el Presidente en turno, esta vez Nicolás Bravo.
  • CONSTITUCION DE 1843

    • Elaboración de Bases de la organización Política de la República Mexicana de 1843.
    • Designación de junta de “notables”.
    • Aumento del, control central del gobierno.
    • Inspiradas en Antonio López de Santa Anna, para fortalecer la Presidencia de la República
    • Continuación de la restricción de voto a la fortuna.
    • Recobrando vigencia la constitución de 1824.
  • Acta Constitutiva y de Reformas de 1847

    Se inició la discusión y con algunas modificaciones y adiciones que el propio Otero aceptó, se expidió el “Acta Constitutiva y de Reformas sancionada por el Congreso extraordinario Constituyente el 18 de mayo de 1847, jurada y proclamada el 21 del mismo mes y año”.
  • La dictadura de Santa Anna y la revolución de Ayutla

    Estalló una revolución liberal. Fue encabezada por el viejo insurgente Juan Álvarez al lado de Ignacio Comonfort y Florencio Villarreal, cuyos pronunciamientos políticos se plasmaron en un Plan llamado de Ayutla. Éste tenía como objetivos centrales derrocar la dictadura de Santa Anna, elegir a un presidente interino de la República y convocar a un Congreso Extraordinario que se ocupara exclusivamente de constituir la nación bajo la forma de república representativa popular.
  • CONSTITUCION DE 1857

    Reafirma decisiones políticas fundamentales de la Constitución Federal de 1824. Su originalidad reside, sobre todo, en la reforma de las relaciones Estado-Iglesia, así como en la construcción de un sistema de defensa de la Constitución, para evitar el caudillismo que caracterizó la vida pública mexicana de las primeras décadas de vida independiente.
  • LA INTERVENCIÓN FRANCESA Y EL SEGUNDO IMPERIO

    La causa formal de la intervención francesa en México y del establecimiento del Segundo Imperio fue la suspensión de pagos a Francia, España e Inglaterra.
  • LEYES DE REFORMA 1859 1860

    En éste delineó las medidas que consideraba indispensables “para poner un término definitivo a esta guerra sangrienta y fratricida”, así como para desarmar de una vez a esta clase (el clero) de los elementos que sirven de apoyo a su funesto dominio
  • Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos

    Decreta que entran al dominio de la nación todos los bienes que el clero secular y regular ha estado administrando con diversos títulos, sea cual fuere la clase de predios, derechos y acciones en que consistan, el nombre y aplicación que hayan tenido, y declara perfecta independencia entre los negocios del Estado y los negocios puramente eclesiásticos. El gobierno se limitará a proteger con su autoridad el culto público de la religión católica, así como el de cualquiera otra
  • Ley de Matrimonio Civil, del 23 de julio de 1859

    El artículo 1 de esta Ley declara que “El matrimonio es un contrato civil que se contrae lícita y válidamente ante la autoridad civil. Para su validez bastará que los contrayentes, previas las formalidades que establece esta ley, se presenten ante aquélla y expresen libremente la voluntad que tienen de unirse en matrimonio.”
  • Ley Orgánica del Registro Civil o Ley sobre el Estado Civil de las Personas

    Se establecen en toda la República funcionarios que se llamarán Jueces del estado civil y que tendrán a su cargo la averiguación y modo de hacer constar el estado civil de todos los mexicanos y extranjeros residentes en el territorio nacional por cuanto concierne a su nacimiento, adopción, arrogación, reconocimiento, matrimonio y fallecimiento
  • Ley sobre Libertad de Cultos

    Las leyes protegen el ejercicio del culto católico y de los demás que se establezcan en el país, como la expresión y efecto de la libertad religiosa, que siendo un derecho natural del hombre, no tiene ni puede tener más límites que el derecho de terceros y las exigencias del orden público
  • FIN DEL IMPERIO

    Maximiliano nunca logró vencer la resistencia del gobierno legítimo de Juárez, ni el retiro posterior del invasor amenazado en Europa por el creciente poderío prusiano y el inesperado final de la guerra civil norteamericana con el triunfo de la Unión y no de la prevista secesión en dos repúblicas
  • El Estatuto Provisional del Imperio Mexicano

    El Estatuto señalaba que la Soberanía nacional radicaba en el emperador y éste la ejercía en todos sus ramos a través de las autoridades designadas y de los funcionarios públicos, mientras no se decretase otra cosa en la organización definitiva del Imperio.
  • Las Leyes de Reforma a la Constitución

    A) El Estado y la Iglesia son independientes entre sí. El Congreso no puede dictar leyes estableciendo o prohibiendo religión alguna.
    B) El matrimonio es un contrato civil.
    C) Ninguna institución religiosa puede adquirir bienes
    D) La simple promesa de decir la verdad y de cumplir las obligaciones que se contraen sustituirá al juramento religioso con sus efectos y penas.
    E). Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento.
  • LEY DEL CONGRESO

    El Senado fue restaurado y se otorgó al presidente la facultad de veto sobre los proyectos de ley del Congreso, con el propósito de configurar un sistema presidencial equilibrado.
  • EL PORFIRIATO

    De los diecisiete decretos de reforma a la Constitución publicados durante los casi veintisiete años de su segundo periodo, cabe recordar las reformas que permitieron a Díaz perpetuarse en el poder y definir los términos de la sucesión presidencial: La reforma del 21 de octubre de 1887, La reforma del 20 de diciembre de 1890 , La reforma del 6 de mayo de 1904
  • LA REVOLUCIÓN MADERISTA

    Francisco I. Madero fue el líder de la oposición al régimen autoritario del general Porfirio Díaz. Demandaba el establecimiento de una auténtica democracia en México, con sustento en la Constitución de 1857.
  • CONSTITUCIÓN DE 1917

    Reforma a la Constitución de 1857, Venustiano Carranza había aceptado la presidencia provisional, convocando a reformular la Carta Magna el 1 de diciembre de 1916 a través del Plan de Guadalupe, desconociö a Victoriano Huerta como presidente y convocó a la formación de un Ejército Constitucionalista. El 22 de octubre de 1916 celebraron las elecciones para diputados al Congreso Constituyente, el cual se dedicó a elaborar la actual Constitución en el estado de Querétaro, la Constitución de 1917.