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La Constitución fue promulgada el 4 de octubre de 1824. Planteada como un pacto entre los estados, dividía la República en 19 estados y cinco territorios. Cada estado elegiría su gobierno y su congreso. El gobierno se compondría de tres poderes: ejecutivo, legislativo –senadores y diputados- y judicial.
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Las Siete Leyes” fueron proclamadas en 1836. La primera ley hablaba sobre ciudadanía y derechos, la segunda del Supremo Poder Conservador; en la ley número tres se indagó sobre el poder legislativo, la cuatro correspondió al ejecutivo y la quinta al judicial
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La Constitución de 1843 está dividida en once títulos, subdivididos por rubros que contienen artículos. El título I está dedicado a precisar la forma de gobierno de la nación mexicana, que sería: república, representativa, popular; el territorio y la religión de la misma.
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En ellas se establecía el federalismo, la abolición de la esclavitud, la defensa de las ideas, y la religión católica dejaba de ser oficial para abrir el panorama a la libertad de credos.
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Las Leyes de Reforma fueron un conjunto de normas promulgadas después de la Revolución de Ayutla con el fin de separar a la Iglesia del Estado. Las Leyes de Reforma se dictaminaron del 12 de julio al 11 de agosto de 1859. Se trataba de una serie de normas proclamadas después del triunfo de la Revolución de Ayutla.
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La Constitución de 1917 reconoce las libertades de culto, expresión y asociación, la enseñanza laica y gratuita y la jornada de trabajo máxima de 8 horas. Nuestra Carta Magna está compuesta por 136 artículos y 19 artículos transitorios contenidos en nueve títulos: I. De las garantías individuales