EL PROCESO DESAMORTIZADOR

  • REAL PROVISIÓN DEL CONDE DE ARANDA

    REAL PROVISIÓN DEL CONDE DE ARANDA
    Permitió el arrendamiento de tierras de propiedad municipal a los vecinos más necesitados, no ofreció grandes resultados, además al tratarse de alquileres no podía considerarse una verdadera desamortización.
    Adjunto imagen de Pedro Pablo Abarca de Bolea (Conde de Aranda)
  • REFORMAS DE OLAVIDE

    REFORMAS DE OLAVIDE
    Estas reformas que no pueden ser catalogadas como desamortizadoras como tal, ponían en el mercado tierras procedentes sobre todo de las propiedades confiscadas a la compañía de Jesús tras su expulsión.
    Adjunto imagen del impulsor de estas reformas, el intendente Pablo Olavide.
  • MEMORIAL AJUSTADO

    MEMORIAL AJUSTADO
    En palabras textuales del memorial:
    "en que solicitan que mediante el derecho eminente, que hay en la Corona, para reintegrarse en los bienes, y efectos que salieron del Patrimonial Real, por ventas temporales, o perpetuas, restituido el precio primitivo de ellas; S. M. sea servido de cerrar la puerta de todo pleito en esta materia, expidiendo su Real Decreto á este fin, y en la forma que expresa la minuta que presentaron."
    Este memorial es obra de Campomanes del que adjunto imagen.
  • INFORME RESERVADO

    INFORME RESERVADO
    En el Floridablanca denunciaba los perjuicios de la amortización, fragmento de dicho informe:
    El menos inconveniente, aunque no sea pequeño, es el de que tales bienes [amortizados] se sustraigan a los tributos; pues hay otros dos mayores, que son recargar a los demás vasallos y quedar los bienes amortizados expuestos a deteriorarse y perderse luego que los poseedores no puedan cultivarlos o sean desaplicados o pobres, como se experimenta y ve con dolor en todas partes.
    Imagen de Floridablanca.
  • INFORME SOBRE LA LEY AGRARIA

    INFORME SOBRE LA LEY AGRARIA
    En el declara que la liberación de baldíos y tierras concejiles es un bien en sí mismo, pues al dejar de estar tales tierras amortizadas, pasan a depender del interés individual y pueden ser inmediatamente puestas en cultivo. Las ideas de Jovellanos influirán notablemente en los liberales que pusieron en marcha las desamortizaciones del siglo XIX gracias a la enorme difusión que tuvo dicho informe.
    Adjunto imagen de Jovellanos.
  • DESAMORTIZACIÓN DE GODOY

    DESAMORTIZACIÓN DE GODOY
    Es la primera desamortización como tal en la historia de España y se inició cuando se promulgaron tres reales órdenes.
    Se trataba de sanear las cuentas gracias a los bienes de los Colegios Mayores, de los jesuitas y de las instituciones benéficas de la Iglesia.
    Aunque sea llamada Desamortización de Godoy el verdadero encargado de ejecutarla fue Mariano Luis de Urquijo.
    Fue aplicada durante 10 años hasta que fue paralizada por Fernando VII (1808).
    Imagen de Urquijo.
  • DECRETO DEL 8 DE AGOSTO DE 1809

    DECRETO DEL 8 DE AGOSTO DE 1809
    Fue Firmado por José Bonaparte y abolía todas las órdenes religiosas masculinas.
    Adjunto imagen del monarca citado, conocido vulgarmente como "Pepe botella".
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    CORTES DE CÁDIZ

    Las cortes de Cádiz suponen una etapa en la que se impulsan muchas medidas desamortizadoras, con la vuelta de Fernando VII se paralizan los avances desamortizadores de las cortes de Cádiz.
  • LEY QUE ABOLE LOS DERECHOS JURISDICCIONALES

    LEY QUE ABOLE LOS DERECHOS JURISDICCIONALES
    Decreto del 6 de agosto de 1811 de las Cortes de Cádiz.
    El decreto abolía los señoríos convirtiéndolos en simple propiedad privada, así como el vasallaje y las prestaciones personales al señor (sernas y otros derechos feudales). Es decir, se respetaban los señoríos territoriales o de simple dominio particular.
  • LEY DEL 17 DE JUNIO DE 1812

    Ley por la que se incorporan al estado los bienes de las órdenes religiosas disueltas por el invasor
  • CERRAMIENTO DE FINCAS

    El Decreto de 1813 declaró: «desde ahora, cerradas o acotadas perpetuamente todas las dehesas, heredades y demás tierras de cualquiera clase pertenecientes a dominio particular» y que «sus dueños podrán cercarlas, sin perjuicio de las cañadas, abrevaderos, caminos, travesías y demás servidumbres...»(7).
  • INCAUTACIONES DE CANGA ARGÜELLES

    INCAUTACIONES DE CANGA ARGÜELLES
    Se trató de un decreto para la venta en subasta pública de los bienes confiscados a conventos y suprimidos durante Guerra de la Independencia, La compañía de Jesús, la inquisición o las órdenes militares, sumándose además otros requisados a los afrancesados o parte de los baldíos municipales.
    Adjunto imagen de José Canga Argüelles.
  • DECRETOS DE VALENCIA

    DECRETOS DE VALENCIA
    Se trata de un documento histórico, fechado el 4 de mayo de 1814, de carácter político y público, por el que el rey Fernando VII da a conocer a la opinión pública su intención de volver al absolutismo.
    De manera que las medidas desamortizadoras anteriores como las incautaciones de Canga Argüelles quedarán paralizadas.
    Adjunto imagen de Fernando VII "El deseado" que promulgaba este decreto tras su vuelta a la corona.
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    TRIENIO LIBERAL

    Este trienio se inicia el 1 de enero de 1820 con la sublevación militar de Rafael del Riego para restablecer la Constitución de 1812 y termina el 1 de octubre de 1823, cuando un decreto del rey anula la Constitución y la legislación del Trienio.
    En esta etapa se encuentran algunos importantes precedentes de las desamortizaciones isabelinas recogidos en decretos aprobados en Octubre de 1820 pero la restauración del absolutismo en 1823 supuso la paralización de estas confiscaciones y ventas.
  • LEY DEL 25 DE OCTUBRE DE 1820

    Por esta ley promulgada el 25 de octubre de 1820 se incorporan al estado los bienes de los monasterios y conventos disueltos por las cortes.
  • LEY DE DESVINCULACIÓN

    La ley de 11 de diciembre de 1820, llamada de Desvinculación, suprimió totalmente los mayorazgos y vinculaciones, abriendo la puerta para que los nobles vendieran sus tierras, lo que, lógicamente, afectó a la nobleza con menos recursos.
  • DECRETO DEL 29 DE JUNIO DE 1822

    Por este decreto se convierten en propiedad particular los baldíos y realengos.
  • MUERTE DE FERNANDO VII

    MUERTE DE FERNANDO VII
    La muerte de Fernando VII es importante para el proceso desamortizador ya que María Cristina desde su regencia se tendrá que apoyar en los liberales para hacer frente a la inminente guerra carlista. Lo que supondrá un aumento y mayor desarrollo de las medidas desamortizadoras.
    Adjunto una ilustración de una escena que representa la muerte del monarca.
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    REGENCIA DE MARIA CRISTINA (1833-1840)

    Inicia con la muerte de su marido Fernando VII reinando como regente en nombre de Isabel II y termina con su marcha al exilio tras la revolución de 1840 el 17 de octubre.
    Esta se tuvo que apoyar en los liberales para afrontar la primera guerra carlista lo que hizo que durante su regencia se den importantes medidas desamortizadoras.
  • REAL ORDEN DE EXCLAUTRACIÓN ECLESIÁSTICA

    REAL ORDEN DE EXCLAUTRACIÓN ECLESIÁSTICA
    Fue promulgada por el gobierno del conde de Toreno.
    Por esta real orden se suprimían todos los conventos en los que no hubiera al menos doce religiosos profesos.
    Adjunto imagen del conde de Toreno.
  • MENDIZABAL ASUME LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

    MENDIZABAL ASUME LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
    Tras la dimisión del conde de Toreno, Mendizábal pasó a ser presidente del Consejo de Ministros, lo que supone que el principal promotor de la desamortización ocupe un puesto importantísimo.
    Adjunto imagen de Juan Álvarez Mendizábal.
  • DECRETO DE 11 DE OCTUBRE DE 1835

    DECRETO DE 11 DE OCTUBRE DE 1835
    En este documento se decretó la supresión de todos los monasterios de órdenes monacales y militares.
    Adjunto imagen de su publicación en la Gaceta de Madrid el día 14 de Octubre de 1835.
    Publicada en BOE núm. 292, de 14 de octubre de 1835, página 1157.
  • LA DESAMORTIZACIÓN DE MENDIZABAL

    LA DESAMORTIZACIÓN DE MENDIZABAL
    Junto con la de Pascual Madoz constituyen las dos desamortizaciones liberales más importantes.
    Esta fue especialmente relevante, por su volumen y por la rapidez en que se realizó y supuso un plan de generación de recursos de cara a la guerra civil.
    La desamortización mendizabalista continuó aplicándose incluso durante la regencia de Espartero, aunque con el acceso al trono de Isabel segunda los gobernantes moderados la detuvieron.
    Adjunto imagen de Juan Álvarez de Mendizábal.
  • DECRETO DE 19 DE FEBRERO DE 1836

    DECRETO DE 19 DE FEBRERO DE 1836
    Por este decreto "para la enagenación de bienes nacionales" se ponían en subasta pública las tierras pertenecientes al clero regular. En él se explicitan las condiciones de venta y pago de los lotes adquiridos.
    Estos lotes de tierras fueron adquiridos por nobles y burgueses adinerados.
  • LEY DE DESVINCULACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA NOBLEZA

    Esta ley promulgada en 1837 permitía el reparto o venta de las tierras al desligar las mismas de sus propietarios.
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    REGENCIA DE ESPARTERO

    La regencia de espartero comienza cuando la reina regente marcha al exilio el 17 de Octubre de 1840 y termina en octubre de 1843 tras la consecución de un movimiento militar en contra de espartero y el adelanto de la mayoría de edad de Isabel II.
    En cuanto a la desamortización en esta etapa se trato de extenderla al clero secular.
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    LA DÉCADA MODERADA (1844-1854)

    Comenzó cuando tras la el acceso al trono de Isabel II, el líder del Partido Moderado, Narváez, asumió la Presidencia del Gobierno el 4 de mayo de 1844, y terminó cuando el pronunciamiento de "La Vicalvarada" dio paso al bienio progresista.
    Durante esta etapa los moderados tomaron medidas que detendrían el proceso desamortizador, intentando un acercamiento a la iglesia católica, hasta que el 21 de julio de 1854 comienza el bienio progresista donde se reanudan las políticas desamortizadoras.
  • LEY DE DONACIÓN DE CULTO Y CLERO

    Esta ley restituía a la iglesia católica en los bienes desamortizados y no vendidos.
    Es otra prueba del acercamiento que hicieron los moderados hacia la iglesia católica, frenando el proceso de desamortización.
  • CONCORDATO DE BRAVO MURILLO

    CONCORDATO DE BRAVO MURILLO
    Acuerdo firmado en el año 1851, entre el Reino de España y la Santa Sede. Juan Bravo Murillo, fue el encargado de firmar el documento con el papa Pío IX.
    Este acuerdo otorgaba a la Iglesia el privilegio de la fiscalización de la Enseñanza, la jurisdicción propia sobre sus miembros, la capacidad de censura y el derecho a adquirir y poseer bienes que ya no serían objeto de desamortización. A cambio, la Iglesia se comprometía a reconocer como reina a Isabel II.
    Adjunto imagen de Juan Bravo Murillo.
  • Period: to

    EL BIENIO PROGRESISTA

    Esta etapa es muy importante para el desarrollo del proceso desamortizador ya que en ella se lleva a cabo una de las desamortizaciones más importantes de la historia de nuestro país, la de Pascual Madoz que impulsó desde su cargo como ministro de hacienda.
  • DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ

    DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ
    La desamortización de Pascual Madoz que impulsó desde su cargo como ministro continuaba con las medidas anteriores, incluyendo también la desamortización de las propiedades civiles (venta de los propios y comunes municipales), sus consecuencias fueron parecidas a la de Mendizábal con el agravante de que ahora los campesinos se veían privados del uso colectivo de los bienes municipales.
    Adjunto imagen de Pascual Madoz.
  • SE PUBLICA EN LA GACETA DE MADRID LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ

    SE PUBLICA EN LA GACETA DE MADRID LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ
    El jueves tres de mayo del año 1855, se publicaba en La Gaceta de Madrid las nuevas reformas desamortizadoras.
    Adjunto imagen de dicha edición de la Gaceta de Madrid.
  • SE PUBLICAN LAS INSTRUCCIONES PARA REALIZAR LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ

    SE PUBLICAN LAS INSTRUCCIONES PARA REALIZAR LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ
    Tras la publicación de las nuevas medidas desamortizadoras se publica el 3 de junio de 1855 y las Instrucciones para realizar dichas reformas.
    Imagen de dicho documento.
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    SUSPENSIÓN DE LA LEY DESAMORTIZADORA

    En este periodo de tiempo la ley desamortizadora de Pascual Madoz quedó suspendida, reanudándose el 2 de octubre de 1858 hasta su derogación en 1924
  • VENTAS HASTA 1867

    En 1867 se habían vendido en total 198 523 fincas rústicas y 27 442 urbanas.
  • INGRESOS DESDE 1855 HASTA 1895

    INGRESOS DESDE 1855 HASTA 1895
    Desde el inicio de la desamortización de Madoz hasta 1895 el estado ingresó 7 856 000 000 de reales casi el doble de lo obtenido con la desamortización de Mendizábal. Este dinero se dedicó fundamentalmente a cubrir el déficit del presupuesto del Estado, amortización de deuda pública y obras públicas.
    Adjunto imagen de un real, moneda de curso legal en la España de la época.
  • DEROGACIÓN DE LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ

    DEROGACIÓN DE LA DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ
    El Estatuto Municipal de José Calvo Sotelo de 1924 derogó definitivamente las leyes sobre desamortización de los bienes de los pueblos y con ello la desamortización de Madoz.
    Adjunto imagen de Calvo Sotelo.