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Se creó la Dirección de Auditoria Fiscal Federal y se estableció el registro de contadores públicos para dictaminar estados financieros para efectos fiscales.
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entraron en vigor las disposiciones del artículo 32-A del CFF que establecen la obligatoriedad de dictaminar fiscalmente sus estados financieros, a los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los supuestos previstos en dicho artículo (Estas disposiciones tuvieron efecto a partir de los estados financieros del ejercicio de 1990).
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Decreto que autorizaba la presentación del dictamen fiscal en dispositivo magnético. A partir de 1992, esta opción se vuelve obligatoria.
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Durante los ejercicios de 1992 a 1996, el dictamen se elaboró en hojas electrónicas de cálculo.
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La presentación del dictamen se hizo en forma manual, mediante la entrega de un disquete y un cuadernillo impreso, con la opinión fiscal del contribuyente firmada por el Contador Público Registrado (CPR).
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Para el 29 de junio de 1992, se publicaron las reglas generales de integración y presentación en "Disco magnético flexible" de la información de los dictámenes fiscales.
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Se dieron a conocer en el DOF diversas reformas fiscales relacionadas con el dictamen fiscal, cuya vigencia es a partir del 1 de enero de 1996, relacionadas con: i) el dictamen relativo a los estados financieros, ii) los discos magnéticos y iii) los demás documentos deberán presentarse dentro de los siete meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal de que se trate.