
El derecho de acceso a la información y la transparencia en México.
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El derecho de acceso a la información pública (DAI) se deriva de las reformas al artículo 6° constitucional, relativas al derecho a la información que se promulgaron en 1977 y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó, casi cuatro lustros después, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos.
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A partir de la transición a la democracia en el año 2000, fue que se han implementado diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, que rinda cuentas.
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A partir de 2002 se implementaron las políticas de transparencia a fin de ayudar a reducir las asimetrías de información que causan ineficiencias al interior de las organizaciones gubernamentales. El primer paso hacia dichas políticas, fue la instalación del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI)
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Un seminario convocado en la Ciudad de Oaxaca, donde medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información, derivó en la llamada Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación de la LFTAIP.
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Los primeros estados que promulgaron leyes de acceso a la información. De hecho, Jalisco y Sinaloa lo hicieron antes que el gobierno federal. Posteriormente, entre 2003 y 2006, veinte entidades promulgaron leyes en materia de transparencia, y el resto tardó más de 5 años en hacerlo.
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El recorrido por la independencia de la política de transparencia comenzó en 2004 cuando se conformó la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP), a partir de su formación, se abrió la puerta a la coordinación entre los organismos locales y federales, así fue que el IFAI asesoraría a los estados para la creación de sus leyes y de sistemas, sería un medio de apoyo institucional gratuito en favor de los órganos garantes del país, iniciando así su construcción.
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Dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaron la Declaración de Guadalajara, promoverían una reforma constitucional en materia de transparencia. Un año después, entregaron al Legislativo Federal una iniciativa de reforma constitucional presentada por los ocho partidos políticos representados en el Congreso.
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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI
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Se hicieron reformas al artículo 6° constitucional, las cuales garantizaron el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
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Se publicó en el DOF otra reforma al artículo 6° constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en materia que garantizarla, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México.
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Se promulgó la LGTAIP con la finalidad de ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto. Con esto se sentaron las bases para la construcción de una nueva relación entre los órdenes de gobierno y el impulso de un federalismo eficiente y eficaz, que permita diseñar, desarrollar y ejecutar políticas públicas en transparencia y acceso a la información.