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El derecho de acceso a la información (DAI) es la garantía jurídica de obtener la publicidad de los actos públicos. Es un derecho consagrado en la Carta Magna y es un derecho civil, es decir, de primera generación.
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El DAI se deriva de las reformas al artículo 6º constitucional, relativas al derecho a la información, que se promulgaron en 1977 y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó, casi cuatro lustros después, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos (Merino, 2006).
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Expone el comportamiento y las decisiones públicas, lo que debería generar una contención de la conducta. Se supone, entonces, que la transparencia es un elemento primordial de la contención del comportamiento público. (Ferreiro 1999).
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La transición a la democracia, que se han implementado diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, que rinda cuentas.
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Como una medida de consolidación de la democracia, se vivió en el país un impulso por la transparencia y el acceso a la información.
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Los esfuerzos por implementar una agenda de gobierno electrónico se intensificaron en 2001 con el programa e-México de la administración de Vicente Fox y continúan hasta hoy con la Estrategia Digital Nacional del Gobierno Federal. México ha tenido un compromiso duradero con el uso de las TIC para apoyar las reformas en el sector público y fomentar la buena gobernanza mediante la mejora de la transparencia, la calidad y la eficiencia del gobierno (AP, 2015).
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Se implementaron las políticas de transparencia a fin de ayudar a reducir las asimetrías de información que causan muchos de los problemas e ineficiencias al interior de las organizaciones gubernamentales
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la Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP).
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Componentes fundamentales:
1) El reconocimiento de que los ciudadanos pueden solicitar información al gobierno federal y que éstos deben entregarla, es decir, el reconocimiento legal del DAI.
2) La construcción de un complejo entramado de instituciones y de procesos para implementar dicho derecho (DM, 2014). -
Los primeros estados fueron: Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro. De hecho, Jalisco y Sinaloa lo hicieron antes que el gobierno federal. Posteriormente, entre 2003 y 2006, veinte entidades promulgaron leyes en materia de transparencia y, el resto, tardó más de 5 años en hacerlo (DM, 2014).
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La Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFAIPG) implementó a nivel normativo e institucional el DAI, con la creación el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental (IFAI) y la obligación de ciertas instituciones (sujetos obligados) a dar acceso a la información de forma pasiva y de forma proactiva –es decir, mediante solicitudes de acceso a la información, pero también a través de la publicación de información relevante para los usuarios–.
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Sencillez y rapidez en trámites
Transparencia de gestión pública
Protección de la informacion pública
Favorecer la rendición de cuentas
Mejorar la organización clasificación y manejo de los documentos
Contribuir a la democratización de la sociedad mexicana y la plena vigencia del Estado de derecho
Generalidad de observancia obligatoria para los servidores públicos federales
Preeminencia del principio de publicidad
Creación del IFAI
Preeminencia de garantías individuales sobre el interés público -
Los gobernadores de Ags, Chih. y Zac. firmaran la Declaración de Gdl. promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia. Un año después, entregaron al Legislativo Federal una iniciativa de reforma constitucional que fue presentada ante el pleno de la CD por los coordinadores de los ocho partidos políticos representados en el Congreso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (Cejudo, 2009) el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel.
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La política de transparencia ha de responder a las características propias de los gobiernos y exige un proceso de adaptación diferenciado entre los gobiernos que componen la federación, dadas las condiciones organizacionales propias de cada uno, atendiendo a las características específicas de los gobiernos que han de ponerla en acción (Merino, 2006).
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Se construyeron las bases para un régimen de rendición de cuentas; pero, en los estados de NL, Coah y Mich. no se promulgaron este tipo de normas, hasta 2008.
Las entidades que más reformaron sus leyes son: el CDMEX, Mor, el Edo de Méx, SLP y Jal.
En 2008, todos los estados contaban con legislación en materia de transparencia y acceso a la información.
Sin embargo comenzaron a normar el DAI en sus marcos legales y a hacer institutos de acceso a la información pública estatal. -
Se modificó el artículo 6º constitucional para homologar las leyes sobre la transparencia, dar autonomía a los institutos de acceso a la información y agregarles la función de protección de datos personales.
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La transparencia se basa en hacer pública la información que se genera en las organizaciones públicas, para que las personas interesadas puedan revisarla, analizarla y, en su caso usarla como mecanismo para actuar y tratar de sancionar, si se exhiben anomalías (GEDAI, 2009).
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Es una organización internacional que tiene como objetivo alentar a los países miembros a implementar los lineamientos de gobierno abierto. Es una iniciativa multilateral dirigida a propiciar compromisos concretos de parte de los gobiernos para promover la transparencia, aumentar la participación ciudadana en los asuntos públicos, combatir la corrupción y aprovechar las nuevas tecnologías para robustecer la gobernanza (AGA, 2013).
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Garantizan en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así́ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
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El índice de desarrollo de gobierno electrónico realizado por Naciones Unidas cada dos años, desde 2003, evalúa el desempeño en materia de gobierno digital. Evalúa tres aspectos: 1) la disponibilidad de servicios en línea; 2) la infraestructura de telecomunicaciones, y 3) la capacidad humana
Los dos indicadores que marcaron su posición, fueron infraestructura y disponibilidad de servicios en línea, mientras que en materia de capacidad humana el país logró tener una mejor evaluación (ONU: 2014) -
Se publica en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México (LGTAIF, 2015).
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Con la finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto.
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- Poderes Ejecutivo
- Poder Legislativo
- Poder Judicial
- Órganos autónomos
- Partidos políticos
- Fideicomisos y fondos públicos
- Sindicatos
- Cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.
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- INAI, se le asigna la misión de armonizar la política de transparencia a nivel federal.
- El INAI se compone de un pleno de siete comisionados que gozan de independencia y autonomía constitucional. Dos elementos de los que se encarga el INAI 1 una política para transparentar de forma “proactiva” la información de las dependencias gubernamentales. 2 un sistema de acceso a la información pública cuando la información gubernamental no estuviera disponible.
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Es producto de una demanda ciudadana, que mandata al Estado la rendición de cuentas, la evaluación y la sistematización de la probidad institucional para fortalecer y asegurar la transversalidad de los paradigmas del desarrollo humano en las acciones gubernamentales, apoyar la prevención y el combate a la corrupción y evitar que los objetivos de las dependencias del gobierno se desvíen o sean sustituidos por los de individuos o grupos de interés dentro de la burocracia.
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El Open Government Partnership (OGP) es una organización que elabora una medición llamada índice de gobierno abierto, en la que desarrolla un ranking mundial para evaluar la calidad de las leyes de acceso a la información en 102 países alrededor del mundo, con base en 4 variables.
1) Leyes publicadas y datos gubernamentales
2) Derecho de acceso a la información
3) Participación de la sociedad civil
4) Mecanismos de queja -
Las nuevas tecnologías y el acceso a la información permiten abrir a los gobiernos para crear cambios trascendentales y oportunidades que promuevan el crecimiento económico, la inclusión social, la mejora de servicios públicos, la capacidad de respuesta y el combate a la corrupción (OPG, 2015).
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El Open Government Partnership es una organización internacional que a través del Proyecto de Justicia Mundial (World Justice Project) desarrolló el índice de gobierno abierto, el cual se elabora con los datos arrojados por 100 mil encuestas aplicadas en las tres ciudades principales de cada país, con un análisis de los datos abiertos de cada gobierno, de acceso a la información, de participación ciudadana y de la eficiencia de los mecanismos de denuncia (WJP, 2015).
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Los organismos garantes de las entidades federativas, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), el Archivo General de la Nación (AGN) y el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), formarán el Consejo del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, órgano encargado de dar seguimiento y supervisar la implementación de las nuevas disposiciones normativas y prácticas en la materia (RRC, 2015).