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El DAI se deriva de las reformas al articulo 6° constitucional, relativas al derecho a la información, promulgada en 1977 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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No fue sino a partir de la transición
a la democracia en el año 2000, que se han implementado diseños institucionales, políticas y nuevas
prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la
ciudadanía, es decir, que rinda cuentas. -
En la Ciudad de Oaxaca, donde medios de comunicación y
académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información, lo que derivó en
la llamada Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación
de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental -
Se conforma la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública con el objetivo de impulsar los principios de publicidad, transparencia informativa y apertura gubernamental en la
República Mexicana en los niveles constitucionales de gobierno. -
Primer Congreso Nacional de Transparencia
Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de
Guadalajara, promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia. -
Tras el proceso legislativo de rigor, el 20 de julio de 2007, se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en
este nivel.
En este decreto se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6° de la Constitución. -
La aplicación del nuevo contenido del artículo, trataba de solventar los siguientes problemas en los
estados: restricciones al ejercicio del derecho a la información pública; criterios para considerar
reservada la información excesivamente laxos; interpretaciones restrictivas del derecho a la
información; y organismos sin autonomía de los gobiernos estatales. -
Se hicieron reformas las cuales garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho a toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna.
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Fue publicada
en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los
mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la
implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances
de dichos derechos en México -
Se promulgó la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública. La finalidad de este instrumento
jurídico fue ampliar y fortalecer los
mecanismos de acceso a la información
para que el Estado mexicano adoptara el
nuevo paradigma de gobierno abierto.