El caso de Venezuela: memorias del retorno de la población colombiana deportada y expulsada

  • Declaración y Plan de Acción de Brasil

    La Declaración de Brasil extendió la definición básica que se dio en la Convención de 1951“Reconocemos (…) el carácter ius cogens del principio de no devolución, incluyendo el no rechazo en frontera y la devolución indirecta, y la integración de las normas de debido proceso en los procedimientos de determinación de la condición de refugiado para que éstos sean justos y eficientes” [http://www.acnur.org/fileadmin/scripts/doc.php?file=fileadmin/Documentos/BDL/2014/9867]
  • Puesta en marcha de la Operación Libertad del Pueblo

    En julio de 2015, la denominada Operación por la Libertad del Pueblo (OLP), se convirtió en el estandarte de la lucha en contra de la inseguridad e ilegalidad del gobierno venezolano. Su aplicación se convirtió en un espacio de graves violaciones a los derechos humanos y de un uso excesivo de la fuerza hacia colombianos asentados en las fronteras, tal y como lo documentaron organizaciones defensoras de derechos humanos como PROVEA de Venezuela y organizaciones de la sociedad civil.
  • Estado de Excepción y el cierre de la frontera

    El gobierno de Venezuela decretaría el cierre fronterizo con Colombia atribuyendo la decisión a las acciones de grupos paramilitares contra miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana el 21 de agosto de 2015. Además decretó el estado de excepción en los municipios de Bolívar, Ureña, Junín, Libertad e Independencia, el gobierno venezolano amplió el estado de excepción en septiembre de 2015 a otros municipios ubicados en el estado de Apure y el estado de Zulia, ambos fronterizos.
  • Conformación del Puesto de Mando Unificado

    Con el incremento en el número de personas que llegaban desde Venezuela, se instala el Puesto de Mando Unificado el 24 de agosto de 2015 para atender la crisis. Previo a esta respuesta, las deportaciones y retornos forzados, ya se venían dando en la frontera. El Puesto de Mando Unificado contó con la de la Red de Migrantes, compuesta por instituciones del Estado, organismos internacionales, eclesiásticos y organizaciones de la sociedad civil.
  • Primer reporte de OCHA sobre la crisis

    El 27 de agosto de 2015 se daría el primer reporte sobre la crisis, donde OCHA contabilizó a 1.088 colombianos deportados desde el 22 de agosto y 4.260 colombianos retornadas desde el inicio de la crisis.
  • Último reporte de OCHA sobre la crisis

    El 15 de octubre de 2015 se daría el último reporte de OCHA quien llevó un recuento de cuántas personas fueron deportadas y cuántos retornaron de manera no voluntaria hacia Colombia. Las cifras finales dan cuenta de 1.950 personas deportadas y 22.342 personas retornadas, a lo largo de la frontera colombo venezolana. De los 22 albergues que se dispusieron para la crisis, solamente dos quedaron activos con 537 personas albergadas.
  • Sentencia C-670

    En la sentencia C-670 del 28 de octubre de 2015 la Corte Constitucional de Colombia reconoció la gravedad de los hechos al evidenciar cómo los colombianos, atemorizados, prefirieron volver a su país, luego de encontrarse en situaciones “extremas” a las que fueron sometidos. Según la Corte, la prueba fehaciente del hecho se encuentra en el cubrimiento de diversos medios de comunicación que documentaron a los colombianos con sus enseres cargados en sus espaldas cruzando el río desde Venezuela.