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Esta practica se sube a la era Paleolitica, donde se obligaban a las mujeres a parir en cualquier entorno exponiendo su salud y la de los bebes , pues ellas no tenían voz ni voto para decidir en su embarazo
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El senador del Partido Liberal, Iván Lopez Botero propuso que se debía llevar a cabo el aborto siempre y cuando el embarazo no superara las 12 semanas, la madre corriera peligro o el niño sufriera una lesión o enfermedad genética incurable. Las mujeres que lo solicitaran (menores de 45 años y mayores de 15) además necesitarían la autorización de un juez o de su cónyuge, y, si estaban solteras, de quien tuviera su custodia. Sin embargo la propuesta no prosperó.
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“Por el cual protegen la salud y la vida de las mujeres que habitan en Colombia”, de Consuelo Lleras Samper, similar al del 75 , las mujeres debían presentar la solicitud con aprobación de su marido o representante legal, y a pesar de que fue respaldado por noventa parlamentarios, también como cuatro años atrás, tampoco fue aprobado.
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Esta decision de reconocer la vida desde la concepcion voluntaria del no nacido surge de dos convenios internacionales suscritos en Colombia:
1. Convención Americana sobre Derechos Humanos que estipula que toda persona tiene derecho a que se le respete la vida.
2.Convención sobre los Derechos del Niño que estipula que todos los niños deben, antes y después del nacimiento, tener protección y cuidado. -
Esta sentencia habla del reconocimiento cuando la vida inicia desde el momento de la concepción. es importante saber que el ser que esta en la barriga de la madre es existencialmente distinto por lo tanto su conservación y desarrollo, no puede quedar sometida a la libre decisión de la madre, y cuya vida está garantizada por el Estado.
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Resultado de la demanda de inconstitucionalidad de los artículos 122, 123, 124 que penalizaban el aborto en todos los casos, presentada por la abogada Mónica Roa, donde se despenaliza el aborto e cuando el embarazo es resultado de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas; cuando esté en riesgo la salud física o mental de la madre y cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida.