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DESARROLLO DEL DERECHO NOTARIAL

  • 3111 BCE

    EDAD ANTIGUA: ÉPOCA PRE-NOTARIAL

    EDAD ANTIGUA: ÉPOCA PRE-NOTARIAL
    En las diversas culturas antiguas: Hebrea, Egipcia, Griega Romana, siempre ha estado presente un personaje ( escriba, tabelion, escribano, etc.) que ha dado fe de hechos o actos jurídicos o al menos los ha narrado, con el fin de brindar a las partes y a terceros la seguridad jurídica que la sociedad requiere.
  • 3100 BCE

    DOCUMENTO CASERO

    DOCUMENTO CASERO
    Consistía en la declaración que una persona asentaba o hacia asentar en una hoja de papiro, mediante la cual se comprometía a transferir la propiedad de cualquier objeto, lo que se hacia con tres testigos y la firma del funcionario de jerarquía
  • 1728 BCE

    CÓDIGO DE HAMMURABI

    CÓDIGO DE HAMMURABI
    Este código tiene un gran contenido de materias de índole jurídico civil, administrativo y procesal. Pero, lo interesante en él es la importancia que le da al testigo. Es referencia de interés en cuanto a las formas documentales que incipientemente comienzan a revelarse como textos escritos, pero en los que predomina la prueba testimonial, adicional a las influencias de las fuerzas naturales y a la intervención fortuita de factores externos al entendimiento humano.
  • 1728 BCE

    ESCRIBAS

    ESCRIBAS
    Este vocablo proviene del latín Scriba, utilizado para designar una clase de funcionarios con cierta cultura general y específica que los distinguía del común y les aseguraba privilegios y consideraciones especiales. De estos había en el pueblo Hebreo de muchas clases: Escribas de la Ley, Escribas del pueblo, Escribas del estado.
  • 1567 BCE

    EGIPTO

    EGIPTO
    En la civilización egipcia el Escriba era una especie de delegado de los colegios sacerdotales que tenía a su cargo la redacción de los contratos. El Escriba sabía leer, llevar cuentas y escribir. Se lo encontraba en todas partes, al servicio del rico particular, ya en el establecimiento del comerciante, ya en las granjas, ya en los palacios del Faraón.
  • 1537 BCE

    DOCUMENTO DEL ESCRIBA Y TESTIGOS

    DOCUMENTO DEL ESCRIBA Y TESTIGOS
    Era una declaración de persona, la que firmaba el escriba y en forma tal que resultaba casi imposible el que pudiera alterar el papiro sobre el cual los egipcios grababan el acto.
  • 753 BCE

    ROMA

    ROMA
    En Roma Cuatro funcionarios son los que verdaderamente pueden citarse de genuina antelación del notario; El Scriba: redacta decretos y mandatos del pretor. El Notarii: trasladaba a la escritura las intervenciones orales de un tercero. El Tabullarius: este venia a ser una especie de archivero de documentos privados. El Tabelion: eran particulares conocedores de la ciencia jurídica, ejercían funciones de asesoramiento, redactaban documentos relacionados con la actividad privada.
  • 594 BCE

    GRECIA

    GRECIA
    En Grecia los oficios públicos se hallan distribuidos entre varios funcionarios; Los Mnemon, Promnemon o también conocidos como Sympromnemon, se consideraban como los representantes de los precedentes griegos del notario; ya que se encargaban de formalizar y registrar los tratados públicos y las convenciones y contratos privados. En cambio los Singraphos eran considerados como verdaderos notarios, cuya principal función consistía en llevar un registro público.
  • 565 BCE

    CORPUS IURIS CIVILIS

    CORPUS IURIS CIVILIS
    En el siglo VI de la era cristiana, por primera vez existe una regulación positiva del notariado, debida a Justiniano, donde existe un cuerpo normativo en sus novelas 44, 47 y 73; 44.- Regula la actividad del Tabelion. 47.- Reglamenta la utilización del protocolo 73.- Regula el documento notarial.
  • 476 BCE

    ÉPOCA EVOLUTIVA DEL NOTARIADO

    ÉPOCA EVOLUTIVA DEL NOTARIADO
    Comprende la Alta y Baja Edad Media; es la época en que se fusionan las diversas formas de notariado antiguo, presentando un aspecto indefinido y confuso, precisamente por la etapa de transición que se atravesaba hacia las formas definitivas que se perfilarían más tarde.
  • Jan 1, 1000

    ALTA EDAD MEDIA

    ALTA EDAD MEDIA
    En esta época, fueron generalmente los frailes quienes desempeñaron la función notarial, habiéndose arraigado la costumbre de acudir a ellos para que intervengan en la redacción de contratos y formalización de actos jurídicos. Por el profundo sentido religioso y el concepto de la moral, como virtud inherente a la fe de aquel tiempo, fueron los representantes de Dios los más indicados para el ejercicio de esta función.
  • Jan 1, 1001

    BAJA EDAD MEDIA

    BAJA EDAD MEDIA
    En esta etapa el notariado tiene ya un concepto definido: la función del Notario es más completa y clara como legitimadora, consejera y autenticante, además de entenderla como el arte del buen decir y escribir por la influencia de la corriente renacentista. Italia y España fueron los dos centros de recativación y evolución del campo notarial, constituyendo con el tiempo el origen del notariado moderno de tipo latino.
  • Jan 1, 1228

    LA ESCUELA DE BOLONIA

    LA ESCUELA DE BOLONIA
    La Escuela de Bolonia, también conocida como la escuela de los jurisconsultos boloñeses o escuela de los Glosadores,Tomo al Notariado desde el punto de vista académico. Enfoca al Derecho Notarial desde dos puntos de vista; Ciencia: Esta constituido por una serie de elementos comunes e iguales a otras ciencias. Arte: Para generar el instrumento Publico tiene que sujetarse el escribano a una serie de reglas establecidas para hacerlo bien.
  • Jan 1, 1252

    LAS SIETE PARTIDAS

    LAS SIETE PARTIDAS
    "Los notarios son los que pasan las notas de los privilegios y de las cartas por mandato del Rey o del Chanceller"; "los Escribas son los que escriben los privilegios e las cartas e los actos del Rey, y los que escriben las cartas de las vendidas de las compras e de los pleytos e las posturas que los homes ponen entre si en las cibdades e en las Villas". Se usan los términos "Notario y "Escriba" que más tarde daría origen a la palabra "Escribano".
  • Jan 1, 1301

    FUNCIONARIOS DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA

    FUNCIONARIOS DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA
    Puede hacerse ya la diferencia específica de estos funcionarios en la siguiente forma: Notarios.- Secretarios del Rey, investidos de alta dignidad, generalmente con categoría de Ministros. Escribanos Reales.- Nombrados directamente por el rey. Escribanos de otros oficios.- entre los que podemos citar a los Escribanos de Cámara de las Chancillerías y Audiencia, etc. Escribanos Públicos.- tenían a su cargo la contratación entre particulares.
  • Jan 1, 1325

    ÉPOCA PRE-COLONIAL/ AZTECAS

    ÉPOCA PRE-COLONIAL/ AZTECAS
    En el Imperio Azteca se contaba con los Tlacuilos , que significa "el que escribe pintando", pintaba los códices y los murales en Mesoamérica. Conocía las diversas formas de representación, así como la mitología. Llevaban registros de la diversidad biológica. Podía trabajar en mercados y templos, según el tipo de actividad para la que se le necesitara.
  • Jan 1, 1492

    RODRIGO DE ESCOBEDO/DESCUBRIMIENTO DE AMERICA

    RODRIGO DE ESCOBEDO/DESCUBRIMIENTO DE AMERICA
    Fue el escribano o notario "de toda la Armada". Acompañó a Cristobal Colón en su primer viaje de descubrimiento de América. En su calidad de notario, levantó el Acta por la cual Cristobal Colón tomaba posesión de la Isla Guanahani, que él bautizó como San Salvador cuando llegó por primera vez a tierra firme de la llamada, posteriormente, América. Por tal motivo, se le considera el primer notario de América
  • Jan 1, 1511

    HERNAN CORTEZ

    HERNAN CORTEZ
    Solicito en Santo Domingo que se le nombrar escribano del Rey. Fue escribano del Ayuntamiento de Azua.
  • Jan 1, 1511

    DIEGO DE VELÁZQUEZ

    DIEGO DE VELÁZQUEZ
    Formó parte del segundo viaje de Cristóbal Colón , y contó con el apoyo del obispo Juan Rodríguez de Fonseca, colaborando después con el gobernador Nicolás de Ovando en la pacificación de la isla La Española, donde llegó a ser uno de los hombres principales. Da fe de la Fundación de Santiago de Baracoa, llamada también la Ciudad Primada, es una ciudad situada en la provincia de Guantanamo, Cuba. La Ciudad fu fundada el 15 de Agosto de 1511.
  • Jan 1, 1524

    PRIMERA REUNIÓN DEL CABILDO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    PRIMERA REUNIÓN DEL CABILDO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
    Luego de la conquista en 1521, la ciudad de México como lo marca en su tercera carta de relación el 15 de mayo de 1522, fue designada por Hernán Cortes como la capital de la Nueva España y en la misma misiva fue referida que la decisión fue tomada junto al cabildo de la ciudad. Por lo que el cabildo inicio su gobierno en la ciudad teniendo como sede la villa de Coyoacán. Es hasta el 8 de marzo de 1524 cuando se registra la primera sección del cabildo en la ciudad de México.
  • Jan 1, 1525

    PROTOCOLO DE JUAN FERNÁNDEZ DEL CASTILLO

    PROTOCOLO DE JUAN FERNÁNDEZ DEL CASTILLO
    Se abre el primer volumen de Juan Fernández Del Castillo, con el otorgamiento de un instrumento que lleva el numero uno. Se trata de un mandato conferido por Mendoza Suarez a Martin Del Rio , para cobrar cierta cantidad a Pedro Maya.
  • Jan 1, 1563

    EL CEDULARIO DE PUGA

    EL CEDULARIO DE PUGA
    Contiene dos reales cedulas; la primera determina que el real escribano de minas debe de desempeñar personalmente su función, en tanto que la segunda determina que no debe cobrar honorarios excesivos.
  • COFRADÍA DE LOS CUATRO EVANGELISTAS

    COFRADÍA DE LOS CUATRO EVANGELISTAS
    Primera Organización Notarial, estaba integrada por los escribanos y sus familiares, con la finalidad de ayudar moral tanto económicamente a sus cofrades en forma de un incipiente “mutualista” que protegía económicamente a sus familiares en caso de defunción.
  • ÉPOCA MODERNA DEL NOTARIADO

    ÉPOCA MODERNA DEL NOTARIADO
    El notariado adquiere su fisonomía y forma actual.
  • CEDULARIO INDIANO DE DIEGO DE LA ENCINA

    CEDULARIO INDIANO DE DIEGO DE LA ENCINA
    En este cedulario, se regulan las características y uso del libro protocolar; el sistema de archivacion; el manejo de oficio de escribanos de gobernación, y de escribanos de cámara de justicia.
  • REAL COLEGIO DE ESCRIBANOS EN MÉXICO

    REAL COLEGIO DE ESCRIBANOS EN MÉXICO
    Por cedula emitida por el Rey Carlos IV, se erige el Real Colegio de Escribanos de la Nueva España, organización que ha cambiado su nombre a través de los años , pero que nunca ha dejado de funcionar y hoy es conocida como Colegio de Notarios del Distrito Federal.
  • INDEPENDENCIA DE MÉXICO

    INDEPENDENCIA DE MÉXICO
    Es entonces, cuando se hace obvio, por el régimen político imperante de la Republica Mexicana , haber fluctuado entre federalismo y centralismo, cunado el federalismo ha sido el sistema, la materia notarial es local, cuando el régimen ha sido el centralismo, las disposiciones notariales son generales, de aplicación en todo el territorio.
  • DECRETO DEL 13 DE NOVIEMBRE DE 1828

    DECRETO DEL 13 DE NOVIEMBRE DE 1828
    Providencia de la Secretaria de Justicia que comunica a Hacienda que se de noticia de los oficios de escribanos vendibles y renunciables con todos los pormenores que en la misma se expresan.
  • CIRCULAR DE LA SECRETARIA DE JUSTICIA

    CIRCULAR DE LA SECRETARIA DE JUSTICIA
    Requisitos para obtener el titulo de escribano en el DF y Territorios”
  • DECRETO DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1834

    DECRETO DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1834
    Es una de las primeras disposiciones legales referentes al escribano. Se legisla sobre la “Organización de los juzgados del ramo civil y del criminal en el DF”
  • LAS PANDECTAS HISPANO-MEXICANAS

    LAS PANDECTAS HISPANO-MEXICANAS
    Redactadas por Juan N. Rodríguez de San Miguel, que son una síntesis de disposiciones genuinamente mexicanas sobre el notariado.
  • LEY DEL NOTARIADO DE 1901

    LEY DEL NOTARIADO DE 1901
    Elevo al notario al rango de las instituciones públicas; estableció que los notarios debían quedar sujetos al gobierno, quien se encargaría de nombrarlo y vigilarlo.
  • LEY DE NOTARIADO 1932

    LEY DE NOTARIADO 1932
    Definía al notario como aquel funcionario dotado de fe publica para hacer constar los actos y hechos a los que los interesados deban o quieran dar autenticidad conforme a las leyes. Estableció el examen de aspirante a notario con jurado integrado por cuatro notarios y un representante del entonces Departamento del DF.
  • LA LEY DEL NOTARIADO DE 1946

    LA LEY DEL NOTARIADO DE 1946
    Contempla tanto al hombre como a la mujer como capaces de desempeñar la actividad notarial. Se refiere a que el ejercicio del notariado en el D.F. Se consideraba una función de orden público, la cual estaba a cargo del Ejecutivo de la Unión, y que por delegación se encomendaba a profesionales del derecho.
  • ASOCIACIÓN NACIONAL DEL NOTARIADO MEXICANO

    ASOCIACIÓN NACIONAL DEL NOTARIADO MEXICANO
    La Asociación Nacional del Notariado hoy Colegio Nacional del Notariado Mexicano, nace como una Asociación Civil con el objetivo de unificar y fortalecer la actividad notarial del país. El Colegio Nacional del Notariado Mexicano, es el órgano encargado de mantener relaciones con la Unión Internacional del Notariado, organización que en la actualidad agrupa a más de 86 países que comparten con nosotros el sistema de derecho de origen romano germánico.
  • LEY DE NOTARIADO PARA EL DF DE 1979

    LEY DE NOTARIADO PARA EL DF DE 1979
    Fue expedida por José López Portillo. Su contenido sistemático es de Nueve capítulos