Resolucion conflictos

Desarrollo de los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos en Colombia

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  • Constitución Política de Colombia

    Constitución Política de Colombia

    Se reconoce la conciliación y la mediación como mecanismos alternativos de resolución de conflictos en el artículo 116
  • Ley 270

    Ley 270

    Estatuto Orgánico de la Administración de Justicia, que establece la conciliación en derecho como un mecanismo obligatorio en algunos procesos.
  • Creación de los Jueces de Paz

    Creación de los Jueces de Paz

    Se expide la Ley 497, que introduce la figura de los jueces de paz y la conciliación en equidad.
  • Ley 640

    Ley 640

    Regula la conciliación como mecanismo alternativo de resolución de conflictos y establece su obligatoriedad en algunas materias.
  • Justicia Restaurativa

    Justicia Restaurativa

    Se promueve el enfoque restaurativo en la resolución de conflictos, especialmente en el ámbito penal.
  • Fortalecimiento de la Conciliación en Equidad

    Fortalecimiento de la Conciliación en Equidad

    A través del Ministerio de Justicia, se implementan programas de formación y certificación de conciliadores en equidad.
  • Estudios sobre Jueces de Paz

    Estudios sobre Jueces de Paz

    Investigaciones como las de Higuita Olaya (2010) resaltan la importancia de la conciliación en equidad y su impacto en comunidades locales.
  • Investigación sobre Justicia de Paz y Conciliación en Equidad

    Investigación sobre Justicia de Paz y Conciliación en Equidad

    Illera, Santos y García (2012) analizan la efectividad de estos mecanismos en Barranquilla.
  • Decreto 1829

    Decreto 1829

    Establece lineamientos para la mediación y conciliación extrajudicial en el ámbito civil, comercial y familiar.
  • Modernización de los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos

    Modernización de los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos

    Se promueve la virtualización y digitalización de la conciliación y mediación para mayor accesibilidad.