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1520 BCE
Inglaterra y Francia
se diferencian en que mientras
el proceso en Inglaterra se caracteriza por una evolución gradual y continuista,
donde el poder se centra en el Parlamento y se expresa en el Common Law, el
proceso en Francia implica una revolución violenta y rupturista, que propone una
división de poderes, una constitución escrita y una declaración solemne de derechos
del hombre. -
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Los Derechos Humanos en la Edad Antigua
En esa época el poder político y el poder religioso venían a ser una misma cosa
y debido al pensamiento mágico-religioso, se concebía la existencia del hombre
como esencialmente política o comunitaria, por lo que la comunidad se imponía
sobre el individuo, a través de fuerte presión social y de estrictos controles prohibitivos
y sancionadores -
Jan 2, 1492
Derechos Humanos en la Edad Media
A partir de la Edad Media se encuentran los primeros antecedentes claros sobre
Derechos Humanos, en esta época, aunque de forma fragmentaria y con significación
controvertida, aparecen recogidos en los llamados Fueros (normas jurídicas
que regulaban la adquisición y garantías de los derechos de los nobles), una serie
de derechos que pueden ser considerados antecedentes de los derechos fundamentales. -
Jan 2, 1500
Derechos Humanos y siglos XVI, XVII y XVIII
Según los historiadores y filósofos del derecho, estudiosos del tema de los Derechos
Humanos, existen tres modelos históricos que explican la aparición de estos derechos
a partir del siglo XVII, son ellos:
• El modelo inglés.
• El modelo francés.
• El modelo de las colonias inglesas de América del Norte. -
Las declaraciones de Derechos Humanos del siglo XIX
entre las principales declaraciones del siglo XIX pueden citarse:
La Constitución Francesa de 1848, la Constitución de Cádiz de 1812, la Constitución
de la Monarquía Española (de 1837, de 1856 y de 1876), la Constitución
Española de 23 de mayo de 1845, la Constitución de la Nación Española de 1 de
Junio de 1869. -
Las declaraciones de Derechos Humanos en el siglo XX
Las declaraciones producidas durante el presente siglo se pueden clasificar en
cuatro bloques: las declaraciones internacionales de Derechos Humanos (universales
y regionales), las declaraciones provenientes de organizaciones religiosas, las
declaraciones de organizaciones no gubernamentales y las declaraciones constitucionales