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DERECHOS DE FAMILIA

  • DERECHOS CONSTITUCIÓN DE 1991

    DERECHOS CONSTITUCIÓN DE 1991
    Derecho a la recreación y al deporte, derecho a la igualdad, derecho a una oferta laboral, derecho a la armonía, derecho a una familia y una vivienda digna, derecho a la igualdad, derecho a una alimentación.
  • RECONOCIMIENTO DE FUENTES DOCUMENTALES

    RECONOCIMIENTO DE FUENTES DOCUMENTALES
    BONILLA Y RODRIGUEZ “intenta hacer una aproximación
    global de las situaciones sociales para explorarlas, describirlas y comprenderlas de
    manera inductiva, es decir, a partir de los conocimientos que tienen las diferentes
    personas involucradas en ellas y no con base en hipótesis externas
  • CASTELLS

    CASTELLS
    La reconfiguración de los
    roles, así como el actual modelo de desarrollo y la globalización motivan una reflexión
    profunda de si este modelo (el patriarcal) sigue vigente para moldear a la familia y su
    sentido o si otros modelos, otras configuraciones y “formas nuevas están minando las
    relaciones familiares e inclusive atentan contra la salud de las niñas y de los niños
    adolescentes”
  • MANGIONE MURO

    MANGIONE MURO
    la familia es aquella en la que existe un vínculo colectivo,
    reciproco e indivisible, de matrimonio, parentesco o afinidad, en otras palabras se
    destaca la voluntad libre individual, para la satisfacción del interés familiar; es así como
    en la actualidad la familia significa realidades diversas.
  • ARRIAGADA

    ARRIAGADA
    la situación de las familias latinoamericanas ha ido
    transformándose en términos demográficos, económicos, sociales, políticos,
    produciéndose “problemas multidimensionales tales como la exclusión social, la
    pobreza y desigualdad, propios de la modernidad;
  • BOLAÑOS

    BOLAÑOS
    los derechos colectivos tienen una relación con los
    intereses comunes, que superan lo individual y los derechos individuales; de manera tal
    que tanto intereses como derechos colectivos pertenecen al colectivo y no pueden ser
    de uso exclusivo de un miembro individual
  • RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN

    RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN
    CIFUENTES "Esta investigación contiene un análisis documental, el cual contribuye a la
    reconstrucción y recuperación de dimensiones epistemológicas y conceptuales,
    propuesta en el marco de la familia como sujeto colectivo de derechos, a partir de la
    interpretación de los documentos y el aporte en el avance de la construcción de
    conocimiento"
  • GRUPOS FOCALES

    GRUPOS FOCALES
    GALEANO "una reunión de un grupo de personas seleccionada por las investigadoras para discutir
    y elaborar desde las experiencias personales"
  • LEÓN WILLIS

    LEÓN WILLIS
    importancia del reconocimiento de la diversidad de
    las familias y con esta, el reconocimiento al ejercicio de la libertad y la autonomía en la
    forma en la que los sujetos definen o determinan su constitución y organización, lo que
    para esta autora significa el reconocimiento de las particularidades y las singularidades.
  • MARTINEZ

    MARTINEZ
    señala que los derechos
    colectivos se fundamenta en el respeto integral a los derechos de la persona, el régimen
    democrático y el derecho al desarrollo de todos sus pueblos, en un ambiente sano;
    teniendo como objetivo elevar al máximo las potencialidades de las personas
  • MARTINEZ Y MATIZ

    MARTINEZ Y MATIZ
    tradicional es una relación exclusivamente heterosexual, por personas jurídicamente
    vinculadas; por lo cual aluden la necesidad de reconocer los cambios sociales y
    culturales del concepto de familias en los ámbitos jurídicos y legales, los cuales distan
    de las prácticas y vínculos que se establecen en la sociedad actual. Las autoras
    mencionan que aunque en la constitución no se hace expresa la posibilidad de la
    conformación de una pareja homosexual se considere familia
  • GUTIERRES Y ACOSTA

    GUTIERRES Y ACOSTA
    familia desde la concepción de niños
    y niñas desde un campo jurídico, político y social, como una minoría oprimida, así
    como los derechos de las mujeres y de los afrodescendientes con el fin de proteger la
    titularidad de los derechos, dada esta comprensión, cobra un significado mayor la
    patria potestad
  • SILVA MARTINEZ

    SILVA MARTINEZ
    conjunto de
    reglas y medidas necesarias en el Derecho, para regular las tensiones de orden personal
    y patrimonial, las formas de organización, vida y disolución de la familia; además desde
    Suarez Franco hace referencia a los artículos 42 y 51 de la Constitución Política de
    Colombia, como los principales para la comprensión de los vínculos jurídicos o
    naturales y comprensión del parentesco y el matrimonio y garantías política y
    legislativas que garantizan el cuidado de la familia.
  • GARCIA MANRIQUE

    GARCIA MANRIQUE
    definiciones de
    familia desde las perspectivas sociológicas y psicológicas de familia, como espacio
    natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros, ampliando también su
    comprensión hacia personas no vinculadas, por lazos de consanguinidad.
  • GALVIS

    GALVIS
    la familia es sujeto colectivo de derechos porque: 1) Es una
    organización social, que busca el equilibrio entre el ejercicio y la garantía de los
    derechos de dos o más sujetos bajo el principio orientador (gestión pública) de la
    igualdad. 2) Cuenta con la capacidad de agencia para determinar los proyectos de vida
    colectivos e individuales. 3) Es interlocutora y por tanto actora y beneficiaria de la
    gestión integral del estado.