Balanza inclinada

DERECHO PROCESAL MERCANTIL

  • ORDENANZAS DE BILBAO

    ORDENANZAS DE BILBAO
    Lograda la independencia de México de España, Los juicios mercantiles se rigieron por las ordenanzas de Bilbao, vigentes hasta 1854.
  • CODIGO DE COMERCIO ESPAÑOL

    CODIGO DE COMERCIO ESPAÑOL
    Regulaban los juicios mercantiles.
  • LEY DE ENJUICIAMIENTO SOBRE NEGOCIOS Y CAUSAS DE COMERCIO

    LEY DE ENJUICIAMIENTO SOBRE NEGOCIOS Y CAUSAS DE COMERCIO
    decretada, sancionada y promulgada en 24 de julio de 1830
  • CODIGO LARES

    CODIGO LARES
    El libro V regulaba lo relativo a la administración de justicia en los negocios de comer, mostrando la influencia de las legislaciones Españolas. Se considera la participación de Antonio Lopez de Santa Anna y Teodosio Lare autor.
  • LEY JUAREZ

    LEY JUAREZ
    Retomaron la aplicacion de las Ordenanzas de Bilbao
  • CODIGO DE COMERCIO

    CODIGO DE COMERCIO
    En su libro VI trata de los juicios mercantiles, aunque en realidad solo regulaba de manera clara y completa, al de quiebra y respecto de los demás juicios mercantiles hacia, remisión casi total a lo códigos procesales civiles locales.
  • CODIGO DE COMERCIO

    CODIGO DE COMERCIO
    Este es el actual Código de comercio, apartándose totalmente de su antecesor en la parte procesal.
  • REFORMA AL CODIGO DE COMERCIO ACTUAL

    REFORMA AL CODIGO DE COMERCIO ACTUAL
    Prácticamente el proceso Mercantil regulado en el código de comercio de 1889, permaneció intacto hasta la reforma del 4 de Enero 1989
  • REFORMA CODIGO DE COMERCIO ACTUAL

    REFORMA CODIGO DE COMERCIO ACTUAL
    Esta se intento regular regular mas adelante, detalla los principios de los actos procesales, reduciéndose al margen de supletoridad que hasta ese momento seguía en manos de los Códigos procesales de cada una de las entidades Federativas.
  • DECRETO

    DECRETO
    Pretendiendo corregir las deficiencias se reformo el art. 1054 del Código de Comercio, incluyendo una nueva ley de procedimientos locales, respectiva como supletoria.
  • REFORMA

    REFORMA
    Esta se reformo con la finalidad de dejar en claro, que después de acudir a la legislación procesal civil federal, se acudirá a a la local, siempre y cuando la primera de ellas no regule suficientemente la institución cuya supletoriedad se requiera.
  • REFORMA DEL 13 DE JUNIO 2003

    REFORMA DEL 13 DE JUNIO 2003
    EN ESTAS EXCLUYEN DE IGUAL MANERA, TODOS LOS PROCESOS SURGIDOS CON MOTIVOS DE CREDITO CONTRATADOS ANTE LA MISMA