Derecho penal 700x438

Derecho Penal

  • 160

    Venganza Privada

    Venganza Privada
    A esta etapa suele llamársele también venganza de la sangre o época bárbara, porque se originó por el homicidio y las lesiones, delitos por su naturaleza denominados de sangre. Esta venganza recibió, entre los germanos, el nombre de blutrache, El primer periodo de formación del Derecho Penal, fue el impulso de la defensa o de la venganza la ratio essendi de todas las actividades provocadas por un ataque injusto. En esta etapa surge la ley del talión ojo por ojo y diente por diente.
  • Period: 160 to 600

    Etapa de la Venganza

  • 500

    Venganza Divina

    Venganza Divina
    La venganza divina es el castigo impuesto a quien ocasiona un daño, en virtud de creencias divinas, de modo que a veces se entremezclan rituales mágicos y hechiceros. El castigo lo imponen los representantes de diversas deidades. En esta fase tienen importancia relevante las nociones de tótem y tabú. Tótem era la representación del bien; representado por una figura de piedra o madera, se le atribuían poderes. Simbolizaba protección. Tabú era la representación del mal, de lo prohibido.
  • 600

    Venganza Pública

    Venganza Pública
    Los Estados adquieren una mayor solidez, principia a hacerse la distinción entre delitos privados y públicos, según el hecho lesione de manera directa los intereses de los particulares o el orden público. Los tribunales juzgan en nombre de la colectividad. Para la supuesta salvaguarda imponen penas cada vez más crueles e inhumanas.
    La humanidad, aguzó su ingenio para inventar suplicios, para
    vengarse con refinado encarnizamiento. Nacieron los calabozos, la jaula, la argolla, la hoguera, etc.
  • 1325

    Época Precortesiana

    Época Precortesiana
    Rigió hasta antes de la llegada de Hernán Cortés. Como eran varias naciones o pueblos, no existía un Derecho unificado, cada Pueblo instituía sus propias reglas. El común denominador del Derecho Penal precortesiano es la severidad de las penas, con la constante aplicación de la pena de muerte. El Rey o Cacique tenía el control del Derecho, era la autoridad suprema e inapelable.
  • 1500

    Derecho Penal Azteca

    Derecho Penal Azteca
    Los aztecas conocieron la distinción entre delitos dolosos y
    culposos, las circunstancias atenuantes y agravantes de la
    pena, las excluyentes de responsabilidad, la acumulación de
    sanciones, la reincidencia, el indulto y la amnistía.
    Algunas de as penas eran las siguientes: destierro, penas infamantes, pérdida de la nobleza, suspensión y destitución de empleo, esclavitud, arresto, prisión, demolición de la casa del infractor, corporales, pecuniarias y la de muerte, decapitación,
    estrangulación.
  • 1521

    Derecho Penal Maya

    Derecho Penal Maya
    Los batabs o caciques tenían a su cargo la función de juzgar y
    aplicaban como penas principales la muerte y la esclavitud; la
    primera se reservaba para los adúlteros, homicidas, incendiarios,
    raptores y corruptores de doncellas; la segunda para los ladrones. Si el autor del robo era un señor principal, se le labraba el rostro,
    desde la barba hasta la frente.Alguanos caracteristicas: Perdón del ofendido, reparación del daño , utilización de abogados o medianéros para la resolución de conflictos.
  • Derecho Penal Tarasco

    Derecho Penal Tarasco
    Exactamente no se sabe mucho de las leyes penales de la cultura tarasca, pero se sabe de la crueldad que tenían las penas impuestas.El adulterio habido con alguna mujer del soberano o Calzontzi se castigaba no solo con la muerte del adúltero, sino
    trascendía a toda su familia; los bienes del culpable eran confiscados. Cuando un familiar del monarca llevaba una vida escandalosa, se le mataba en unión de su servidumbre y se le confiscaban los bienes.
  • Época Colonial

    Época Colonial
    Se impusieron las instituciones jurídicas españolas, como las Leyes de Indias, las Leyes de Toro, y las reformas borbónicas de finales del siglo XVIII, con las que se permite el comercio. Carlos III a partir de este monarca, comenzó una legislación especial más sistematizada, que dio origen a las Ordenanzas de Intendentes y a las de Minería.
  • Périodo Humanitario

    Périodo Humanitario
    Surge una reacción humanista en materia penal, de manera que se pretende dar un giro absoluto y radical a la dureza del castigo. Grandes pensadores, filósofos y humanistas, con su obra e ideas, han influido en el derecho penal y ciencias afines. Cesare Beccaria y John Howard, con su valiente y enérgica manifestación de principios humanistas, trataron de devolver al hombre el respeto a su dignidad en su Tratado de los delitos y de las penas.
  • Revolución Francesa

    Revolución Francesa
    Los principios emanados de la Revolución francesa, con la cual surge la consideración y tutela de los derechos del hombre.
  • Etapa Cientifica

    Etapa Cientifica
    En esta fase se mantienen los principios de la fase humanitaria, pero se profundiza científicamente respecto de la persona del delincuente. Se piensa que el castigo no basta, por humanizado que sea, sino se requiere llevar a cabo un estudio de personalidad del sujeto y analizar a la víctima; es indispensable conocer el porqué
    del crimen, saber cuál es el tratamiento adecuado para readaptar al sujeto y, sobre todo, prevenir la posible comisión de delitos.
  • Época independiente

    Época independiente
    La guerra de Independencia 1810 - 1821, trae consigo el surgimiento de una nueva nación.

    • En esta nueva nación fue necesario el trabajo legislativo, mismo que se enfocó primordialmente a la materialización de los sueños de la independencia, cristalizándose en Derecho Constitucional y
    Administrativo.
    • Fueron los Constituyentes de 1857, con los legisladores de diciembre 4 de 1860 y diciembre 14 de 1864, los que sentaron las bases de Derecho Penal mexicano.
  • Código Penal en el Estado de Veracruz

    Código Penal en el Estado de Veracruz
    Sigue el modelo del Código Penal español de 1822 y se instaura
    bajo el rendimiento de la necesidad de que el estado ejerza en
    contra de los ciudadanos que ejecuten hechos punibles con la
    finalidad de mantener la armonía y el orden. Entro en vigor por
    decreto con fecha 28 de abril de 1835.
  • Código Penal de 1871

    Código Penal de 1871
    Este ordenamiento constó de 1 152 artículos, además de los
    transitorios, ordenados en cuatro libros denominados: el primero de los delitos, faltas, delincuentes y penas; el segundo, responsabilidad civil en materia criminal; el tercero, de los delitos en particular; y el cuarto, de las faltas. Es innovador en cuanto a las Medidas de seguridad, y la institución de la libertad preparatoria. Acogió el sistema de clasificación de delitos graves y leves.
  • Código penal de 1929 en méxico

    Código penal de 1929 en méxico
    Consta de 1 228 artículos, sin contar con transitorios, que se
    agrupan en tres libros: Principios Generales; Reglas sobre
    Responsabilidades y Sanciones (primero); De la Reparación del
    Daño (segundo), y De los Tipos Legales de los Delitos (tercero) Aportó la responsabilidad social muy restringida, prisión con sistema celular, supresión de la pena de muerte, multa tasada en el sistema de "utilidad diaria" reparación del daño exigible de oficio por el Ministerio Público.