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500 BCE
1er. Antecedente
ROMA.
Comienza con Justiniano en las novelas XLIV y LXXIII regula la actividad notarial del "tabellio" -
601
Juristas Glosadores
ITALIA. UNIVERSIDAD DE BOLOÑA.
Los catedráticos Rolandino Passaggeri, Salatiel y Raniero de Perugia impartieron la cátedra sobre el arte notarial y la importancia de la sistematización de los conocimientos notariales. -
887
2do. Antecedente
ROMA.
En la Constitución CXV, el Emperador León VI reglamento la actividad del notario y las cualidades morales e intelectuales de los aspirantes a notario. -
1255
Fuero Real
ESPAÑA.
El Rey Alfonso X, realiza la recopilación y legislación sobre la fé pública y la actividad del escribano. -
1280
Espéculo y Siete Partidas
ESPAÑA.
Después el Rey Alfonso X, para continuar con la fé pública, realiza el "Espéculo" y las "Siete Partidas" de 1270-1280. -
1512
C.I.N
AUSTRIA.
Maximiliano l dicta la Constitución Imperial sobre el Notariado. -
Origen del Notariado Moderno
FRANCIA.
Napoleón Bonaparte más tarde haría la aportación al notariado moderno con la obra legislativa la "Ley del 25 Ventoso del año XI". -
México Colonial
MÉXICO.
Las leyes españolas que regían en Castilla, eran las mismas que regían en Mexico (Fuero Real, Siete Partidas, Recopilación de Leyes, Novísima Recopilación y las Leyes de Indias.
A los notarios se les denominaba "escribanos públicos" o "escribanos de oficio". -
Mexico Independiente
MEXICO.
Para el notariado mexicano, despues de la Independencia, cuando estaba el Federalismo la legislación notarial fue "estatal" y cuando el sistema establecido era el Centralismo las disposiciones de la legislación notarial fueron generales. -
Constitución 1824
MÉXICO.
Una vez establecida la Rep. Fed, se continuo la costumbre de los oficios "públicos vendibles y renunciables". Se dictaron las siguientes disposiciones para los escribanos fueron:
- Decreto de la Secretaria de Justicia 1831. Requisitos para obtener el titulo de escribano en el DF.
- Decreto de 30 de noviembre de 1834. Organización de los Juzgados del Ramo Civil y Criminal en el DF.
-Constitución 1836. La legislación de escribanos se volvió de aplicación nacional. -
Manual del Litigante instruido
MEXICO.
Se publica el manual para adquirir por compra o herencia, además era vendible e inajenable. -
Modelo para América Latina
ESPAÑA.
La "Ley Española de 1862" fue el modelo para los legisladores de varios países de América Latina. -
Leyes de Reforma
MÉXICO.
- Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiásticos en 1856. Se obligaba a los notarios a la vigilancia y cumplimiento de esta ley. -
Primer Ley del Notario
MÉXICO.
Maximiliano pública en el Diario del Imperio la "Ley Orgánica del Notariado y del Oficio de Escribano" que regulaba las leyes de administración de justicia. -
Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del Distrito Federal
MÉXICO.
Benito Juárez promulgo la ley donde se hizo la separación de la actuación del notario y la del secretario de juzgado. -
México Actual
Se crea el Archivo General de Notarías el 19 de diciembre de 1901.
Se les exigió el protocolo previamente encuadernado y se le da al notario la categoría de funcionario público. -
Ley del Notariado para el Distrito y Territorios Federales
En esta nueva ley evolucionan los siguientes aspectos:
1. Solo subsisten los testigos instrumentales en el testamento.
2.Establece en el examen de aspirante a notario. El jurado se integra por cuatro notarios y un representante del departamento del DF.
3.Se dio el caracter de órgano consultivo al Consejo de Notarios en el Departamento del DF. -
Examen de oposición
Como medio de acceso al notariado, la Ley del Notariado para el DF del 31 de diciembre de 1945 estable el examen de oposicion. -
Protocolo abierto especial para actos y contratos
El Departamento del DF interviene para asentar las actas y escrituras en que intervengan las dependencias de la administración pública federal para la regularización de la propiedad inmueble. -
Definición del Notario
El 13 de enero de 1986 dentro de la terminología se sustituye a "funcionario público" por "licenciado en derecho". -
Protocolo ordinario abierto
El 6 de enero de 1994 se modificaron varios articulos, donde destaco el 42 que establecía el protocolo ordinario abierto, se formaría por folios numerados y sellados que se encuadernarán en libros integrados por doscientos folios. -
Libro de Cotejos
Se crea el Libro de Registro de Cotejos para simplificar las actas que se mencionaron en el articulo 42. -
Ley Notarial Actual
Publicada en la Gaceta Oficial para el Distrito Federal el 28 de marzo del 2000 la "Ley del Notariado para el Distrito Federal", donde las aportaciones más importantes fueron:
-Se amplo la actividad del notario en la tramitación de las sucesiones intestamentaria.
-Actos de jurisdicción voluntaria.