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El DAI se deriva de las reformas al artículo 6º constitucional, relativas al derecho a la información, que se promulgaron en 1977, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos.
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Se implementaron diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, la rendición de cuentas.
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Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) tuvo dos componentes fundamentales:
1) El reconocimiento de que los ciudadanos pueden solicitar información al gobierno federal y que éstos deben entregarla, es decir, el reconocimiento legal del DAI y;
2) La construcción de un complejo entramado de instituciones y de procesos para implementar dicho derecho. -
Las diferencias entre los marcos legales estatales y el federal tuvieron como resultado que dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promoviendo una reforma constitucional en materia de transparencia.
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Se publicó en el DOF el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel.
En este decreto se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6° de la Constitución, entre los que sobresalen:
- El acceso a la información como un derecho fundamental en México.
- La información gubernamental como bien público.
- El principio de máxima publicidad de la información gubernamental.
- La especificación de los sujetos del derecho de acceso a la información. -
Se garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así́ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
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Se publica en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México.
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La finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto.
Buscaba reducir espacios de opacidad y discrecionalidad en la gestión pública y ampliar la participación ciudadana en favor de la transparencia.