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Se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737
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Matrícula para comerciantes Nacionales. Normas sobre las consignaciones y el registro.
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Funcionó por breve lapso y se dictó la ley reglamentaria de martilleros.
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Los dechos fueron sobre causa de comercio y alzada de comercio.
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Esto fue derogado en 1858.
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Aplicado por el Consulado se aplicó sin grandes cambio.
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Eduardo Acevedo prepará el proyecto, contó con la colaboración de Dalmacio Velez Sarfield.
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Derogado en el 2015 por el artículo 4 de la Ley n° 26.994.
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Se planteo la necesidad de reforma el Codigo de Comercio.
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•Valor de los usos y costumbres como fuentes de derecho.
•Requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciantes.
•Cambios en la Reglamentación: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, letras de cambio.
•Se adjuntaron los contratos de mutuo, deposito y prenda quitando el material que se consideraba civil. -
Incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen sobre letras de cambios y pagarés
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Viejo código un nuevo regimen de seguro.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo regimen de sociedades.
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Incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen para la navegación y la ley 20266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la ley 24522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Se profujo otra gran reforma, el Código de Comercio. Se unificaron los Códigos, Civil y Comercial de la Nación