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En nuestro territorio se aplicaron las
Leyes de Indias. -
Se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo.
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Creado por la asamblea: normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores,peritos en los litigios comerciales.
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Funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por inspiración de Rivadavia,sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Por decreto de Rosas.
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El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación, confió en Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfiel.
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Sin someterlo a discucion es aprobado.
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Por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires.
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Se plantea la necesidad de reformar del Codigo de Comercio.
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El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.Se suprimió el requisito de inscripcion de la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte etc. Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil. -
Se incorpora al viejo código de
comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagares. -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 queincorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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El Código de Comercio de 1862, ha sido expresamente derogado por la Ley Nº 26.994, que sanciona al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y reforma la Ley de Sociedades.