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Surge la propiedad privada cuando los conquistadores para justificar su propiedad con ayuda del papa de Alejandro VI reparte la tierra con la condición de convertirse en católicos.
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Eran barrios mexicas en donde se les otorgaba tierra a un grupo de personas para trabajarla personalmente y no debía abandonarla más de dos años
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al tener la aprobación del papa Alejandro VI los españoles invaden nuestro territorio y disponen de el
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El consejo real de las Indias autoriza la creación de instituciones como la Encomienda que daba la custodia de señoríos nombrados encomendados para evangelizarlos su finalidad era cambia sus costumbres, conseguir tributos y tierras
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El rey de España faculta a Cortes para repartir tierras a los españoles como pago por sus servicios reconocidas por medio de las mercedes reales
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Eran tierras de una gran exención y pertenecían a un solo dueño, era el pago a los colonizadores por sus servicios
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Se dan a los pueblos indignas, criollos y mestizos tierras para vivir, tener ganado, iglesias etc, con la finalidad de evangelizarlos y tener un control de sus tributos, estas tierras eran permanentes al menos que se ausentaran más de dos años a esta institución se le nombra Dotación de tierras
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se ordenaba la recaudación de las rentas vencidas de tierras indígenas y la restitución de estas a grupos desposeídos y la prohibición de los arrendamientos
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se faculta el uso de haciendas con tierras mayores a dos leguas, delimitaron el terreno agrario; presas, acueductos, y casas de hacendados ricos se disminuyo su destrucción, lo que provoco que los Insurgentes pensaran en regresar le las tierras a los primeros propietarios
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se decreta el reparto de tierras designando a repartir las haciendas dentro del ejercito regulando la manera de repartición para beneficio de los indígenas
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impulsaba la colonización al norte del país, por parte de extranjeros para mejorar la economía
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después de la primera propuesta en 1824 se modifica a la prohibición de la colonización de los extranjeros en terrenos limítrofes en la frontera norte para asegurar la defensa nacional
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se regulan los reclamos por parte de los campesinos para adquirir tierras que eran propiedad de un solo dueño como los latifundios
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incorpora a la actividad económica nacional las tierras desiertas y abandonadas, prohibía la concentración de la propiedad de inmueble por vía de testamento.
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declaraba medir y fraccionar terrenos baldíos propiedad del país esto provoco que muchas tierras quedaran en propiedad de extranjeros
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Venustiano Carranza emitió esta ley ordenando restitución y dotación de tierras a los pueblos que habían sido despojados de sus tierras
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en su articulo 27° establece la propiedad comunal dando la figura del ejido, ademas de las figuras de restitución y dotación de tierras
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eran base de la economía del país las tierras repartidas, así que se fortalece la figura de dotación
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Cárdenas modifica la estructura de la tenencia de la tierra concibiendo al ejido, realizo l mayor reparto agrario
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regula la materia agraria del país fundamentado en el articulo 27° constitucional
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tiene funciones políticas y el ejido adquiere dimensiones como instancia política, el cual necesita servicios públicos
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establece las figuras como Conflicto por Límites, Reconocimiento y Titulación de Bienes Comunales.
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culmina con el reparto agrario
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tiene autonomía técnica para asistir representar y arbitrar la solución de los contrariedades agrícolas, el ejido sociedad de propietarios de tierra permanecerá como sujeto jurídico de la propiedad social, la reforma benefició la circulación de la tenencia de la tierra y la formación de un mercado de tierras, se mantuvo la propiedad social como salvaguardia especiales para evitar el despojo y concentración de la tierra