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Después de la segunda guerra mundial,se reconoció la protección de datos personales como un derecho humano, este fue reconocido a nivel internacional, a través de la declaración universal de los derechos humanos de 1948
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Es el primer instrumento vinculatorio de carácter internacional en materia de protección de datos y es el resultado de la decisión del Consejo de Europa, ante el rápido avance en el campo del procesamiento electrónico de información y la aparición de las primeras bases de datos usadas por las grandes empresas y los gobiernos estatales
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Incluyó la previsión general respecto a la
protección de datos en posesión del sector público -
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Se establecieron los principios generales de los datos personales en posesión de entes públicos -
El Comité de Ministros del Consejo de Europa resolvió declarar el 28 de enero como el “Día de la protección de los Datos Personales”, esto con motivo del aniversario de la firma del Convenio 108 sobre la protección de los datos personales.
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Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados el proyecto de decreto, el cual tiene como objetivo, dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
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La aprobación del Decreto por el cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones, marcó una pauta para el derecho de la protección de datos personales. Dicha reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación
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Se aprobó por unanimidad y 5 días después, el Senado recibió la minuta en cuestión, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos.
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En esta reunion, se discutió y se aprobó el pre dictamen con una pequeña modificación en la numeración de la fracción añadida, la cual no implicó modificar el contenido del texto
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Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto que tenía la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía que es fundamental y autónoma.
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Establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos. El dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna
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El dictamen, en sí, fue aprobado por el Pleno de la cámara de Senadores, turnándose la minuta a las legislaturas de los estados, a fin de que lo votaran.
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Fue agendado para la primera lectura y le fueron dispensados los trámites correspondientes, se discutió y fue aprobada tanto en lo general como en lo particular, con 340 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin modificación alguna.
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Se hicieron reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales,con las cuales se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales, haciéndolo un derecho fundamental y autónomo.
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Después de que el Senado realizara el conteo de los votos de las legislaturas de los estados fue emitida la declaratoria de aprobación, publicándose en el Diario Oficial de la Federación y así, el Estado Mexicano reconoció el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo
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La mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional que fue propuesta por el Congreso Federal, y esta fue publicada en el Diario Oficial de la Federación
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Se emite la primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, la cual, aplica para todos los datos que estén en poder de privados
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Hubo reformas en donde se pedía el cambio de denominación de la ley para quedar como Ley Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, con lo cual, la Cámara de Senadores turnó el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados
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Al sector privado le es aplicable la LFPDPPP y la autoridad
competente para garantizar este derecho es el, antes IFAI, ahora INAI.
Esta Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, tiene como finalidad el regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, garantiza la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.