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Se establece por primera vez en la historia, dentro de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el derecho a la protección de datos personales.
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El Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales consagra en su artículo 8 el derecho de las personas al "respeto de la vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia".
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En Alemania, aprueban la primera Ley de Protección de Datos. Esta ley, junto con la ley "Bundesdatenschutzgesetz" (1977), impiden la divulgación de datos personales sin la autorización de la persona.
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En Suecia, entra en vigor la primera ley para la protección de la información de los particulares. Su modelo tuvo grande influencia en otros países europeos para la adopción de leyes para protección de datos personales.
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En Estados Unidos, se promulga el Privacy Act, donde se establece el regimiento de la recopilación, mantenimiento, uso y diseminación de datos personales.
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La OCDE emite una recomendación para la protección de la privacidad y transferencia de datos personales.
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Se aprueba en el Convenio 108 del Consejo de Europa, la protección de las personas respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, con el objetivo de garantizarle a las personas la protección de sus derechos y libertades fundamentales.
Países como Alemania, Francia, Luxemburgo, Dinamarca y Austria, firman el convenio. -
En Brasil, se promulga una ley para la protección de datos. Se convierte en el primer país latinoamericano en promulgar esta ley.
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Se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se incluye la protección de los datos personales como derecho fundamental.
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En México, entra en vigor la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
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En México, se crea el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, con el objetivo de supervisar las entidades de la Administración Pública Federal y los organismos autónomos, siguiendo lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
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En México, se presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reformaría el articulo 6º de la Constitución respecto del acceso a información, la protección de datos personales y lo referente a la vida privada.
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En México, se presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reformaría el artículo 73 de la Constitución con el objetivo de darle facultad al Congreso para así legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
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En México, se presenta ante el pleno de la Cámara de Senadores un proyecto para añadir un párrafo al artículo 16 de la Constitución, con el objetivo de reconocer el derecho de la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo. Se establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales.
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En México, se realizó la publicación del decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.