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Convocó a un grupo de amigas de las Facultades de Derecho, Ciencias de la Comunicación, Educación, Psicología, Sociología, Economía y Medicina, a una
reunión informal para analizar posibles acciones para llamar la atención de las autoridades del
Estado sobre la problemática de los embarazos adolescentes y la urgencia de darle solución. -
Asistieron aproximadamente 30
estudiantes de diversas facultades. Salomé planteó a sus compañeras la
posibilidad de realizar un plantón frente al Palacio Presidencial para exigir que el Gobierno emprendiera acciones inmediatas para proteger a las niñas y adolescentes malbequinas del fenómeno de los
embarazos adolescentes. -
1) E.S.I. en nivel inicial de instituciones públicas y privadas;
2) métodos anticonceptivos para quien los solicite en hospitales públicos y privados, sin importar sexo ni edad;
3) promulgación de una ley de salud sexual y reproductiva, que garantice a las niñas menores de 18 años de edad: servicios ginecológicos, obstétricos y psicológicos integrales, incluida la posibilidad de solicitar la terminación voluntaria
del embarazo dentro del primer trimestre de gestación. -
Eligieron ese día debido a que es el Día Internacional de los Derechos Humanos.
Acordaron coordinar acciones con la Fundación “No más niñas madres”, ONG operativa desde 1997 dedicada a generar conciencia sobre dicho tema.
Virginia Tolosa, la Presidenta de la ONG, aceptó involucrarse y convocar a otras ONG de la Plataforma Feminista Malbequina (PFM). -
El Rector se comunicó con María Paulina Romero, Ministra del Interior y distinguida ex alumna de la Facultad de Derecho de la UCM, para alertarla sobre la organización y futura realización
de la marcha. -
Ello por ser ella misma miembro de la PFM. Por esto, solicitó a la Dirección Nacional de Seguridad Pública (DNSP), que iniciara un proceso de vigilancia no invasiva de las actividades y especialmente las reuniones que mantuviera Salomé Fernández. La DNSP designó para ello dos agentes. Sus tareas: SOLAMENTE documentar las actividades diarias de Salomé (NO grabarla, fotografiarla, abordarla ni impedir que las realice)
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La DNSP le comunica a la Ministra Romero que la estudiante Fernández y las jóvenes con quienes mantenía reuniones de coordinación para la marcha no representaban peligro
alguno, sería una protesta pacífica como muchas otras en Malbecland. La Ministra dispuso
la inmediata SUSPENSIÓN de la vigilancia. -
Juana propone: el diseño de una campaña comunicacional que
abarcaba la creación de páginas en varias redes sociales para explicar los fines del plantón del 10 de diciembre y convocar a la ciudadanía a sumarse. La idea fue aprobada en la misma reunión.
El lema a usar: “Niña quédate en la escuela, no en casa cuidando otro niño”.
El hashtag a usar: #NoMásNiñasMadres -
Se trata de una página en Facebook, Twitter e Instagram, todas ellas administradas por Juana González.
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La página de Facebook ya tenía 8500 seguidores, la de Twitter 13300 y la de Instagram 6000. Pero no todo era positivo: Un pequeño porcentaje de mensajes de los seguidores instaban a la población a deponer al Gobierno. Todas esas cuentas eran de
reciente creación (octubre de 2016) y sin contenidos destacables. Juana denunció estos mensajes como inapropiados a las mismas plataformas de cada una de las páginas (Facebook, Twitter, e Instagram). -
1 de cada 20 mensajes recibidos, instaban a deponer el Gobierno. Esto llama la atención del Jefe de la DNSP, quien habla con la Ministra Romero, y esta a su vez se lo comunica a Joaquín Rubio, el presidente de Malbecland, quien la reprende por haber suspendido la investigación contra Salomé Fernández y otras. Se empieza a ver a la futura protesta como un riesgo para la paz social.
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Le manda a la Ministra Romero a reestablecer la vigilancia contra Salomé Fernández y otras. Esta vez, se va mucho más allá: previa autorización otorgada por el Juzgado Primero de Infracciones Penales de la capital, se implementó un MONITOREO DE LLAMADAS TELEFÓNICAS hasta el 10 de diciembre de 2016 respecto de Salome Fernández, otras 12 estudiantes organizadoras del plantón, y tres integrantes del directorio de la Fundación “No más niñas madres”, entre ellas Virginia Tolosa (presidenta).
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La Ministra se jacta del respeto por la libertad de expresión y de reunión, pero manifiesta que no permitirá que los "enemigos de la democracia" avancen contra el Estado de derecho.
Lo más IMPORTANTE: INSTÓ a que las jóvenes organizadoras del plantón, dialoguen con el Gobierno y DESISTAN de llevar a cabo ese evento. -
Fue un punto de quiebre. Desde la cuenta, se divulgó el siguiente mensaje: “Joaquín Rubio, asesino, tus manos están
machadas de la sangre de miles de niñas, renuncia ahora o el 10 de diciembre caerás #NoMásNiñasMadres”, mensaje acompañado por una foto de Rubio. Juana DENUNCIÓ el hackeo en la misma plataforma de Twitter, pero no recuperó el control de la página sino DOS DÍAS más tarde. -
Requirió formalmente que DIERAN DE BAJA las páginas de la campaña, a lo que los proveedores de contenidos SE NEGARON hasta llevar a cabo su propia investigación interna.
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En menos de 24 horas, las páginas de la campaña en las tres plataformas perdieron cerca del 40% de sus seguidores.
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En horario estelar televisivo, difunde capturas de pantalla de conversaciones de Whatsapp, que supuestamente eran de las organizadoras del plantón. Allí se observa el acuerdo sobre la realización de actos vandálicos en el plantón. Lo más IMPORTANTE: las imágenes fueron acompañadas de
mensajes con voz en off del Presidente y la Ministra del Interior, exigiendo a la ciudadanía que NO ACOMPAÑE la protesta porque buscaba irrumpir contra la paz social y alterar la democracia. -
14.000 asistentes. La manifestación FUE pacífica. Sólo cánticos que reclamaban contra el gobierno, HASTA las 15 hs. A PARTIR DE AHÍ, varios asistentes se colocaron máscaras pasamontañas y empezaron a arrojar PIEDRAS a los edificios públicos y privados, PINTURA roja contra edificios gubernamentales, sacaron ADOQUINES que luego usaron de proyectiles, y AMENAZARON a fuerzas de seguridad con rociarlos con gasolina y prenderlos fuego.
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Entre las detenidas, además de Salomé Fernández, se encontraban Virginia Tolosa y Juana González. También fueron detenidos unos 100 jóvenes en su mayoría varones, que según se determinó a través de los videos de las cámaras de seguridad ciudadana del sector, fueron quienes ejecutaron actos de vandalismo.
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Fue en un radio de 15 cuadras a la redonda, alrededor de la manifestación. La DNSP implementó desde las 10hs. del 10/12, la vigilancia electrónica de las comunicaciones en el sector de la protesta, y cuando los desmanes empezaron, determinó que varios de los manifestantes estaban enviando mensajes instantáneos planeando los próximos actos vandálicos en la manifestación. Habitantes y comerciantes de la zona se ven perjudicados injustamente en este lapso temporal.
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Imputó a todos los detenidos por los delitos de daño a bien ajeno (sancionado con hasta dos años de prisión) y atentado contra la seguridad del Estado (sancionado con hasta siete años de prisión).
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Esta decisión aplicó para todas las personas detenidas, incluidas las organizadoras de la protesta.
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Esta decisión aplicó para todas las personas detenidas, incluidas las organizadoras de la protesta.
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Duró seis meses y al cabo de esta, la Fiscalía decidió RETIRAR LOS CARGOS contra las organizadoras de la protesta y continuar el proceso contra los responsables de los actos vandálicos.
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Se determinó PERICIALMENTE que las imágenes de supuestas capturas de pantalla de una conversación entre las organizadoras del plantón a través de la plataforma WhatsApp DIFUNDIDAS PÚBLICAMENTE POR EL GOBIERNO el 25 de noviembre de 2016, eran FALSAS
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Es un reconocido defensor de derechos
humanos y hasta ese momento MIEMBRO del directorio de la Fundación “No más niñas madres”.Ejercerá el cargo por un periodo de cuatro años a partir del 1 de enero de 2018. Fue postulado por la República de Liberté (no por su país natal). -
De esta manera, la joven anunció que el 8 DE JULIO llevarían a cabo un NUEVO PLANTÓN para insistir en sus reivindicaciones de
proteger a las niñas malbequinas del embarazo adolescente. -
Esa misma noche, llevó a cabo una cadena nacional de radio y televisión: en adelante, cualquier acto de protesta que se quisiera llevar a cabo en Malbecland debía contar la PREVIA AUTORIZACIÓN del Ministerio del Interior, la que debía solicitarse con al menos 30 DÍAS DE ANTELACIÓN.
Para regular el procedimiento de solicitud se dictó el "Decreto Presidencial 3314-17". -
Además, el Gobierno solicitó a los representantes en Malbecland de las plataformas de contenidos Facebook, Twitter e Instagram y al sistema de mensajería instantánea WhatsApp adoptar un PROTOCOLO DE SEGURIDAD que permita el BLOQUEO AUTOMÁTICO de cualquier usuario que incite a la violencia por cualquier motivo en el territorio del Estado. Tales plataformas están examinando el planteamiento estatal.
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La misma, se dirigía al Ministerio del Interior, y buscaba llevar a cabo un nuevo plantón el 8 de julio de 2017, en las afueras del Palacio Presidencial, en el marco de la campaña #NoMásNiñasMadres.
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Ello por no mediar al menos 30 días entre la fecha de solicitud y la realización del evento.
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Fue interpuesto por el equipo legal de la Fundación “No más niñas madres”, ante el Juzgado Cuarto de Garantías de la capital. A su favor, alegaron lo regulado por los artículos 18 (libertad de expresión), 29 (libertad de asociación) y 31 (libertad de reunión) de la Constitución malbequina, que afirman que PROTESTAR es un DERECHO que no puede ser coartado, ni mucho menos limitado
mediante un simple acto administrativo como es un DECRETO PRESIDENCIAL -
La DEMORA se debió a que había casi 600 procesos de amparo en ese despacho, tras la decisión del Consejo de la Magistratura de REMOVER de sus cargos a unos 20 jueces de garantías de la capital.
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Mostró VIDEOS Y FOTOS de los actos vandálicos del 10 de diciembre de 2016 y sus consecuencias, y esgrimió la importancia de PRESERVAR la paz social y para ello, NO IMPEDIR -de ninguna manera- pero si PLANIFICAR ADECUADAMENTE la realización de protestas públicas.
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Que debido a la complejidad del asunto y a los derechos constitucionales en juego, anunciaría su decisión por escrito a la brevedad posible, considerando la grave carga procesal de su juzgado.
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Declaró nula la negativa del permiso por VIOLAR DERECHOS CONSTITUCIONALES.
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NO TUVO LUGAR con posterioridad.
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Si bien resulta RAZONABLE y NO SERÍA INCONSTITUCIONAL NI ILEGAL que se requiera la [NOTIFICACIÓN] a la autoridad de la realización de una protesta, con la suficiente antelación, (30 días) [EN NINGÚN CASO sería necesaria una AUTORIZACIÓN ni la autoridad podría OPONERSE a la realización de la protesta]. Además, la entidad que debería ser notificada es la Comisión Nacional de Promoción y Defensa del Espacio Público y
NO el Ministerio del Interior cuya misión institucional es diversa. -
El equipo legal de la Fundación “No más niñas madres” presentó una DENUNCIA a la CIDH por la violación de los artículos 7, 8, 11, 13, 15, 16, 23 y 25 de la CADH en perjuicio de Salomé Fernández Ruiz, Juana González Marín, Virginia Tolosa Gutiérrez y otras 42 mujeres involucradas en la organización de las protestas en el marco de la campaña #NoMásNiñasMadres entre 2016 y 2017.
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Sometimiento de las víctimas a vigilancia y la intercepción de sus comunicaciones no conocida ni consentida; la divulgación de noticias falsas respecto de ellas por parte del Gobierno; la limitación violenta y a través de actos administrativos de su derecho a la protesta; el bloqueo de sus comunicaciones mediante un sabotaje “apagón” digital;
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Además, alegó la limitación de su derecho a participar en la discusión y decisión de asuntos de interés público a partir de los
impedimentos para realizar la segunda protesta; el encarcelamiento injustificado por más de seis meses bajo acusación de delitos que no cometieron; y la falta de tutela judicial efectiva y la violación
del principio de plazo razonable por las demoras en la decisión de los procesos adelantados en el ámbito de la jurisdicción interna. -
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Que la denuncia NO PRESENTABA hechos que caracterizaran violaciones a derechos humanos, pues la cuestión había sido RESUELTA en forma OPORTUNA Y FAVORABLE para las
presuntas víctimas en el plano de la JURISDICCIÓN INTERNA. En tal virtud ALEGÓ que existía CUARTA INSTANCIA. -
Que de conformidad con su REGLAMENTO había decidido ACUMULAR la admisibilidad y fondo del asunto, en consecuencia, solicitó a las partes que REMITIERAN SUS ARGUMENTOS en cuanto al MÉRITO.
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Afirmó que la acumulación de etapas en este caso implicaba una VIOLACIÓN DE TRÁMITE, considerando que el Estado había expuesto su postura sobre la INADMISIBILIDAD de la denuncia por
cuarta instancia, lo que necesariamente, por simple lógica procesal DEBÍA RESOLVERSE ANTES de pasar al fondo. -
Allí, concluyó que no existía cuarta instancia y declaró que el ESTADO era RESPONSABLE por la VIOLACIÓN de los artículos 7, 8, 11, 13, 15, 16, 23 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, RECOMENDÓ que Malbecland adoptara las acciones necesarias para REPARAR de manera INTEGRAL a las víctimas.
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En ella, informa que EL ESTADO NO CUMPLIRÍA las recomendaciones pues [la CIDH había violado su propio procedimiento e ignorado que la cuestión sustantiva ya había sido atendida en sede interna]. En la misma comunicación anunció que ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos Malbecland haría valer sus derechos, pues parte del INTERÉS GENERAL en el Sistema es que la Comisión NO ACTÚE por consideraciones políticas.
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Es necesario señalar que el Comisionado Martínez SE EXCUSÓ públicamente de participar en la discusión y decisión de aspecto alguno del caso ante la CIDH en virtud de la prohibición reglamentaria respectiva por su NACIONALIDAD.
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Malbecland levantó las excepciones
preliminares de falta de caracterización -cuarta instancia- y violación de trámite -
La misma fue con el objetivo de evacuar la prueba testimonial y pericial y escuchar los argumentos de la representación de las víctimas y del Estado en relación con las excepciones preliminares, y eventuales fondo y reparaciones.