Creación, desarrollo y consolidación de nuestra constitución

  • Constitución Política de la Monarquía Española

    Fue promulgada por las Cortes Generales españolas reunidas extraordinariamente en Cadiz. Establecía la Soberanía de la Nación, la monarquía constitucional, la separación de poderes la limitación de poderes del rey, el sufragio universal masculino indirecto, la libertad de imprenta, la libertad de industria, el derecho de propiedad, entre otras cuestiones.
  • Decreto Constitucional para la Libertad de la America Mexicana

    Aprobada por el Congreso de Chilpancingo. Preveía la instauración de un régimen Republicano de Gobierno. Los artículos más relevantes fueron:
    1. La religión católica, apostólica y romana es la única que debe de profesar ante el Estado.
    2. La facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno, constituye a la soberanía.
    3. La soberanía reside originariamente en el pueblo.
    4. La ley debe de ser igual para todos.
    5. Todo ciudadano se disputa inocente, mientras no se declare culpable.
  • Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano

    Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano
  • Acta Constitutiva de la Federación

    Compuesta por tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Los estados se integraron declarándose libres y soberanos y comprometiéndose a establecer los tres poderes.
  • Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos

    La república tomaba el nombre de Estados Unidos Mexicanos y era definida como la república federal representativa, con el catolicismo como la única religión oficial.
    Se implantó el sistema de federalismo en una república representativa popular, la cual se integraría por 19 estados, cuatro territorios dependientes del centro y el D.F.
    El derecho de igualdad de los mexicanos quedó restringido pr la permanencia del fuero militar y eclesiástico.
  • Leyes Constitucionales

    Fueron una serie de instrumentos constitucionales que alteraron la estructura de la naciente La República Federal de los Estados Unidos Mexicanos a principios del siglo XIX.
    Se estableció un cuarto poder: El Poder Supremo Conservador, el cual fue integrado por cinco ciudadanos. Este cuarto poder tenía la facultad de regular las acciones de los otros poderes, bajo el argumento de que sus integrantes tenían la capacidad de interpretar la voluntad de la nación.
  • Bases de la Organización Política de la República Mexicana

    Bases de la Organización Política de la República Mexicana
  • Acta Constitutiva y de Reforma

    Este documento restaura el federalismo en México, eliminando las Siete Leyes publicadas en 1836.
    Con la restauración de el federalismo, el gobierno mexicano intenta pacificar al país en medio del caos de la Segunda Guerra Mundial.
  • Constitución Política de la República Mexicana

    Fue una constitución de ideología liberal. Estableció la garantías individuales a los ciudadanos mexicanos, la libertad de expresión, la libertad de asamblea, la libertad de portar armas. Reafirmó la abolición de esclavitud, eliminó la prisión por deudas civiles, las formas de castigo por tormento incluyendo la pena de muerte, las alcabalas y aduanas internas. Prohibió los títulos de nobleza, honores hereditarios y monopolios.
  • Reformas a la Constitución Política de la República Mexicana del 5 de febrero de 1857

    Reformas a la Constitución Política de la República Mexicana …
  • Estatuto Provisional del Imperio Mexicano

    Estatuto Provisional del Imperio Mexicano
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Es la norma fundamental, establecida para regir jurídicamente al país, la cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, entre los tres ordenes diferenciados del gobierno: el federal, estatal y municipal.
    También fija las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en el que el poder se asienta y se establece.
    La Constitución de 1917 es una aportación a la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal.